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“Los guerrilleros son la policía”

Control social y graves abusos por parte de grupos armados en el departamento colombiano de Arauca y el estado venezolano de Apure

Un grafiti en el departamento de Arauca dice: “FARC-EP 55 años de lucha” y “ELN 55”. En 2019 fue el quincuagésimo quinto aniversario de la formación, en 1964, de los grupos guerrilleros hoy conocidos como Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARCEP) y Ejército de Liberación Nacional (ELN). El ELN y un grupo que surgió de las desmovilizadas FARC-EP aún operan en el departamento de Arauca. Arauca, agosto de 2019. © 2020 Human Rights Watch

Resumen ejecutivo

En el departamento colombiano de Arauca y el estado venezolano de Apure, grupos armados no estatales controlan de forma violenta la vida cotidiana de la población. Los grupos imponen sus propias reglas y, para asegurar su cumplimiento, amenazan a civiles a ambos lados de la frontera. Los castigos para quienes no obedecen van desde multas hasta trabajo forzado o incluso la muerte. Los residentes viven aterrorizados.

Un equipo de Human Rights Watch visitó Arauca en agosto de 2019 y documentó numerosos abusos tanto del lado colombiano como del lado venezolano de la frontera. Entrevistamos a 105 personas, incluidos líderes comunitarios, víctimas de abusos y sus familiares, actores humanitarios, funcionarios de derechos humanos, funcionarios judiciales y periodistas. También enviamos solicitudes de información a autoridades colombianas y venezolanas y consultamos numerosas fuentes de información y documentos.

Human Rights Watch concluyó que los grupos armados controlan a la población civil en Arauca y Apure a través de amenazas, secuestros, reclutamiento de menores, trabajo forzado y homicidios. En Arauca, los grupos también han instalado minas antipersonales y han cometido actos de violencia sexual, entre otros graves abusos.

 

Dos grupos armados imponen control social sobre los residentes de Arauca: el Ejército de Liberación Nacional (ELN), un grupo guerrillero formado en la década de 1960, y el grupo disidente “Frente Décimo Martín Villa”, que surgió de la desmovilización de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP, o FARC) tras el acuerdo de paz de 2016. El grupo disidente a veces se identifica a sí mismo como FARC-EP.

Estos dos grupos también tienen presencia en el estado Apure en Venezuela, donde a su vez operan las Fuerzas Patrióticas de Liberación Nacional (FPLN). Este grupo, cuyo origen se remonta a la década de 1990, tiene una estrecha relación con las autoridades venezolanas en Apure.

Los grupos armados en ambos países han establecido, e imponen ferozmente, una serie de normas asociadas con las leyes penales que habitualmente sancionan y hacen cumplir los gobiernos. Estas normas incluyen toques de queda; la prohibición de delitos como la violación sexual, el robo y el homicidio; y la reglamentación de actividades cotidianas como la pesca, el pago de deudas y hasta el horario de cierre de bares. En algunas zonas, los grupos prohíben usar cascos a quienes circulan en motocicleta, para que los miembros de los grupos armados puedan verle el rostro a las personas que circulan. Pero los miembros de los grupos armados no cumplen con los mismos estándares. Y extorsionan prácticamente a todos los residentes para quitarles dinero.

Algunas de las normas de los grupos armados están establecidas en un manual de “Normas unitarias de comportamiento y convivencia” que las FARC y el ELN crearon en 2013 antes del acuerdo de paz. En zonas rurales, los guerrilleros también transmiten normas por megáfono o colocando carteles al costado de los caminos.

Como parte de su estrategia para controlar la vida social, política y económica de Arauca, los grupos han cometido en los últimos años cada vez más homicidios, incluso contra defensores de derechos humanos y líderes comunitarios. En 2015, cuando las FARC acordaron un cese al fuego en el contexto de las negociaciones de paz, el gobierno registró 96 homicidios en Arauca. Desde entonces, el número de homicidios ha incrementado; hubo 161 homicidios entre enero y fines de noviembre de 2019. Los grupos armados son responsables de la mayoría de estos homicidios, según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y la Defensoría del Pueblo de Colombia.

Human Rights Watch también ha recibido señalamientos creíbles de homicidios perpetrados por grupos armados en Apure, aunque las autoridades venezolanas no han divulgado estadísticas confiables ni completas sobre las muertes ocurridas allí.

En 2019, se hallaron en Arauca al menos 16 cuerpos de civiles junto a notas que daban cuenta de la supuesta “justificación” del asesinato. Por ejemplo, en los textos se acusaba a las víctimas de ser “informantes”, “violadores”, “narcotraficantes” o “ladrones”. A menudo, las notas llevaban la firma “FARC-EP”, lo cual sugiere que la disidencia de las FARC denominada Frente Décimo Martín Villa se atribuye responsabilidad por esos hechos. Los residentes indicaron que en 2018 hubo asesinatos similares.

Los grupos armados en Arauca y Apure también castigan a los residentes con trabajo forzado; los obligan a trabajar de forma gratuita, a veces durante meses, en actividades como agricultura, limpieza de caminos o cocinando en los campamentos de los grupos armados, que suelen estar en Venezuela. Human Rights Watch documentó al menos dos casos de trabajo forzado y recibió señalamientos creíbles de otros tres más. Actores humanitarios, funcionarios de derechos humanos, residentes y víctimas dijeron a Human Rights Watch que es habitual que los grupos armados obliguen a civiles a realizar trabajo forzado incluso por “infracciones” menores.

El ELN y el grupo disidente de las FARC también reclutan a niños y niñas tanto en Arauca como en Apure, según funcionarios de derechos humanos, actores humanitarios y residentes. A menudo, los grupos armados convencen a los niños y niñas con dinero, motocicletas y armas. Varias niñas que lograron salirse de los grupos armados denunciaron hechos de violencia sexual cometidos por guerrilleros, incluidas violaciones y abortos forzados.

En Arauca viven cerca de 44.000 venezolanos; la mayoría llegó a partir de 2015 huyendo de la devastadora crisis humanitaria, política y económica en su país. Muchos de ellos viven en condiciones económicas precarias, duermen en las calles o en asentamientos improvisados, tienen dificultades para ganar dinero, y no tienen acceso a servicios públicos, tales como la atención de la salud que no sea de emergencia. Miles de venezolanos caminan por las rutas con la intención de llegar a destinos como Bogotá, la capital de Colombia. A menudo, desconocen los peligros que existen en el trayecto, incluyendo los posibles abusos por parte de grupos armados.

Los grupos armados también han asesinado a venezolanos. Muchos de ellos llegan a Arauca desde zonas donde no hay grupos armados y desconocen las “normas” impuestas por los grupos. Entre enero y noviembre de 2019, la Policía Nacional de Colombia registró 30 homicidios de venezolanos en Arauca. Varios líderes comunitarios, actores humanitarios y funcionarios de derechos humanos indicaron a Human Rights Watch que muchos de estos venezolanos fueron asesinados por haber violado las “normas” impuestas por los grupos armados.

Los venezolanos también han sufrido abusos que no están directamente vinculados con los grupos armados. Muchas mujeres son sometidas a explotación sexual y coacción para intercambiar relaciones sexuales por dinero. Diversos actores humanitarios han denunciado casos de trata de personas. La xenofobia es un fenómeno muy extendido en Arauca y ha originado algunos incidentes de violencia contra venezolanos, a quienes a menudo los locales culpan por los delitos que ocurren en el departamento.

Las autoridades colombianas han intentado reducir el poder de los grupos armados en Arauca, principalmente enviando militares. No obstante, varias de las unidades militares que hacen presencia en Arauca se concentran en proteger la infraestructura petrolera, que suele ser blanco de ataques de grupos armados, y en numerosas partes del departamento no hay, prácticamente, ninguna protección para los residentes.

La eficiencia de la fuerza pública es especialmente débil en zonas rurales. La presencia policial suele estar limitada a zonas urbanas, mientras que buena parte de la presencia del Ejército en zonas rurales se concentra en la infraestructura petrolera. Un policía indicó a Human Rights Watch que en las zonas restantes los guerrilleros “son la policía”.

Las medidas de protección para los defensores de derechos humanos, los líderes comunitarios y otras personas particularmente expuestas a ataques por parte de grupos armados han sido limitadas. La Unidad Nacional de Protección (UNP) cuenta con un solo funcionario en Arauca, quien se ocupa de asignar esquemas de protección a las personas en riesgo. Esto genera demoras y dificulta la posibilidad de realizar evaluaciones de riesgo exhaustivas y oportunas. La UNP en Arauca no cuenta con protección para sus propios funcionarios, ni tampoco con un vehículo oficial, por lo cual rara vez visita zonas rurales.

Miembros de las fuerzas de seguridad en Arauca también han estado implicados en graves abusos. En un incidente ocurrido en marzo de 2018, por ejemplo, varios soldados dispararon a cuatro civiles que estaban cazando; uno de ellos murió.

Pareciera que los grupos armados tienen mucha más libertad de acción en Venezuela que en Colombia. En numerosas oportunidades, los grupos han trasladado a víctimas secuestradas en Arauca a campamentos y otras instalaciones que tienen en Venezuela. En vez de enfrentarlos, las fuerzas de seguridad venezolanas y las autoridades locales han actuado en connivencia con los grupos armados en al menos algunos casos, según numerosas fuentes que entrevistamos.

La impunidad es la regla. En Arauca, la Fiscalía General de la Nación ha obtenido condenas por apenas ocho homicidios cometidos desde 2017, de un total de más de 400 que están bajo investigación. Ninguna de las ocho condenas se dictó contra un miembro de un grupo armado. Desde 2017, la fiscalía no ha imputado, ni mucho menos conseguido que se condenara, a ningún miembro de un grupo armado por violación sexual, amenazas, extorsión, reclutamiento de menores, desplazamiento forzado o por el delito de “desaparición forzada”, que conforme al derecho colombiano incluye desapariciones perpetradas por grupos armados.

