Dr. Juan Manuel Santos
Presidente de la República de Colombia
Palacio de Nariño
Bogotá, D.C. – COLOMBIA
De mi mayor consideración,
Tengo el honor de dirigirme a S.E. para instarlo respetuosamente a adoptar todas las medidas a su disposición para lograr la liberación inmediata de 61 personas que están actualmente detenidas arbitrariamente en Venezuela, entre los cuales hay 60 ciudadanos colombianos y uno venezolano que fue expulsado indebidamente de Colombia.
Los tres casos a los que nos referimos han sido debidamente documentados por Human Rights Watch. Corresponden a las detenciones arbitrarias y masivas de 59 ciudadanos colombianos en agosto de 2016 en el marco de la denominada “Operación de Liberación del Pueblo” (OLP), una serie de redadas policiales y militares realizadas con el supuesto propósito de combatir la inseguridad. En julio de 2017, fue detenido otro ciudadano colombiano, Juan Pedro Lares, en circunstancias igualmente arbitrarias. El otro caso al que nos referiremos es el del ciudadano venezolano Lorent Saleh, quien fue indebidamente expulsado por Colombia en septiembre de 2014 y sufrió graves abusos durante su detención en Venezuela. Colombia tiene la obligación jurídica de jamás deportar o expulsar a personas si existen motivos fundados para creer que podrían ser torturadas, situación que se da en el caso de Venezuela desde hace varios años.
Lamentamos profundamente que, a pesar de la gravedad de la situación, S.E. no parece haber priorizado adoptar medidas para lograr la liberación de sus connacionales y del ciudadano venezolano Lorent Saleh. Human Rights Watch tiene presente que su gobierno ha promovido algunas medidas diplomáticas en los casos relativos a los ciudadanos colombianos, y valoramos que, recientemente, S.E. haya formulado críticas fuertes sobre la degradación de los derechos humanos y la democracia en Venezuela y comenzado ha adoptar medidas humanitarias para acoger a los venezolanos que están ingresando a Colombia. De hecho, el día de ayer, con ocasión de la visita del Secretario de Estado de los Estados Unidos, Rex Tillerson, S.E. manifestó que es “urgente restaurar el cauce democrático en Venezuela, porque son los ciudadanos los que están sufriendo las consecuencias de una dictadura al garete” en ese país y se comprometió a brindar asistencia humanitaria a los venezolanos que emigran a Colombia[1].
Sin embargo, precisamente debido al acelerado deterioro de las garantías fundamentales en Venezuela, es crucial que su gobierno considere adoptar con urgencia medidas concretas como las que se describen al final de esta carta para garantizar que estas personas sean liberadas lo antes posible. Nuestra experiencia en Venezuela nos permite concluir que, sin una firme presión de la comunidad internacional liderada por el gobierno especialmente afectado, que en este caso es el colombiano, la posibilidad de que estas personas sean liberadas es ínfima o incluso nula.
Detenciones en el marco de la OLP
Desde 2015, el gobierno venezolano ha llevado a cabo una serie de redadas policiales y militares conocidas como “Operación Liberación del Pueblo” (OLP), supuestamente orientadas a combatir los altísimos niveles de criminalidad en el país. Human Rights Watch y la organización de derechos humanos venezolana PROVEA han documentado denuncias generalizadas de abusos cometidos durante estos operativos, incluidas ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, desalojos forzados, destrucción de viviendas y la deportación arbitraria de ciudadanos colombianos que, a menudo, fueron acusados sin pruebas de tener vínculos con “paramilitares”. Altos funcionarios venezolanos acusaron arbitrariamente y en forma pública a ciudadanos colombianos de ser responsables de delitos, lo cual habría favorecido un clima propicio para los abusos y la violencia por parte de integrantes de las fuerzas de seguridad[2].