Las autoridades venezolanas no respondieron a una solicitud de información de Human Rights Watch acerca del estado de las investigaciones sobre presuntos abusos cometidos por grupos armados en Apure. La falta de independencia judicial en Venezuela, sumada al temor generalizado a denunciar delitos, sugieren que la rendición de cuentas por crímenes cometidos por grupos armados en este país sería ínfima, o directamente nula. Teniendo en cuenta las reiteradas denuncias sobre que las autoridades locales y las fuerzas de seguridad en Apure toleran el accionar de los grupos armados y a menudo actúan en connivencia con estos, no hay motivos para presumir que se hayan realizado, ni que se vayan a realizar en el futuro próximo, investigaciones genuinas sobre los abusos que cometen los grupos armados en Venezuela.

La implementación de dos políticas anunciadas en los últimos años por las autoridades colombianas podría tener un impacto decisivo en la situación de derechos humanos en Arauca.

En cuatro municipios de Arauca, el gobierno nacional se ha comprometido a implementar los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), una iniciativa creada por el acuerdo de paz con las FARC.

Como parte de los PDET, los residentes de los cuatro municipios ya han participado en el diseño de proyectos orientados a que haya más acceso a la justicia, se mejore la protección para líderes comunitarios y se aborden la pobreza y la falta de oportunidades educativas que, durante años, han facilitado que se afianzaran los grupos armados en el departamento. La implementación de estos proyectos en Arauca podría contribuir a contrarrestar el poder de los grupos armados y ayudar a prevenir violaciones de derechos humanos.

Por otra parte, el gobierno anunció en agosto de 2019 que establecería en Arauca una “Zona Estratégica de Intervención Integral”, que actualmente está siendo diseñada. En estas zonas, las autoridades se comprometen a enviar a militares, además de policías, para desarticular a los grupos armados y mejorar la seguridad. Al mismo tiempo, el gobierno apunta a adoptar medidas orientadas a que, en partes más seguras dentro de estas zonas, se mejore el acceso a los servicios públicos y se fortalezcan las instituciones civiles, incluidas las judiciales.

Nuestras investigaciones sugieren que es improbable que la situación en Arauca mejore si el gobierno colombiano sigue enfocando su estrategia en enviar militares, sin al mismo tiempo fortalecer el poder judicial, reforzar la protección de la población y adoptar medidas para asegurar un acceso adecuado a oportunidades económicas y educativas y servicios públicos. A su vez, la implementación de las disposiciones de los PDET —sobre todo las vinculadas con el fortalecimiento del poder judicial, la protección de líderes comunitarios y la provisión de oportunidades económicas y educativas— podría contribuir a contrarrestar el poder de los grupos armados y prevenir violaciones de derechos humanos en Arauca.

La creciente presión internacional sobre el régimen de Nicolás Maduro sigue siendo clave para evitar abusos y asegurar la rendición de cuentas en Venezuela. La Misión Independiente de Determinación de los Hechos de las Naciones Unidas, creada en septiembre para investigar violaciones de derechos humanos en Venezuela, debería examinar los abusos perpetrados por grupos armados en Venezuela con la tolerancia o connivencia de las fuerzas de seguridad. A partir de los hallazgos de la Misión y otras fuentes creíbles, las organizaciones internacionales y los gobiernos extranjeros— de América y Europa —deberían aplicar sanciones específicas, como la inmovilización de activos y prohibiciones de viajes, dirigidas a altos funcionarios venezolanos que hayan sido cómplices en abusos cometidos por parte de grupos armados.

Recomendaciones

Al gobierno del presidente Iván Duque de Colombia:

Para prevenir abusos, proteger a las personas en riesgo y promover la rendición de cuentas:

  • Incluir en la Zona Estratégica de Intervención Integral de Arauca una estrategia de las fuerzas de seguridad que respete los derechos humanos y que esté orientada a proteger a la población civil de la acción de los grupos armados, así como un plan para remover las minas antipersonales empezando por las zonas contempladas en esta política pública.
  • Brindar mayor apoyo para garantizar la seguridad y la protección de los fiscales e investigadores en Arauca.
  • Fortalecer la Unidad Nacional de Protección en Arauca asignándole más personal, incluso como parte de la implementación de los denominados Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
  • Diseñar e implementar un plan para prevenir el reclutamiento de niños y niñas tanto colombianos como venezolanos, y fortalecer los mecanismos de prevención existentes en el departamento, entre otras cosas, mejorando el acceso a la educación.
  • Crear una política que permita a los miembros de los grupos disidentes de las FARC desmovilizarse y sumarse a los programas de reinserción individual.
  • Trabajar con los gobiernos municipales y departamentales para que los sobrevivientes de hechos de violencia sexual reciban la asistencia y protección que les corresponde conforme al derecho colombiano.
  • Dar seguimiento a la falta de implementación de las leyes y políticas públicas vigentes relacionadas con la violencia de género en Colombia, enfocándose particularmente en la violencia sexual perpetrada por actores armados.
  • Garantizar que los PDET se implementen de manera oportuna y plena en Arauca.

Para proteger los derechos de los ciudadanos venezolanos que huyen de la crisis en su país:

  • Llevar a cabo campañas contra la xenofobia en Arauca, trabajando con autoridades locales, organizaciones de la sociedad civil y la población local.
  • Dar instrucciones precisas a la policía de Arauca de que debe proteger tanto a los ciudadanos colombianos como a los venezolanos que son blanco de agresiones, secuestros, extorsión, reclutamiento de menores, violación sexual, homicidios y otros delitos, y exigir que rindan cuentas las autoridades que incumplan su deber de hacer valer la ley contra quienes victimizan a migrantes.
  • Llevar a cabo un estudio exhaustivo para determinar la cantidad total de venezolanos que viven en Arauca y sus necesidades.

A la Fiscalía General de la Nación:

  • Designar más fiscales e investigadores para que trabajen en Arauca en casos relacionados con el conflicto armado, incluidos homicidios, violencia sexual, reclutamiento de menores, extorsión y amenazas contra defensores de derechos humanos y funcionarios locales.
  • Incrementar la cantidad de fiscales e investigadores en Arauca que investigan denuncias de corrupción y colusión entre autoridades locales y grupos armados ilegales.
  • Asegurar protección a todos los fiscales e investigadores en Arauca y brindarles recursos adecuados para que lleven a cabo su trabajo.
  • Crear una unidad especial para investigar posibles casos de trata de personas con fines de explotación sexual, así como la coerción contra trabajadoras sexuales y otras personas que son obligadas a intercambiar sexo por dinero, incluyendo mujeres y niñas venezolanas.

A las agencias humanitarias de Naciones Unidas:

  • Diseñar e implementar planes para prevenir el reclutamiento de niños y niñas colombianos y venezolanos en Arauca y Apure.
  • Buscar fondos de donantes internacionales para atender las necesidades de la población civil de Arauca y Apure mediante un plan integral para asistir a personas afectadas por el conflicto armado, con particular atención a las poblaciones en alto riesgo de abuso o explotación, incluidos, entre otros, ciudadanos venezolanos desplazados fuera de su país.

A la Misión Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU para Venezuela:

  • Investigar la colusión de las fuerzas de seguridad venezolanas en abusos cometidos por grupos armados en Venezuela, incluidos hechos perpetrados por el ELN, las FPLN y la disidencia de las FARC en Apure, como parte del mandato de la Misión de investigar ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes ocurridos en el país desde 2014.

A los gobiernos de Estados Unidos, Canadá y América Latina, y a la Unión Europea:

  • Imponer sanciones específicas, incluidas restricciones de viajes y la inmovilización de activos, dirigidas a altos funcionarios venezolanos que, según la Misión Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU e informes creíbles de otras organizaciones internacionales, sean cómplices en abusos cometidos por grupos armados en Venezuela.
  • Colaborar con el gobierno colombiano para brindar asistencia humanitaria adicional a colombianos y venezolanos en riesgo en Arauca.

Metodología

Para la investigación de este informe, Human Rights Watch entrevistó a más de 105 personas. Se entrevistó, entre otros, a residentes de Arauca y Apure, refugiados venezolanos, ciudadanos colombianos que habían regresado a su país desde Venezuela (a quienes a menudo se denomina “retornados” en Colombia), funcionarios de derechos humanos, funcionarios judiciales, defensores de derechos humanos, víctimas de abusos y familiares de víctimas, representantes de organizaciones humanitarias y funcionaros públicos colombianos. No entrevistamos a miembros de grupos armados por motivos de seguridad.

Llevamos a cabo la mayoría de las entrevistas durante un viaje realizado en agosto de 2019 a cinco de los siete municipios de Arauca: Arauca, Arauquita, Saravena, Fortul y Tame. Otras entrevistas para el informe se realizaron en forma telefónica y en Bogotá. Todas las entrevistas se realizaron en español.

El informe también se basa en diversas estadísticas y documentos oficiales del gobierno colombiano, publicaciones de organizaciones humanitarias y no gubernamentales nacionales e internacionales, y artículos periodísticos. Enviamos pedidos de información al Ministerio de Defensa de Colombia, a la Fiscalía General de la Nación y a la Unidad de Víctimas, así como a autoridades venezolanas. Las respuestas que recibimos se reflejan en este informe. Las autoridades venezolanas no contestaron.

Este informe documenta abusos cometidos en Colombia y Venezuela. Enfrentamos varios obstáculos para documentar casos ocurridos en Venezuela. En primer lugar, Human Rights Watch realiza investigaciones limitadas en terreno en Venezuela por motivos de seguridad. En 2008, un equipo de Human Rights Watch fue detenido y expulsado del país, y las autoridades anunciaron en forma pública que nuestra presencia no sería “tolerada”. Desde entonces, la situación de seguridad para nuestro equipo y cualquier persona que trabaje en derechos humanos en el país no ha hecho más que agravarse. En segundo lugar, las autoridades venezolanas no divulgan información ni estadísticas confiables sobre delitos en Venezuela y, ante la falta de independencia judicial en el país, tampoco hay estadísticas confiables del sistema judicial sobre investigaciones, juicios o condenas. Por último, pocas organizaciones humanitarias trabajan temas relacionados con los grupos armados en Venezuela.