El 1° de septiembre de 2016, el Presidente Nicolás Maduro anunció que se había detenido a 92 personas en un “campamento de paramilitares colombianos” durante un operativo de OLP cerca del palacio presidencial en Caracas[3]. Algunas personas fueron detenidas mientras caminaban por la calle y advertidas de que serían deportadas, y luego fueron encarceladas, según trascendió en medios de comunicación[4].
Aunque algunos detenidos huyeron, 61 fueron encarcelados. El 21 de noviembre de 2017, un juez venezolano ordenó a la PNB liberar en forma incondicional a estas 61 personas, alegando que “no fueron aprehendidos de forma flagrante” y que no “pesa orden de aprehensión alguna en el expediente”[5]. Conforme al derecho venezolano, debían ser inmediatamente liberados. Sin embargo, desde entonces, uno de los detenidos murió en la cárcel y otro fue liberado por motivos humanitarios. Al momento de redacción de esta carta, 59 seguían privados de libertad[6].
Juan Pedro Lares
El 30 de julio, decenas de miembros de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), así como miembros de grupos armados partidarios del gobierno, llamados “colectivos” en Venezuela, irrumpieron en la vivienda Omar Lares, alcalde opositor del municipio de Campo Elías en el estado Mérida. El Tribunal Supremo de Justicia había dictado contra el alcalde un amparo cautelar que, en otros casos similares, resultó en la imposición de condenas arbitrarias a varios alcaldes opositores, así como en su inhabilitación política[7].
Aunque el alcalde y la mayoría de sus familiares lograron escapar, los oficiales arrestaron a su hijo de 23 años, Juan Pedro Lares, que es ciudadano colombiano, y desde entonces se encuentra detenido arbitrariamente[8].
Un empleado de la familia Lares que estaba allí cuando las fuerzas de seguridad irrumpieron en la vivienda señaló que los agentes los obligaron a él y a Juan Pedro a arrodillarse en el suelo, los esposaron y les dijeron que podían dispararles en cualquier momento “porque nadie nos estaba viendo”. El empleado contó que amenazaron con rociarlos a ambos con gasolina y quemarlos “si no decíamos dónde estaban las armas”. También apuntaron a Juan Pedro con un arma en la cabeza, amenazaron con matarlo “si no decía la verdad” y luego le dieron un golpe con el arma en el cuello. Los oficiales permitieron que el empleado se fuera y se llevaron a Juan Pedro en un vehículo oficial del SEBIN.
Durante su detención, Juan Pedro fue obligado a colocarse junto a varias armas y un escudo policial, mientras otras personas le tomaban fotografías, en una maniobra presuntamente orientada a incriminarlo con pruebas falsas, según lo refirió su madre, quien lo visitó durante la detención. Su madre afirma que Juan Pedro fue “maltratado física y psicológicamente” durante la detención[9].
Juan Pedro todavía se encuentra en el Helicoide, una de las sedes del SEBIN en Caracas. No ha sido acusado de ningún delito ni llevado ante un juez[10].
Lorent Saleh
El 4 de septiembre de 2014, agentes inmigratorios colombianos detuvieron en Bogotá a Lorent Saleh, un líder estudiantil venezolano y crítico del gobierno.[11] El Ministerio de Relaciones Exteriores colombiano manifestó que Saleh estaba siendo expulsado del país por participar en proselitismo, una conducta que el derecho colombiano prohíbe a los ciudadanos extranjeros. También manifestó que Saleh no contaba con permiso legal para permanecer en Colombia y afirmó que enfrentaba “varios” procesos penales en Venezuela[12].
Saleh fue trasladado en un vuelo a Cúcuta, en la frontera con Venezuela, y entregado a agentes del SEBIN. Los agentes llevaron a Saleh a la sede del servicio de inteligencia en Caracas, donde estuvo dos años en celdas subterráneas conocidas como “la tumba”. Pasó meses en una celda con paredes blancas, iluminada con luces intensas, a veces las 24 horas del día, y no se le permitió usar un reloj para saber qué hora era. La temperatura en la celda era de aproximadamente 8 grados, según afirmó su madre, que pudo visitarlo en otra sala varias veces. Su madre indicó que existen reportes médicos que confirman que estas condiciones de detención provocaron graves consecuencias para la salud de su hijo, como dificultad para conciliar el sueño, depresión, ansiedad y dos intentos de suicidio.