La mayoría de las personas entrevistadas temían por su seguridad y solamente aceptaron hablar con Human Rights Watch con la condición de que no divulgáramos su nombre ni otros datos identificatorios. También se mantuvieron bajo reserva detalles sobre sus casos o las personas implicadas, incluido el lugar de las entrevistas, cuando los entrevistados así lo solicitaron o cuando Human Rights Watch consideró que su publicación podía poner en riesgo a alguna persona. Para preservar la seguridad de los entrevistados, en algunas notas al píe se utilizan las mismas referencias para identificar a varias fuentes.

Las entrevistas con víctimas, sus familiares o testigos se realizaron en entornos confidenciales o a través de medios de comunicación seguros. Se informó a todas las personas entrevistadas sobre la finalidad de la entrevista, su naturaleza voluntaria y la forma en que sería utilizada la información. Cada participante accedió verbalmente a ser entrevistado.

Human Rights Watch no efectuó pagos ni ofreció otros incentivos a los entrevistados. Se tomaron recaudos para reducir al mínimo el riesgo de que, al volver a relatar lo vivido, las víctimas de experiencias traumáticas se vieran incluso más afectadas. En algunos casos en que resultó oportuno, Human Rights Watch proporcionó información de contacto sobre organizaciones que ofrecen servicios legales, sociales o de asesoramiento, o conectó a esas organizaciones con víctimas.

En este informe, “Arauca” se refiere al departamento de Arauca. Utilizamos “ciudad de Arauca” o “municipio de Arauca” en forma indistinta para referirnos al municipio de Arauca, la capital del departamento.

Conforme al derecho colombiano, tanto los actores estatales como los privados pueden ser responsables del delito “desaparición forzada”, que se define como cualquier forma de privación de la libertad en situaciones en que los responsables ocultan o se niegan a reconocer la privación de la libertad o a dar información sobre el paradero de la persona[1]. Este uso se distingue de la definición de desaparición forzada consagrada en el derecho internacional[2].

Abusos por parte de grupos armados

Los grupos armados gozan de amplio poder y ejercen un férreo control sobre la población en Arauca y Apure. Estos grupos han cometido numerosos abusos para ejercer y mantener este control, como homicidios, secuestros, actos de violencia sexual, reclutamiento de menores y trabajo forzado.

Los grupos armados han perpetrado abusos a ambos lados de la frontera. Muchos de estos abusos constituyen violaciones del derecho internacional humanitario, el cual se aplica tanto a grupos armados no estatales como a fuerzas estatales. Las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas de forma dolosa constituyen crímenes de guerra.

En esta sección del informe se describen los abusos cometidos por los grupos armados. En la medida de lo posible, también se proporcionan datos sobre la cantidad de abusos ocurridos en los últimos años. Debido a que pocas victimas denuncian hechos de violencia y abusos por temor a represalias, y a que las autoridades venezolanas no han suministrado o publicado información sobre índices de criminalidad en el país, es probable que las cifras proporcionadas a continuación no reflejen la magnitud total de los abusos. En algunos casos, las cifras proporcionadas son significativamente inferiores a las cifras reales. Nuestras investigaciones sugieren que muchas víctimas viven en el silencio[3].

Homicidios

Los grupos armados han cometido homicidios en Arauca y Apure.

Los homicidios han aumentado en Arauca. En 2015, el año en que las FARC declararon el cese al fuego como parte de las negociaciones de paz, el gobierno colombiano informó 96 homicidios en Arauca[4]. En 2018, fueron asesinadas 160 personas en el departamento, lo que equivale a 59 homicidios por cada 100.000 personas, aproximadamente dos veces el índice nacional[5]. Estadísticas preliminares del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses indican que las cifras continúan en aumento: 161 personas fueron asesinadas en Arauca entre enero y noviembre de 2019[6].

El ELN y el grupo disidente de las FARC son responsables de la mayoría de los asesinatos en Arauca, así como del aumento de los índices de homicidio en el departamento, según la Defensoría del Pueblo, organizaciones humanitarias y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses[7]. Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia, el ELN y el grupo disidente de las FARC habrían matado al menos a 93 personas en Arauca en 2018, el 58 % del total de los homicidios de ese año[8]. El Instituto considera que el ELN y la disidencia de las FARC fueron responsables de al menos 97 asesinatos entre enero y noviembre de 2019, es decir, aproximadamente el 60 %[9].

Las autoridades venezolanas no elaboran estadísticas completas ni fiables sobre índices de criminalidad en el país, lo cual hace que sea imposible determinar la verdadera magnitud de los homicidios perpetrados por grupos armados en el estado Apure[10]. Sin embargo, los grupos armados también han cometido homicidios en Apure[11]. En septiembre de 2018, por ejemplo, el ELN habría matado al titular del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) de Guasdualito después de que miembros de esa institución presuntamente mataran al hijo de un comandante de la guerrilla[12].

Los grupos armados en Arauca y Apure suelen matar a quienes transgreden sus “normas”[13]. En al menos 3 casos en 2018 y en 16 en 2019, los cuerpos de las víctimas en Arauca fueron encontrados con notas a su lado que indicaban el aparente motivo del asesinato: ser un supuesto “informante”, “violador”, “narcotraficante” o “ladrón”, por ejemplo[14]. En ocasiones, el grupo disidente de las FARC se identificó en las notas como autor del hecho[15].

En algunos casos, las víctimas fueron halladas con las manos atadas o con otros signos de tortura. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia le informó a Human Rights Watch que había documentado 23 casos de homicidios con signos de tortura —en la mayoría de los casos las víctimas tenían las manos atadas— entre enero y mediados de agosto de 2019, en comparación con 20 en todo 2018 y 3 en 2017[16].

Los grupos armados también han asesinado a inmigrantes venezolanos. En 2018, según la Policía Nacional, 25 venezolanos fueron asesinados en el departamento[17]. De acuerdo con estadísticas preliminares, 30 ciudadanos venezolanos fueron asesinados en Arauca entre enero y noviembre de 2019[18]. Líderes comunitarios, trabajadores humanitarios y funcionarios de derechos humanos contaron a Human Rights Watch que muchos venezolanos fueron asesinados por haber violado las “normas” de los grupos armados. Muchos de ellos provienen de lugares donde no hay grupos armados, y por eso desconocen la existencia de estas normas o qué es lo que estipulan[19].

En algunos casos, los grupos armados llevaron a sus víctimas venezolanas o colombianas a Venezuela, a menudo para interrogarlas o para “investigarlas”; luego las asesinaron y dejaron sus cuerpos en Arauca[20]. Por ejemplo, en mayo de 2019, miembros del ELN secuestraron a Andrés Gómez (seudónimo) en Arauca. Su madre viajó hasta Venezuela. Un comandante del ELN le dijo que se habían llevado a Andrés para una “entrevista” y que lo regresarían a casa al día siguiente. Su cuerpo fue encontrado en un municipio de Arauca, el 1 de agosto de 2019[21].

Los grupos armados también han asesinado a defensores de derechos humanos y líderes comunitarios en Colombia. La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) ha documentado seis casos de defensores de derechos humanos asesinados en Arauca entre enero y fines de julio de 2019, en comparación con cuatro registrados en 2018 y uno en 2017[22]. Cuatro defensores de derechos humanos asesinados en 2019 estaban trabajando en cuestiones relacionadas con derechos de los niños; la Oficina del ACNUDH y la Fiscalía General de la Nación investigan si algunos de ellos fueron asesinados por su trabajo contra el reclutamiento de menores[23]. La Oficina del ACNUDH y la Fiscalía General de la Nación han indicado que el ELN fue responsable de, al menos, uno de los homicidios cometidos desde 2017 en Arauca[24]. Asimismo, Alfonso Correa, un defensor de derechos humanos de Arauca, fue asesinado en marzo de 2019 en Casanare, un departamento al sur de Arauca. Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación y de la Oficina del ACNUDH señalan al ELN como responsable de este caso[25].

El 27 de abril de 2018, hombres armados secuestraron a María del Carmen Moreno Páez de su finca en la zona rural de Arauquita, Colombia, según contaron dos familiares a Human Rights Watch[26]. Los secuestradores enviaron videos y fotos a su familia a los que Human Rights Watch tuvo acceso en los que se veía a Moreno Páez con los ojos vendados, y exigieron dinero para su liberación. La mataron horas después de secuestrarla. Los bomberos encontraron su cuerpo cinco días más tarde. Poco después de que se encontró su cuerpo, apareció en las redes sociales un video al cual Human Rights Watch tuvo acceso en el que se ve a dos hombres, con las manos atadas y cadenas alrededor del cuello, confesar el secuestro y asesinato de Moreno Páez. Más tarde ese mismo día, se hallaron los cadáveres de los dos hombres en una zona llamada El Troncal, con una nota junto a los cuerpos que decía: “Estos son los autores del secuestro y a[s]esinato de la señora María… [H]acemos justicia. FARC-EP. Ejército del pueblo”[27].

Mauricio Lezama, un cineasta que trabajaba en un documental sobre las víctimas de Arauca, estaba consumiendo un refresco frente a una pequeña tienda en La Esmeralda, un poblado en la zona rural de Arauca, el 9 de mayo de 2019, mientras esperaba para comenzar a filmar el documental, cuando dos hombres en motocicleta pasaron junto a él y le dispararon. Lezama murió en el acto y otra persona resultó herida a causa de los disparos[28]. Su cuerpo quedó tendido en la calle durante horas hasta que las autoridades pudieron llegar al lugar y retirarlo[29]. No está claro quién mató a Lezama, aunque las investigaciones de la Fiscalía General de la Nación y de la Oficina del ACNUDH indican que la disidencia de las FARC sería responsable[30].

Reclutamiento de menores

El grupo disidente de las FARC y el ELN reclutan a niños y niñas venezolanos y colombianos en Arauca y Apure. Algunos de los niños reclutados tienen apenas 12 años[31]. Fuentes confiables indicaron a Human Rights Watch que ambos grupos armados han establecido campamentos en Apure, donde entrenan a nuevos reclutas, incluidos menores de edad[32].

Mientras las autoridades venezolanas no elaboran estadísticas confiables sobre reclutamiento de menores, la Unidad de Víctimas de Colombia registró 14 casos de reclutamiento de menores en Arauca entre 2017 y 2019[33]. La Fiscalía General de la Nación de Colombia está investigando 21 casos de reclutamiento de menores ocurridos desde 2017 en Arauca, incluidos 6 en los que las víctimas eran venezolanas[34]. Sin embargo, solamente se denuncia una proporción muy reducida de los casos de reclutamiento de menores, según una fuente humanitaria, dos funcionarios de derechos humanos y un funcionario gubernamental que trabaja en el tema[35]. De hecho, un funcionario gubernamental y una organización humanitaria denunciaron el reclutamiento de 15 menores de edad por parte de la disidencia de las FARC solamente en el municipio de Saravena, entre enero y marzo de 2019[36].

El reclutamiento de menores por parte de las FPLN no parece ser algo común, según líderes comunitarios locales, periodistas e investigadores[37]. Human Rights Watch no documentó casos de este tipo.

El ELN y el grupo disidente de las FARC les ofrecen dinero a los niños y niñas, así como acceso a motocicletas y armas, según actores humanitarios y líderes comunitarios[38]. Human Rights Watch recibió, a través de una fuente local confiable, mensajes de líderes comunitarios en Apure, en los cuales los líderes indicaban que grupos armados reclutan a niños y niñas en el estado[39]. Uno de los líderes señaló que el ELN organizaba partidos de fútbol para persuadir a niños de que se unieran al grupo[40].

Los grupos reclutan a los niños o bien para usarlos como guerrilleros, que viven en los campamentos y participan en combates, o para ser milicianos, los cuales viven en zonas urbanas y cobran pagos de extorsiones, proporcionan información para sus pares en zonas rurales y llevan a cabo actos de violencia de menor magnitud, como ataques con granadas[41].

Actores humanitarios en Arauca que han tenido algún tipo de contacto con los grupos armados también reportan que hay niños en ambos grupos armados[42]. En julio de 2019, 16 miembros del grupo disidente de las FARC en Arauca se entregaron a las Fuerzas Armadas; seis de ellos eran menores de 18 años, incluido un venezolano. Prácticamente todos los desmovilizados pertenecían a una comunidad indígena[43].

Los niños reclutados por el grupo disidente de las FARC enfrentan una situación incierta si desean escapar del grupo armado una vez que son adultos. Conforme al derecho colombiano, no existe vía legal si los adultos desean desmovilizarse y, a diferencia de los miembros del ELN, no son elegibles para los programas de reintegración[44].

La disidencia de las FARC ha tomado represalias contra los guerrilleros que han intentado escaparse. Un testigo de los abusos de este grupo dentro de un campamento en Venezuela dijo que vio un “juicio revolucionario” en el que el grupo juzgó a dos guerrilleros —un adulto y un niño— por intentar escapar. Contó a Human Rights Watch que los miembros del grupo armado votaron a favor de que mataran al adulto, pero le dieron al niño una “segunda oportunidad” e impusieron una sanción que consistía en obligarlo a cavar trincheras[45]. En agosto de 2019, el Ejército rescató a un niño de 2 años que había sido secuestrado por la disidencia de las FARC en abril. Se trata del hijo de dos guerrilleros que habían escapado de las filas del grupo; habría sido secuestrado en represalia[46].

Un día de abril de 2019, Lina y Natalia (seudónimos), ambas de 15 años, tomaron el autobús desde la escuela a la que asistían en la zona rural de Arauca. Cuando bajaron del autobús, miembros del ELN las convencieron de que fueran a un campamento para convertirse en guerrilleras. La madre de Lina, junto con otro líder comunitario, fue al campamento tan pronto como se enteró de lo que había ocurrido. Allí, pudo persuadir al comandante de que dejara ir a su hija, pero no liberó a Natalia. El comandante dijo que, si Lina alguna vez volvía a las guerrillas, se quedaría allí de por vida. Según funcionarios gubernamentales que hablaron con Lina, miembros de la guerrilla les preguntaron a las dos niñas si eran vírgenes y les tomaron fotografías en ropa interior. Tanto Lina como su madre huyeron más tarde de Arauca[47].

Secuestros, desapariciones y trabajo forzado

El ELN y el grupo disidente de las FARC secuestran a civiles en Arauca y Apure, e incluso someten a las víctimas a trabajo forzado como castigo por violar sus “normas”.

Desde 2017, al menos 24 personas han sido secuestradas en Arauca, incluidas 13 en 2018 y 5 entre enero y septiembre de 2019[48]. Entre estos, hay casos en los cuales grupos armados exigieron pagos extorsivos o sometieron a las víctimas a trabajo forzado. Las víctimas incluyen a miembros de las fuerzas militares colombianas[49].

En Apure, el ELN y el grupo disidente de las FARC secuestran a personas mayormente para obligarlas a realizar trabajo forzado, según periodistas, residentes, un defensor de derechos humanos e investigadores[50]. Los grupos armados en Apure también secuestran a campesinos para poder quedarse con sus tierras[51].

La cantidad de personas desaparecidas ha aumentado en Arauca en los últimos dos años. Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia, la cantidad de personas reportadas como desaparecidas en el departamento aumentó de 8 en 2017 a 14 en 2018[52]. Entre enero y noviembre de 2019, 12 personas fueron reportadas como desaparecidas en Arauca[53]. Conforme al derecho colombiano, tanto particulares como actores estatales pueden ser responsabilizados por “desapariciones forzadas”[54] y la Fiscalía General de la Nación indicó a Human Rights Watch que, en septiembre de 2019, los fiscales tenían bajo investigación 46 casos de presuntas desapariciones forzadas cometidas en Arauca desde 2017[55].

Algunas de las personas denunciadas como desaparecidas han reaparecido tras meses de trabajo forzado en fincas o campamentos guerrilleros, una forma de castigo impuesta por los grupos armados en Arauca[56]. Principalmente con el objetivo de imponer control social, los grupos armados obligan a las personas que violan las “normas” a trabajar en sus campamentos o en fincas que al parecer administran personas vinculadas a los grupos[57].

Human Rights Watch documentó dos casos de trabajo forzado que se describen a continuación (uno por parte del ELN y el otro del grupo disidente de las FARC) y recibió señalamientos creíbles de actores humanitarios y residentes locales sobre otros tres casos[58]. En ambos casos documentados por Human Rights Watch, las víctimas indicaron que vieron o hablaron con otras personas que también eran obligadas a trabajar en los lugares donde las retenían los grupos armados. En los dos casos, las víctimas estuvieron retenidas en Venezuela, donde fueron sometidas a trabajos forzados. Según la información disponible a Human Rights Watch, las autoridades colombianas y venezolanas no mantienen un registro oficial de casos de trabajo forzado, aunque fuentes locales señalan que el ELN es el grupo que impone este “castigo” con mayor frecuencia[59].

Las víctimas de trabajo forzado no siempre son secuestradas. Por ejemplo, Human Rights Watch recibió señalamientos creíbles de que, a fines de 2017, unos jóvenes a quienes un grupo armado acusó de robo fueron obligados a limpiar zonas de su propia localidad en Apure[60].

Miguel Escobar (seudónimo), un hombre venezolano de 31 años, contó a Human Rights Watch que en mayo de 2019 fue citado a un campamento de la disidencia de las FARC en Venezuela para hablar con “Jerónimo”, el comandante del grupo disidente de las FARC. Escobar contó que su esposa le había dicho al grupo disidente de las FARC que él la había maltratado. Escobar relató a Human Rights Watch que, tras una breve discusión con “Jerónimo”, fue obligado a trabajar sin remuneración alguna como cocinero en el campamento de la disidencia durante dos meses. En el campamento, trabajó con otros dos civiles que eran sometidos al mismo trato, según informó. Miguel relató que fue testigo de un homicidio y recibió testimonios directos sobre otros cuatro homicidios mientras estuvo en el campamento. Después de “cumplir” su castigo de dos meses como cocinero en el campamento, un comandante le dijo que tenían intención de mantenerlo allí durante dos años. Escobar escapó poco después[61].

Carlos Torres (seudónimo) se encontraba en un bar en Arauca a fines de 2017, donde, según contó, tuvo un pequeño altercado con un joven. Al día siguiente, se detuvo frente a su vivienda un automóvil, del que bajó un hombre joven quien llamó a la puerta y, luego, ingresó por la fuerza acompañado de otros tres hombres. Los cuatro estaban armados, observó Carlos. Lo obligaron a subir al automóvil, le vendaron los ojos y luego lo subieron a una canoa, con la que cruzaron el río Arauca hasta llegar al lado venezolano, recordó. Allí, trabajó en una finca durante casi siete meses, según afirma, haciendo diversas tareas con otros dos jóvenes. Finalmente, cuando fue liberado, sus captores revelaron que pertenecían al ELN y dijeron que lo habían llevado para hacer trabajo forzado porque el joven con el que había tenido el altercado en el bar era miembro del ELN. Se mudó a otra localidad después de que el ELN lo amenazara tras su liberación[62].

Luis Menéndez (seudónimo) fue secuestrado en Arauca en 2019. Esa noche, había estado en un bar con amigos cuando se presentaron seis hombres armados. Los hombres afirmaron pertenecer a la disidencia de las FARC, según relató, y le indicaron que tendría que ir con ellos. Como en un primer momento se resistió a ir, los hombres efectuaron dos disparos al suelo. Menéndez contó a Human Rights Watch que lo llevaron al río Arauca y cruzaron a Venezuela. Una vez en Venezuela, lo trasladaron en un vehículo hasta una casa; en el camino pasaron por dos puestos de control de la Guardia Nacional Bolivariana. Unos días después, cuando el grupo disidente de las FARC se dio cuenta de que su familia no podría pagar el rescate que habían pedido lo liberaron[63].

Amenazas y otras formas de control social

Los grupos armados en Arauca y Apure amenazan de forma rutinaria a civiles para mantener el control social. Estas amenazas suelen dirigirse a personas que violan las “normas” de los grupos o son realizadas para obligar a los civiles a hacer lo que los grupos quieren.

La Unidad de Víctimas de Colombia registró más de 2.000 amenazas relacionadas con el conflicto armado en Arauca entre 2017 y el 1 de septiembre de 2019[64]. “Es como si existieran dos estados de gobierno”, dijo a Human Rights Watch un defensor de derechos humanos en Apure. “[Los grupos armados] dan dos advertencias; la tercera es sentencia de muerte”[65].