Efectivamente, existía una causa penal contra Saleh en Venezuela. En septiembre de 2010, miembros de la GNB detuvieron a Saleh en Valencia, estado Carabobo, cuando llevaba volantes con la leyenda “Chávez miente” y estadísticas sobre seguridad, inflación y corrupción en el país. Fue acusado luego por el Ministerio Público de cometer con varios delitos, incluida la difusión de información falsa que genera “zozobra” en la población, según indicó su madre. La justicia autorizó la libertad condicional de Saleh, y le ordenó que se presentara ante los tribunales cada 20 días y no saliera del estado Carabobo.
Saleh se fue del país en 2013. Desde entonces, el poderoso político chavista Diosdado Cabello lo ha acusado reiteradamente de intentar socavar la democracia venezolana[13].
Cuando Saleh fue enviado de regreso a Venezuela en 2014, la justicia le revocó la medida de libertad condicional. La revocación en el expediente tiene fecha del 6 de septiembre de 2014; esto es, dos días después de la detención de Saleh en Colombia, dijo su madre. En los días siguientes, fue acusado de falsificar documentos de identidad para ciudadanos colombianos y de participar en una conspiración contra el gobierno. Todos estos cargos se basaban en pruebas falsas, según información provista por su madre.
En marzo de 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptó medidas cautelares a favor de Saleh, ordenando al gobierno venezolano que adopte medidas para proteger su vida e integridad corporal[14].
En este momento, a más de tres años de su arresto en Colombia, Saleh sigue detenido en una sede del SEBIN en Caracas y todavía no ha sido llevado ante un juez. El Ministerio Público pidió su liberación en julio de 2017, pero el juez todavía no ha respondido al pedido. La audiencia preliminar de Saleh, que según el derecho venezolano debería celebrarse dentro de los 45 siguientes a la detención de una persona, se ha pospuesto 45 veces[15].
Independientemente de si su gobierno sabía o sospechaba que el proceso contra Saleh en Venezuela podía responder a motivaciones políticas, al enviar a Saleh de regreso a Venezuela el gobierno colombiano puede haber violado su obligación jurídica internacional de no enviar a personas a países donde podrían ser torturadas. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada por Colombia en 1987, estipula que ningún Estado Parte “procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura”[16].
A fin de determinar si se da esa situación, las autoridades deberían evaluar “todas las consideraciones pertinentes”, lo cual incluye analizar si existe “un cuadro persistente de violaciones manifiestas, patentes o masivas de los derechos humanos”[17]. Para septiembre de 2014, había abundante evidencia sobre los abusos cometidos por el gobierno venezolano contra críticos, incluido un informe publicado en mayo de ese año por Human Rights Watch que describe violaciones de derechos humanos sistemáticas contra manifestantes y transeúntes cometidas a comienzos de 2014[18]. Por ello, creemos que su gobierno tiene la responsabilidad de adoptar medidas urgentes para asegurar la liberación de Lorent Saleh, quien ha sido torturado y detenido arbitrariamente desde que fue expulsado por Colombia.
Recomendaciones
Tenemos presente que las autoridades colombianas han enviado numerosas notas diplomáticas al gobierno venezolano sobre el caso que afecta a los 59 ciudadanos detenidos en 2016 y que el Ministerio de Relaciones Exteriores ha ofrecido apoyo a la familia Lares e incluso ha logrado que familiares puedan visitar a Juan Pedro Lares durante su detención.