Las amenazas pueden adoptar diversas formas. Por ejemplo, tanto el grupo disidente de las FARC como el ELN amenazan mediante panfletos en los que se anuncia una “limpieza social”, un término utilizado en Colombia y en el estado venezolano Apure en referencia al homicidio de personas que se consideran “indeseables” para la sociedad, como ladrones o personas que consumen drogas[66]. Estas amenazas ocurren tanto en Apure como en Arauca[67].

Estos panfletos coinciden con el manual de “Normas unitarias de comportamiento y convivencia” creado por las FARC y el ELN en 2013 después de que pusieran fin al conflicto entre estos grupos que tuvo lugar entre 2006 y 2010. El manual establece normas tanto para guerrilleros como para residentes[68]. Las “normas” del manual, que el ELN y el grupo disidente de las FARC continúan aplicando[69], tienen como propósito controlar numerosos aspectos de la vida diaria: regulan la pesca; prohíben la violación sexual, el robo y el homicidio; obligan al pago puntual de las deudas e, incluso, especifican a qué hora deben cerrar los bares. El manual también obliga a miembros de la comunidad a trabajar un día al mes en una tarea comunitaria[70]. Si bien el manual incluye referencias a “sanciones ejemplarizantes” y un “tratamiento adecuado” a “delitos graves”, no especifica los castigos que deben imponerse cuando se transgreden las normas. En la práctica estos castigos pueden incluir la muerte, el trabajo forzado, amenazas y desplazamiento.

Si bien los grupos armados aparentemente no aplican el manual en Apure, los castigos que infligen por “infracciones” similares son los mismos. Los grupos armados con presencia activa en Apure castigan a los residentes locales por incumplir las “normas” con amenazas, trabajo forzado y, en ocasiones, homicidios[71].

Varios actores humanitarios, funcionarios de derechos humanos y defensores de derechos humanos señalaron a Human Rights Watch que es más común que el ELN utilice panfletos o amenace a personas antes de matarlas, mientras que el grupo disidente de las FARC en general mata a sus víctimas sin darles ninguna advertencia[72].

También es habitual que amenacen a funcionarios gubernamentales, al menos en Colombia[73]. Cinco de los siete personeros —funcionarios municipales dedicados a temas de derechos humanos— en Arauca han recibido amenazas de grupos armados; algunos han abandonado el departamento[74].

Varios políticos, incluidos algunos candidatos a la gobernación, la alcaldía y concejales municipales en las elecciones locales de octubre de 2019 de Colombia, también han recibido amenazas de grupos armados[75]. Por ejemplo, en un panfleto circulado en febrero de 2019, el grupo disidente de las FARC amenazó a miembros de Centro Democrático, el partido liderado por el expresidente Álvaro Uribe y el actual presidente Iván Duque[76]. La Defensoría del Pueblo de Colombia ha indicado que en cuatro de los siete municipios en Arauca existe un nivel de riesgo “extremo” —el más alto— de violencia electoral[77]. También ha observado que Arauca es el municipio de Colombia donde se registra la mayor cantidad de violaciones de derechos humanos contra candidatos u otras personas que trabajan en campañas electorales[78].

Los grupos armados suelen exigir que las personas acudan a encuentros con comandantes, donde también se las amenaza[79]. Es común que los grupos en Arauca entreguen a las víctimas notas escritas a mano en pequeños trozos de papel con el logotipo del grupo armado, llamadas “vikingos”, para convocarlas a una reunión con un comandante[80]. En otras ocasiones, una persona se les acerca en público para decirles que tienen que reunirse con un grupo armado[81]. Por ejemplo, Human Rights Watch entrevistó a un político que recibió dos notas del ELN. En noviembre de 2018, el grupo lo extorsionó para que les entregara dinero; en julio de 2019, el ELN le exigió que se presentara en un lugar específico sin indicar los motivos[82]. Un miembro del grupo le había advertido anteriormente que hiciera lo que le decían[83].

Estas reuniones tienen lugar a ambos lados de la frontera entre Venezuela y Colombia[84]. Un líder comunitario dijo a Human Rights Watch que tuvo que cruzar la frontera para acudir a una reunión en Venezuela, donde estuvieron presentes comandantes del grupo disidente de las FARC y del ELN. En la reunión, los comandantes le explicaron los motivos por los cuales a los grupos les preocupaban algunas iniciativas gubernamentales en su localidad. Según este líder, que afirmó haber sido amenazado en tres oportunidades por los grupos armados, “sería demasiado peligroso no ir” a la reunión[85].

En zonas rurales de Arauca y Apure, grupos armados colocan carteles en las calles o utilizan megáfonos para comunicar sus normas a los locales o para hacer anuncios públicos[86]. A veces, por ejemplo, establecen toques de queda en zonas rurales o prohíben a las personas usar cascos cuando circulan en motocicleta para que los guerrilleros puedan ver sus rostros[87]. Un líder comunitario dijo a Human Rights Watch que “usar casco puede ser peligroso”[88].

Los grupos armados extorsionan de forma generalizada a la población. Casi todos en el departamento han sido víctimas de extorsión, incluso campesinos de bajos recursos, según entrevistas realizadas por Human Rights Watch[89]. “Nosotros no producimos ni para darle de comer a la familia y nos toca pagar”, expresó un campesino de la zona a Human Rights Watch[90]. No obstante, pocas víctimas parecen estar dispuestas a denunciar estas extorsiones. Si bien múltiples fuentes señalaron a Human Rights Watch que la extorsión es un fenómeno generalizado en Arauca, la Fiscalía General de la Nación de Colombia se encuentra actualmente investigando apenas 263 casos presuntamente cometidos desde 2017[91]. De forma similar, el Ministerio de la Defensa reportó 285 casos de extorsión ocurridos en el departamento entre enero y fines de septiembre de 2019.[92]

El ELN y el grupo disidente de las FARC extorsionan por separado a personas en las mismas zonas y, en ocasiones, exigen la misma cantidad de dinero. Sin embargo, a menudo no queda claro si los grupos esperan que los residentes paguen ambas sumas ni en qué casos pretenden que lo hagan. Aunque una víctima de extorsión y un funcionario de derechos humanos dijeron a Human Rights Watch que las personas no tienen que pagarles a ambos grupos[93], dos residentes señalaron que habían sido obligados a hacerlo. [94] Como se mencionó antes, algunas personas son citadas a encuentros en Venezuela para hacer dichos pagos[95].

Viviana Sánchez (seudónimo) era propietaria de una pequeña tienda en la zona rural de Arauca. A veces, soldados del Ejército colombiano patrullaban la localidad y se detenían en su tienda, contó a Human Rights Watch. Dijo que el ELN la amenazó por su contacto con los soldados. Contó a Human Rights Watch que un guerrillero de bajo rango solía ir a su tienda a beber cerveza y le hacía insinuaciones sexuales no deseadas, que ella rechazaba sistemáticamente. En julio de 2019, recibió un panfleto que decía que tenía que irse de la zona. Acudió a encontrarse con el comandante en la zona. En ese encuentro, un guerrillero le apuntó con una pistola en la cabeza mientras otro le hizo varias preguntas sobre su relación con los soldados. Se le permitió quedarse en la zona bajo ciertas condiciones, como no volver a venderles nada a miembros del Ejército. Poco después, el guerrillero que la había acosado sexualmente ascendió a un rango más alto en la zona, volvió a su tienda a beber, y ella una vez más rechazó sus insinuaciones sexuales indeseadas. Un miliciano del ELN a quien ella conocía le dijo que el hombre que la acosaba había ordenado que la mataran debido a que lo había rechazado, y que la orden incluía matarla frente a su hija y que se filmara la ejecución. Sánchez huyó de la zona con ayuda del mismo miembro del ELN y temía regresar cuando Human Rights Watch la entrevistó[96].

Violencia sexual

Los grupos armados han cometido numerosas violaciones sexuales y otros actos de violencia sexual. La Unidad de Víctimas de Colombia registró más de 25 casos de violencia sexual vinculados con el conflicto armado en Arauca entre enero de 2017 y septiembre de 2019[97].

Una fuente humanitaria contó a Human Rights Watch un caso de una mujer que fue secuestrada por el ELN en Arauca y llevada a Venezuela, donde miembros de la guerrilla la violaron. Luego volvieron a llevarla a Colombia y amenazaron con violar a su hija, cuya edad Human Rights Watch no pudo determinar, si no pagaba una deuda que tenía con el grupo[98].

Actores humanitarios contaron a Human Rights Watch que niñas de apenas 14 años que integran las filas de grupos armados a menudo son sometidas a violencia y abusos sexuales[99]. Por ejemplo, una niña venezolana de 15 años que escapó del grupo disidente de las FARC manifestó a las autoridades que el comandante la violó[100]. De manera similar, una niña de 14 años que escapó en agosto de 2019 de un grupo armado que la mantenía en Venezuela informó que guerrilleros del grupo la violaron. Su caso se describe a continuación[101].

Carolina (seudónimo), de 14 años, fue reclutada a principios de 2019 por un grupo armado con presencia activa en Arauca y fue llevada a Venezuela. Unos meses más tarde, escapó y pudo regresar a Colombia. Según contó a actores humanitarios, varios miembros del grupo armado la violaron. Durante el tiempo en que estuvo con el grupo, quedó embarazada. Afirmó que miembros del grupo armado sometían a otras niñas en el grupo a violencia sexual, como violación y abortos forzosos[102].

Si bien es probable que, por los motivos indicados anteriormente, la cantidad de abusos mencionados en este informe no reflejen el número real, hay varios factores específicos que contribuyen a que probablemente se denuncie una proporción muy reducida de los casos de violencia sexual. En un informe de 2012 sobre violencia de género en Colombia, Human Rights Watch identificó diversas barreras que enfrentan las mujeres y niñas desplazadas cuando intentan obtener justicia tras sufrir un hecho de violencia de género, incluido maltrato de algunas autoridades, dificultades para presentar pruebas, derivaciones ineficaces, obstáculos económicos y el temor a presentar denuncias[103].