Sin embargo, Human Rights Watch no ha encontrado información pública sobre medidas adoptadas por el gobierno colombiano con relación a la detención de Lorent Saleh desde que fue enviado de regreso a Venezuela, ni tampoco sobre si su gobierno evaluó la posibilidad de que él fuera torturado en Venezuela. La madre de Saleh visitó Colombia en octubre de 2016 con el propósito de reunirse con autoridades de gobierno, pero no fue recibida por ninguna autoridad del ejecutivo. En respuesta a su solicitud de reunión, la Cancillería le envió una nota indicando que, debido a que su hijo era ciudadano venezolano y se encontraba en Venezuela, el Ministerio de Relaciones Exteriores “no es competente para pronunciarse o intervenir sobre la materia”[19].
En cualquier caso, las acciones que su gobierno ha adoptado han sido claramente insuficientes para lograr la liberación de estas 61 personas, que siguen detenidas arbitrariamente en Venezuela. Lamentamos profundamente que ni S.E. ni su Ministra de Relaciones Exteriores hayan denunciado con firmeza y públicamente la detención arbitraria de Juan Pedro Lares ni los abusos sufridos por Lorent Saleh desde su expulsión, y que la Ministra Holguín únicamente haya formulado comentarios esporádicos sobre la detención de los 59 ciudadanos colombianos.
Con el propósito de incrementar la presión internacional para lograr la liberación de estas víctimas de graves abusos por parte del régimen de Maduro, lo instamos respetuosamente a que adopte medidas adicionales, incluidas las siguientes:
- Iniciar una campaña internacional denunciando la detención arbitraria de los 60 ciudadanos colombianos cuyos casos se describen en esta carta, y los abusos sufridos por Lorent Saleh en Venezuela;
- Apoyar la solicitud de la familia Lares para que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dicte medidas cautelares a su favor y sumarse al pedido de la familia para que el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria emita una decisión sobre su caso;
- Transmitir oficialmente y con urgencia la información obtenida por su gobierno sobre todos los casos mencionados a los organismos internacionales de derechos humanos pertinentes para que adopten las medidas que correspondan;
- Denunciar estas detenciones arbitrarias en las reuniones multilaterales en las cuales se aborde la crisis en Venezuela, incluidas las reuniones del Grupo de Lima a fin de que este grupo adopte estos casos como parte de sus reclamos prioritarios; y
- Apoyar las iniciativas internacionales para llevar ante la justicia a los funcionarios venezolanos responsables de estos y otros abusos, así como aquellas destinadas a imponer sanciones con congelamiento de visas y bienes dirigidas específicamente a autoridades responsables de violaciones de derechos humanos.
Aprovecho la ocasión para expresarle a S.E. los sentimientos de mi más alta consideración y estima.
José Miguel Vivanco
Human Rights Watch
CC:
General Óscar Naranjo, Vicepresidente de Colombia
María Ángela Holguín, Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia
[1] “Urge restaurar el cauce de la democracia en Venezuela, afirma el Presidente Santos,” Presidencia de Colombia, 6 de febrero de 2018, http://es.presidencia.gov.co/noticia/180206-Urge-restaurar-el-cauce-de-la-democracia-en-Venezuela-afirma-el-Presidente-Santos (consultado el 7 de febrero de 2018).
[2] Human Rights Watch y Provea, Venezuela—Poder sin límites: Abusos durante redadas policiales y militares en comunidades populares y de inmigrantes en Venezuela, 4 de abril de 2016, https://www.hrw.org/es/report/2016/04/04/poder-sin-limites/redadas-policiales-y-militares-en-comunidades-populares-y-de .
[3] “Capturan a paramilitares cerca de sede de Gobierno en Venezuela”, 1° de septiembre de 2016, https://www.telesurtv.net/news/Capturan-a-paramilitares-cerca-de-casa-de-Gobierno-en-Venezuela-20160901-0062.html (consultado el 30 de enero de 2018).