Minas y atentados con explosivos

El Tratado sobre la Prohibición de Minas de 1997, del cual Colombia es parte, establece la prohibición total de las minas antipersonal[104]. Los grupos armados han continuado colocando minas terrestres en Arauca.

Según estadísticas del gobierno colombiano, 23 personas han sufrido heridas a causa de minas terrestres en Arauca desde 2017, incluidos 10 civiles y 13 miembros de las fuerzas armadas[105]. El ELN ha reconocido públicamente que utiliza minas antipersonales en Arauca, aunque sostiene que solo lo hace contra fuerzas estatales[106]. No obstante, por sus características, las minas terrestres son de por sí armas indiscriminadas, lo cual significa que, al utilizarlas, las fuerzas armadas y los grupos armados no pueden diferenciar entre civiles y combatientes. Un actor humanitario y un residente que trabaja con víctimas de minas terrestres informaron que el grupo disidente de las FARC también coloca minas[107].

El ELN y el grupo disidente de las FARC en Arauca también llevan a cabo atentados con bombas y tubos de gas similares a morteros cargados con explosivos. La policía informó que, entre 2017 y septiembre de 2019, los grupos armados realizaron 85 atentados con explosivos en Arauca, 63 de ellos en 2019[108]. Los grupos armados no parecen realizar este tipo de ataques en Apure[109].

Estas armas son indiscriminadas y su uso es ilegal en zonas con población civil. En julio de 2019, un grupo armado hirió a tres civiles, incluida una niña, durante un ataque con cilindros bomba contra una base militar en Saravena, un municipio de Arauca[110]. En agosto de 2019, miembros de un grupo armado dejaron una bomba detrás de la estación de policía de Fortul, en el centro del municipio. Cuatro civiles resultaron heridos, entre ellos una niña de 4 años[111].

Alexis Torres, de 42 años, y su esposa viajaban en su automóvil por la carretera que conecta Saravena con la ciudad cercana de Cubará, el 1 de marzo de 2019. En el trayecto, vieron a un grupo de soldados al costado de un puente. Cuando circulaban por el puente, una bomba colocada por un grupo armado se detonó debajo de este[112]. La explosión destruyó el automóvil en el que viajaban. Torres sufrió heridas graves en el rostro y fractura de cráneo, mientras que su esposa sufrió lesiones leves, contó Torres a Human Rights Watch. Torres necesitó dos cirugías de reconstrucción del rostro y el cráneo, mientras que su esposa padeció severos efectos psicológicos a causa de la explosión[113].

Desplazamiento forzado

El desplazamiento forzado de civiles es menos visible en Arauca que en muchas otras zonas de Colombia, debido a que el desplazamiento masivo no es un fenómeno tan común en esta zona del país[114]. Según la Unidad de Víctimas de Colombia, 2.366 personas fueron desplazadas forzosamente de sus viviendas en Arauca durante 2018 y 1.684 personas en 2017. Datos preliminares indican que más de 1.100 personas han sufrido desplazamiento forzado en Arauca entre enero y el 31 de agosto de 2019[115].

Las principales causas del desplazamiento forzado en Arauca y Apure incluyen el asesinato de un familiar, amenazas y extorsión[116]. Si alguien no obedece las normas, “debe irse o morir”, explicó un líder comunitario a Human Rights Watch[117]. Como se señaló antes, existen señalamientos creíbles de que grupos armados desplazan forzosamente a campesinos en Apure para quedarse con sus tierras[118].

Rafael Ortiz (seudónimo), de 20 años, trabajaba en una organización comunitaria local en Arauca. Contó a Human Rights Watch que a medida que la organización cobró visibilidad, los grupos armados comenzaron a prestarle atención. A comienzos de 2019, disidentes de las FARC lo llamaron para decirle que lo responsabilizarían si algún miembro de su organización se pasaba de la raya. Más tarde, miembros del ELN lo llevaron por la fuerza a una población rural de Arauca, según contó, donde un comandante le ofreció 700.000 pesos colombianos (alrededor de USD 210) por cada niño de 12 años o más que reclutara para el grupo. Cuando rechazó el ofrecimiento, el comandante le advirtió que tendría que “enfrentar las consecuencias”. Ortíz se fue de la reunión e inmediatamente después abandonó el departamento[119].

 

Exiliados venezolanos en Arauca

Migración forzada de venezolanos a Colombia

De acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), más de 4.7 millones de venezolanos han huido de su país en los últimos años[120].

Según cálculos oficiales, cerca de 1.6 millones de venezolanos vivían en Colombia hacia fines de octubre de 2019[121]. Es probable que la cantidad sea mucho mayor, dado que muchos llegan a través de los más de 300 cruces irregulares que hay en la frontera con Colombia[122].

El gobierno colombiano ha adoptado una serie de medidas para atender las necesidades urgentes de salud de los venezolanos y para que los niños y niñas venezolanos puedan matricularse en las escuelas. A través de otras iniciativas, impulsadas en coordinación con organismos de la ONU y organizaciones humanitarias locales, brindan, entre otros, alimentación, vacunas y albergue.

El gobierno colombiano creó un permiso, conocido como “permiso especial de permanencia”, que habilita a los ciudadanos venezolanos que ingresan al país legalmente —pero que superan el período de permanencia permitido por sus visas— a regularizar su condición y a obtener permisos de trabajo y acceso al sistema de seguridad social[123]. En total, las autoridades colombianas otorgaron este permiso a más de 740.000 venezolanos entre julio de 2017 y julio de 2019[124].

Migración forzada de venezolanos a Arauca

Cerca de 44.000 venezolanos viven actualmente en el departamento de Arauca; la gran mayoría cruzó la frontera a partir de 2015[125]. La pobreza y la falta de acceso a servicios básicos hacen que muchas de estas personas sean vulnerables a abusos, y su desconocimiento de las normas impuestas por los grupos armados suele ser la causa directa de su victimización.

Cientos de venezolanos circulan por el departamento todos los días; muchos de ellos se dirigen a pie a otras partes de Colombia[126]. Un actor humanitario informó que su organización había brindado asistencia a más de 7.000 venezolanos que caminaban por las carreteras de Arauca en un período de cinco meses en 2019[127]. Muchos de ellos no saben cuán lejos se encuentra su destino final, ni las dificultades que presenta el terreno o las condiciones climáticas que pueden encontrar en el camino[128].

Muchos venezolanos en la ciudad de Arauca viven en asentamientos informales, sin acceso a servicios básicos, incluida agua corriente[129]. Algunos de estos asentamientos fueron creados hace más de una década por poblaciones de desplazados internos y son controlados por grupos armados, que imponen sus normas y reclutan a colombianos y venezolanos[130].Algunos venezolanos también duermen en las calles o a orillas del río Arauca[131].

El acceso a los servicios de salud también es muy limitado para los venezolanos en Arauca. El gobierno colombiano facilita el acceso de todos los venezolanos a servicios gratuitos de salud de emergencia. No obstante, los hospitales de Arauca a menudo interpretan esta disposición de manera acotada, y limitan el acceso de los venezolanos sólo a algunos servicios de emergencia[132]. Los venezolanos que tienen un “permiso especial de permanencia” pueden tener acceso al sistema subsidiado de seguridad social, pero, al igual que ocurre con los colombianos, el proceso para obtener dicho seguro de salud es lento[133]. Asimismo, en Arauca, el sistema de salud no tiene suficiente capacidad ni recursos para responder a la llegada cada vez mayor de venezolanos, quienes a menudo recurren a organizaciones humanitarias internacionales en busca de asistencia[134].

Muchas mujeres venezolanas en situaciones desesperadas realizan trabajo sexual en Arauca[135]. Muchas niñas venezolanas sufren explotación y abuso sexual. Dos fuentes humanitarias estiman que más del 90 % de las mujeres que intercambian sexo por dinero en el departamento son venezolanas[136].

Si bien la Fiscalía General de la Nación no se encuentra investigando ningún caso de trata de personas que haya tenido lugar en Arauca al menos desde 2017, Human Rights Watch recibió señalamientos creíbles de actores humanitarios sobre casos de trata con fines de explotación sexual[137]. Las víctimas son engañadas para realizar trabajo sexual u obligadas a hacerlo. En muchos casos, una vez que llegan a un prostíbulo, les retienen sus documentos y se les da ropa, comida y “vivienda” que deben pagar con su trabajo. Las cantidades que se les exigen son tan exorbitantes que nunca podrían saldar la deuda[138].

La xenofobia contra los venezolanos es particularmente evidente en Arauca[139]. Varios entrevistados colombianos expresaron posturas xenófobas al hablar con Human Rights Watch; por ejemplo, culparon a los venezolanos por el aumento de los índices de delincuencia en Arauca y sugirieron que esa es la causa por la cual cada vez más venezolanos son asesinados por grupos armados[140].

En un incidente ocurrido en noviembre de 2018, residentes locales acusaron a un hombre venezolano de haber matado al propietario de una tienda en la ciudad de Arauca. El día siguiente al homicidio, un grupo de residentes agredió física y verbalmente a venezolanos que vivían en la calle. Según fuentes humanitarias con conocimiento directo del caso, la policía no intervino para evitar la violencia contra los migrantes[141]. Varios migrantes venezolanos en Arauca dijeron a Human Rights Watch haber sido blanco de abusos verbales o incluso físicos por parte de policías colombianos, que incluyeron insultos, golpes o la destrucción de sus pertenencias[142].

Protección y rendición de cuentas en Colombia

Rendición de cuentas

Las autoridades en Arauca no han garantizado justicia a las víctimas de abusos perpetrados por grupos armados. Esta situación, agravada por fallas más generales en materia de seguridad, contribuye a la percepción de muchos residentes de que los grupos armados de Arauca son más “efectivos” que el gobierno para resolver problemas sociales[143].

La Fiscalía General de la Nación informó a Human Rights Watch que, en septiembre de 2019, investigaba 442 casos de homicidios perpetrados en Arauca desde enero de 2017[144]. Los fiscales habían acusado a 78 personas, incluidos cinco miembros del ELN, y obtenido apenas ocho condenas, ninguna de ellas contra miembros de grupos armados[145]. La fiscalía informó que no había acusado, ni mucho menos conseguido que se condenara, a ningún miembro de un grupo armado por reclutamiento de menores, amenazas, desaparición forzada, desplazamiento forzado, extorsión o violación sexual ocurridos desde enero de 2017[146].

Uno de los principales obstáculos es la falta de personal suficiente. Los fiscales abocados a delitos como amenazas, homicidios y violencia sexual (que se conocen como “fiscales seccionales”) suelen tener a su cargo cientos de casos, o incluso miles[147]. Un fiscal que tenía a cargo más de 2.000 casos mostró a un investigador de Human Rights Watch 24 cajas con causas activas y dijo que no sabía de qué se trataban, debido al gran volumen de casos que tiene asignados [148]. En Saravena, hay apenas dos fiscales que investigan homicidios, amenazas, hechos de violencia sexual y otros delitos graves[149]. En Tame, hay cinco fiscales, dos de los cuales investigan delitos como homicidios y violencia sexual: uno tiene a su cargo 900 casos, y el otro 700[150].

Además de los fiscales mencionados antes, al menos dos fiscales en el departamento de Arauca trabajan dentro de instalaciones de batallones del Ejército: uno en Arauca y otro en Saravena[151]. Pertenecen al sistema de justicia ordinaria (y no al sistema de justicia militar) e investigan delitos graves, como homicidios. Las autoridades judiciales dijeron a Human Rights Watch que una de las principales áreas a las que se abocan estos dos fiscales son los delitos contra el oleoducto[152]. En los últimos años, la Fiscalía General de la Nación ha firmado varios acuerdos con la petrolera estatal Ecopetrol en la zona. En estos acuerdos se estipula que la empresa pague dinero a cambio de recibir una “especial atención” de los fiscales, que incluye la “priorización” de delitos contra la empresa, tales como los ataques con explosivos contra el oleoducto o infraestructura petrolera y el robo de petróleo[153].

También es escasa la cantidad de fiscales que investigan delitos con penas más leves (conocidos como “fiscales locales”). Se ocupan de delitos como robos, violencia doméstica, incumplimiento de la cuota alimentaria y lesiones[154]. En Arauquita y Fortul sólo hay un fiscal, y en ambos casos su equipo está integrado por un único asistente[155].

La cantidad de investigadores que apoyan a los fiscales también es insuficiente. En seis de los siete municipios de Arauca, no hay investigadores del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI), el órgano encargado de proporcionar apoyo de investigación y forense a los fiscales en casos penales[156]. Por tal motivo, los fiscales dependen de los investigadores policiales, que a menudo desempeñan múltiples funciones adicionales a las de investigación, como colaborar en las capturas o hacer guardia en las dependencias policiales[157]. En Tame y Saravena, hay un único investigador policial por fiscal[158]. En Arauquita, hay apenas dos investigadores policiales[159]. En Fortul, no hay investigadores policiales y el fiscal pide apoyo a los que trabajan con otros fiscales en Saravena. Estos a veces demoran entre tres y cuatro meses en responder[160].

Los riesgos de seguridad menoscaban la posibilidad de fiscales e investigadores de investigar delitos. Desplazarse hasta zonas rurales es algo sumamente riesgoso y la mayoría de los investigadores directamente no lo hacen, a menos que estén acompañados por militares[161]. En algunas zonas urbanas, como Tame y Saravena, los investigadores no van a ciertos barrios por consideraciones de seguridad[162]. En palabras de un funcionario: “Todos los días, de acá [su oficina] a la casa y de la casa para acá”[163]. En zonas rurales de Arauca, son los servicios funerarios privados, y no expertos forenses, los que se llevan los cuerpos[164]. Esto puede causar que se destruya o manipule indebidamente la prueba, lo cual dificulta que se adelanten investigaciones serias.

La protección con que cuentan las autoridades es absolutamente precaria. Un fiscal indicó a Human Rights Watch que como la Fiscalía General de la Nación no ha puesto a disposición suya un automóvil, cuando tiene que viajar a municipios vecinos para asistir a audiencias comparte un taxi en el que cualquier otra persona puede viajar con él[165]. Otro fiscal había recibido instrucciones escritas de sus superiores de evitar salir de su casa por motivos de seguridad. Pero en otra carta de la Fiscalía General de la Nación, se le indicó que se trasladara hasta los lugares de los hechos a pesar de los riesgos de seguridad y la falta de un esquema de protección[166].

La escasez de jueces también socava la capacidad de perseguir delitos penales y abusos de grupos armados en Arauca. En Saravena, hay solamente dos jueces; una tercera jueza, la única asignada a casos penales en la ciudad, fue trasladada a la ciudad de Arauca en 2019 tras ser atacada con una granada[167]. En Tame, hay un juez que tiene que intervenir en todos los casos del municipio, incluidos los centenares de “tutelas”, acciones que cualquier ciudadano puede presentar ante las autoridades para defender sus derechos[168]. Nos dijeron que los juicios que podrían empezar en agosto de 2019 recién comenzarían en marzo o abril de 2020[169].

Es muy común que los abusos no se denuncien, debido al férreo control que mantienen los grupos armados y al temor de los residentes a que se perciba que colaboran con el gobierno[170]. Los venezolanos son renuentes a denunciar delitos por temor a ser deportados, según fuentes humanitarias[171]. Como no se denuncian todos los hechos, esto puede generar la falsa impresión de que la situación en Arauca no es tan alarmante. “Lo que vale son los registros”, dijo un policía a Human Rights Watch, “y aquí no hay registros, entonces parece que no pasa nada”[172].

Respuesta militar y policía, y abusos por miembros de la fuerza pública

El Ejército y la Policía Nacional de Colombia no han protegido de manera adecuada a residentes en Arauca ni garantizado la seguridad en el departamento. Conforme al derecho colombiano, la responsabilidad de proteger a la población corresponde fundamentalmente a la policía, mientras que las fuerzas militares tienen principalmente la función de combatir a grupos armados[173].

La Brigada XVIII del Ejército de Colombia y la Fuerza de Tarea Quirón —una unidad que combate al ELN y a disidencias de las FARC— operan en el departamento[174]. Sin embargo, muchos soldados no se ocupan de proteger a la población local. Seis de las doce unidades de la Brigada XVIII se ocupan de proteger infraestructura petrolera, incluidos cinco “Batallones Especiales Energéticos y Viales”, que son unidades militares que tienen como misión específica asegurar la infraestructura, incluida la petrolera[175]. Al igual que la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio de Defensa ha firmado varios acuerdos con compañías petroleras en la zona, por medio de los cuales las empresas pagan a cambio de recibir “especial atención” del Ejército en Arauca[176]. Recientemente, las autoridades anunciaron que una unidad del Ejército dedicada a zonas urbanas pronto empezará a operar también en Arauca[177].

La policía cuenta con estaciones en el centro urbano de cada municipio, así como en dos zonas rurales de Arauca[178]. Son muy pocas las veces que se desplazan a zonas rurales del departamento. En algunas zonas, como Fortul y Saravena, es común que grupos armados ataquen a policías[179].

Un policía en un municipio de Arauca describió la situación en los siguientes términos: los 30 policías en la ciudad únicamente patrullan dos o tres manzanas, el Ejército se concentra en proteger la infraestructura petrolera y los caminos, y en el resto del territorio la que “manda” es “la otra policía”, es decir, las guerrillas. “La policía son ellos”, aseveró[180].

En agosto de 2019, el Presidente Duque lanzó una nueva política de seguridad denominada “Zonas Futuro” o “Zonas Estratégicas de Intervención Integral”. El gobierno designó cinco áreas —una es el departamento de Arauca— donde priorizará el envío de militares y policías para “enfrenta[r] y desarticula[r] las redes criminales”, como primer paso para fortalecer a las instituciones civiles en el futuro[181]. En estas cinco áreas, el gobierno identificará las áreas más peligrosas en las que se priorizará la presencia de fuerzas militares y policiales. En zonas que se consideren menos riesgosas, podrían ponerse en marcha planes para desarrollar las instituciones civiles, por ejemplo, las vinculadas con educación o agricultura[182]. Esta política pública aún no se ha implementado en Arauca[183].

Existen pruebas creíbles de que miembros del Ejército en Arauca han estado implicados en graves abusos. En marzo de 2018, por ejemplo, soldados abrieron fuego contra cuatro civiles que habían salido de caza. En este hecho, mataron a Ciro Alfonso Manzano Ariza e hirieron a Andrés Fabián Salcedo Rincón[184]. Un testigo dijo a Human Rights Watch que los soldados acusaron a los hombres de guerrilleros[185]. Los supervivientes estuvieron detenidos dos días hasta que un juez dispuso su liberación debido a incongruencias en la descripción sobre lo ocurrido presentada por los soldados[186]. En octubre de 2018, la Fiscalía General de la Nación acusó a un oficial y siete soldados de “homicidio agravado” y “tentativa de homicidio”[187].

También hay pruebas creíbles de casos de abuso policial. Como se mencionó anteriormente, varios ciudadanos venezolanos en Arauca dijeron a Human Rights Watch que habían sufrido agresiones verbales e incluso físicas por parte de policías colombianos, y fuentes creíbles indicaron que en al menos una ocasión la policía no protegió a venezolanos cuando sufrieron ataques de locales[188].

Protección de personas en riesgo

Líderes comunitarios y defensores de derechos humanos han sufrido ataques tanto del ELN como de la disidencia de las FARC en Arauca.

Muchos funcionarios públicos y líderes comunitarios cuentan con algún tipo de esquema de protección brindado por la Unidad Nacional de Protección (UNP). Esto puede incluir la provisión de chalecos antibalas, teléfonos celulares, vehículos y, en casos extremos, escoltas[189]. En Arauca, los propios esquemas de protección han sido objeto de ataques de grupos armados. Entre agosto de 2018 y diciembre de 2019, grupos armados robaron al menos siete vehículos pertenecientes a la UNP. En la mayoría de los casos, el responsable habría sido el grupo disidente de las FARC[190]. En agosto, varios hombres jóvenes que afirmaban pertenecer al grupo disidente de las FARC se presentaron en la vivienda de un defensor de derechos humanos y, a punta de pistola, robaron el vehículo de la UNP que compartía con otros 14 miembros de una organización local[191].