[4] “El drama de los 59 costeños presos por ‘mercenarios’”, El Heraldo, 8 de octubre de 2017, https://www.elheraldo.co/mundo/el-drama-de-59-costenos-presos-por-mercenarios-409965 (consultado el 30 de enero de 2018).
[5] Sentencia emitida por el Juzgado vigésimo séptimo (27) de primera instancia en funciones de control del circuito judicial del área metropolitana de Caracas, Oficio N.º 1725-17, 21 de noviembre de 2017 (copia en los registros de Human Rights Watch).
[6] Entrevista de Human Rights Watch con Sergio Aranguren, abogado defensor de los 59 ciudadanos colombianos, 1° de febrero de 2018.
[7] Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Sala Constitucional, 24 de mayo de 2017, https://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-372-Sala-Constitucional-24-5-17-Alcalde-Municipio-Campo-El%C3%ADas-M%C3%A9rida.pdf (consultado el 2 de febrero de 2018).
[8] Entrevistas de Human Rights Watch con Omar Lares y Ramona Rangel Colmenares, padres de Juan Pedro Lares, 6 de agosto y 11 de septiembre de 2017; mensaje de audio de empleado de la familia Lares (copia en los registros de Human Rights Watch).
[9] Tutela presentada por Ramona Emilia Rangel Colmenares, madre de Juan Pedro Lares, 4 de diciembre de 2017, pág. 8 (copia en los registros de Human Rights Watch).
[10] Entrevista de Human Rights Watch con Alfredo Romero, director del Foro Penal, 29 de enero de 2018. El Foro Penal integra el equipo de defensa de Lares en Venezuela.
[11] Entrevista de Human Rights Watch con Yamile Saleh, madre de Lorent Saleh, 3 de febrero de 2018. A menos que se indique lo contrario, esta descripción se basa en la entrevista y en un resumen detallado del caso proporcionado a Human Rights Watch por Yamile Saleh, 30 de enero de 2018. Los hechos fueron corroborados por el Foro Penal.
[12] Cancillería de Colombia, “Comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la decisión de expulsar del territorio nacional al ciudadano venezolano”, 5 de septiembre de 2014, http://www.cancilleria.gov.co/comunicado-del-ministerio-relaciones-exteriores-sobre-la-decision-expulsar-del-territorio-nacional (consultado el 2 de febrero de 2018).
[13] Ver, por ejemplo, “Cabello: Detrás de los ataques de la derecha hay un gran aparataje paramilitar”, PSUV, 20 de agosto de 2015, http://www.psuv.org.ve/temas/noticias/diosdado-cabello-mazo-dando-psuv-ataques-derecha-aparataje-paramilitar-desestabilizacion/#.WnRT4ainGUk (consultado el 2 de febrero de 2018); “Escuadrón cara e tabla. Lorent Saleh. Tenemos los francotiradores”, video de YouTube subido el 25 de septiembre de 2014, https://www.youtube.com/watch?v=DJSAYGAP75M (consultado el 2 de febrero de 2018).
[14] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Medida Cautelar 223-13, 2 de marzo de 2015, https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2015/MC223-13-ES.pdf (consultado el 3 de febrero de 2018).
[15] Código Orgánico Procesal Penal, art. 236.
[16] Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, http://www.ohchr.org/EN/ProfessionalInterest/Pages/CAT.aspx (consultado el 2 de febrero de 2018), art. 3.
[17] Ibíd.
[18] Human Rights Watch, Venezuela—Castigados por protestar: Violaciones de derechos en las calles, centros de detención y el sistema de justicia en Venezuela, mayo de 2014, https://www.hrw.org/es/report/2014/05/05/castigados-por-protestar/violaciones-de-derechos-en-las-calles-centros-de.
[19] Carta de Frank Alberto Godoy Casadiego, director de asuntos migratorios, consulares y servicio al ciudadano de la Cancillería, a Yamile Saleh, 4 de noviembre de 2016; Entrevista de Human Rights Watch con Yamile Saleh, 3 de febrero de 2018.