La UNP cuenta únicamente con un funcionario en Arauca, por lo que sus funcionarios deben viajar desde Bogotá y otras ciudades para evaluar el riesgo que enfrentan las personas en Arauca. Esto genera demoras y hace que sea más difícil llevar a cabo un análisis exhaustivo debido a que los funcionarios tienen menos conocimiento de la situación en Arauca, señaló un funcionario público a Human Rights Watch[192]. Cuando el personal de la UNP se encuentra en Arauca no cuenta con protección, ni tampoco con un automóvil oficial. Por ello, la mayoría de los análisis de riesgos se llevan a cabo en zonas urbanas[193]. Tampoco hay fondos suficientes para implementar esquemas de seguridad en casos de emergencia[194].

Asimismo, han sido insuficientes las acciones gubernamentales para proteger a niños y niñas en riesgo de reclutamiento. Algunos niños y niñas que escaparon de grupos armados posteriormente fueron asesinados o reclutados de nuevo por los grupos[195]. Un niño fue asesinado por la disidencia de las FARC después de abandonar el grupo e irse a vivir a una localidad rural de Arauca[196]. En otro caso, una joven que había abandonado a las FARC siendo menor, en 2015, volvió al departamento a fines de 2018, luego del acuerdo de paz, creyendo que podría estar segura. El grupo disidente de las FARC la secuestró en diciembre de 2018, la sometió a un “juicio revolucionario”, determinó que era “culpable” de haber desertado y la ejecutó[197].

Programas de desarrollo local

Los grupos armados se han aprovechado de la fragilidad institucional en Arauca —incluida la falta de presencia del Estado en las zonas rurales— para hacer valer su poder en el departamento. La pobreza y la falta de trabajo y oportunidades educativas en Arauca, sobre todo en zonas rurales, facilitan el reclutamiento por parte de grupos armados[198].

Las guerrillas históricamente han aprovechado la ausencia de instituciones estatales en las zonas rurales para instaurar su propio orden, al resolver los conflictos entre residentes locales e imponer sus propias normas en sitios donde el gobierno no impone un estado de derecho[199]. El ELN y la disidencia de las FARC siguen sacando provecho de estas condiciones[200].

Una política gubernamental clave para abordar esta fragilidad institucional histórica son los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)[201]. Estos programas, creados en el marco del acuerdo de paz con las FARC, permiten que los ciudadanos contribuyan a la creación de planes destinados a mejorar la presencia estatal y el desarrollo económico en sus regiones. Un primer paso es una etapa de diseño con participación ciudadana, en la que se procura definir un plan general que posibilite una mayor presencia y legitimidad del Estado[202]. Una vez que las comunidades locales y el gobierno nacional se ponen de acuerdo sobre los planes, el gobierno debe implementarlos en los 10 a 15 años siguientes[203].

Un PDET abarca a cuatro municipios de Arauca: Saravena, Tame, Fortul y Arauquita. Entre septiembre de 2017 y julio de 2018, el gobierno organizó una serie de encuentros con residentes locales que dieron origen a varias iniciativas para promover el desarrollo local y mejorar el bienestar de la comunidad[204]. Los residentes incorporaron iniciativas orientadas a mejorar el acceso a la educación en las zonas rurales, lo que contribuiría a frustrar la capacidad de los grupos armados de reclutar niños y niñas. El gobierno también acordó implementar medidas para mejorar el acceso a servicios básicos, como agua y saneamiento, e incrementar y mejorar las oportunidades económicas para las personas que viven en zonas rurales, entre otras cosas, pavimentando caminos o invirtiendo en proyectos económicos[205]. Otros planes contemplados en el PDET abordan falencias identificadas en este informe, como la necesidad de fortalecer la capacidad de la Fiscalía General de la Nación y la rama judicial, así como de mejorar las medidas de seguridad para los líderes comunitarios[206].

En diciembre de 2019, el gobierno colombiano sostuvo que había empezado a implementar algunos planes PDET en Arauca.[207]

 

Protección y rendición de cuentas en Venezuela

Complicidad de las autoridades venezolanas

El ELN y el grupo disidente de las FARC parecen sentirse más seguros en Venezuela que en Colombia [208]. El ELN y la disidencia de las FARC tienen campamentos en Apure, según señalaron múltiples fuentes creíbles a Human Rights Watch[209]. Como se indicó con anterioridad, ambos grupos armados a menudo llevan a sus víctimas a Venezuela o las citan a reuniones allí.

Numerosas fuentes dijeron a Human Rights Watch que fuerzas de seguridad y las autoridades locales en Venezuela toleran las acciones de los grupos armados e incluso a veces actúan en connivencia con estos[210]. Entre estas fuentes se incluyen residentes, periodistas, investigadores, líderes comunitarios, expertos en seguridad y defensores de derechos humanos. “A veces no queda claro si el alcalde dirige al grupo [FPLN] o el grupo dirige al [alcalde]”, indicó un investigador de un centro de estudios sobre seguridad venezolano[211].

Human Rights Watch obtuvo información que sugiere que autoridades venezolanas habrían sido cómplices de abusos cometidos por los grupos armados[212]. Una víctima de secuestro informó que el grupo armado que la retenía cruzó dos controles de la Guardia Nacional Bolivariana en Apure sin inconveniente alguno[213]. En uno de los puestos de control, los guerrilleros pasaron con las caras tapadas y cargando armas largas. Otras denuncias creíbles indican, asimismo, que miembros de la Guardia Nacional Bolivariana trabajan con grupos armados para extorsionar a personas que transportan mercancías a través de la frontera[214]. Las autoridades también toleran actividades probablemente abusivas sin adoptar medidas al respecto: una víctima indicó haber estado más de dos meses en un campamento de la disidencia de las FARC en un sitio muy próximo a una base militar venezolana sin ninguna interferencia de las autoridades de Venezuela[215].

Human Rights Watch envió una carta al Ministro de Relaciones Exteriores venezolano Jorge Arreaza solicitando información sobre la presencia de grupos armados en Venezuela y sobre qué políticas se estaban implementando para proteger a la población. Al momento de preparación de este documento, no habíamos recibido una respuesta.

Rendición de cuentas

A diferencia de Colombia, donde existe un conjunto de datos relevantes de consulta pública y las autoridades habitualmente responden a los pedidos de información, Human Rights Watch no está en condiciones de evaluar con precisión qué medidas están adoptando las autoridades venezolanas para que las víctimas de abusos perpetrados por grupos armados en el estado Apure tengan acceso a la justicia, si es que han adoptado alguna. No hay datos oficiales disponibles y, como se señaló antes, las autoridades venezolanas no han respondido a nuestros pedidos de información sobre investigaciones y procesos penales existentes. Sin embargo, hay indicios de que en el caso de los abusos de grupos armados en Apure la rendición de cuentas sería mínima, o incluso nula.

En primer lugar, en Venezuela no hay independencia judicial. Desde el copamiento político del poder judicial por el expresidente Hugo Chávez y sus aliados en la Asamblea Nacional en 2004, el sistema judicial dejó de funcionar como un poder independiente. En la actualidad, jueces y funcionarios del Ministerio Público actúan sin la más mínima pretensión de independencia[216].

Es muy probable que Apure no sea una excepción. Según una investigación periodística confiable, más del 90 % de los 71 jueces de Apure no tienen cargos permanentes, razón por la cual están sumamente expuestos a presiones políticas[217].

En segundo lugar, las víctimas de abusos por parte de grupos armados casi nunca denuncian los hechos sufridos por temor a represalias y por la percepción de que sus denuncias serán en vano[218]. “Lamentablemente, [en Apure] manda el miedo”, dijo un defensor de derechos humanos local de derechos humanos a Human Rights Watch. “Nadie dice nada, nadie sabe nada”, agregó[219].

Por último, incluso si las personas quisieran denunciar delitos, el sistema judicial en Apure se concentra en ciudades como Guasdualito y San Fernando, lo cual dificulta el acceso a la justicia de muchas víctimas de abusos que no están cerca de sitios donde hay autoridades judiciales[220].

Ante estas dificultades, muchas personas en Apure, al igual que en Arauca, acuden a los grupos armados para que “resuelvan” sus problemas[221]. Un residente dijo a Human Rights Watch que, en 2015, autoridades de Guasdualito le dijeron a un familiar que acudiera a los grupos armados para resolver la situación de violencia doméstica en la que se encontraba[222]. “Eso pasa casi a diario, en problemas de peleas en cantinas, en problemas familiares, en problemas de maridos con las mujeres, en robos de motos y eso”, le dijo a Human Rights Watch. “Ellos [las autoridades] de una vez lo mandan para allá [con los grupos armados], porque ellos son los que cuadran eso”.   

El contexto en el que operan los grupos armados

El departamento de Arauca y el estado Apure

420 kilómetros de frontera internacional separan al departamento colombiano de Arauca del estado Apure en Venezuela. La frontera, demarcada en casi toda su extensión por un río, es sumamente permeable. Esto posibilita la migración irregular y graves abusos, dado que los agresores pueden cruzar la frontera sin ser controlados[223]. Si bien hay un cruce fronterizo oficial hacia Venezuela —el puente José Antonio Páez en la ciudad de Arauca— existen más de 50 pasos informales para cruzar la frontera desde Arauca [224].

Arauca tiene una población de cerca de 240.000 personas, distribuidas en siete municipios: Arauca (capital del departamento), Arauquita, Cravo Norte, Fortúl, Puerto Rondón, Saravena y Tame[225].

Gran parte de la población de Arauca se encuentra en situación de pobreza, sobre todo en las zonas rurales. Cerca del 36 % tienen necesidades básicas insatisfechas, según los datos disponibles más recientes, correspondientes a 2011; en el campo, esta cifra es de alrededor del 64 %[226]. En las zonas rurales de Arauca, algo menos de un tercio de la población vive en pobreza extrema[227].

La producción petrolera es importante en Arauca. El campo petrolero Caño-Limón en ese departamento fue crucial para que Colombia pudiera exportar petróleo en las décadas de 1980 y 1990[228]. En 2018, la producción petrolera representó el 39 % del producto bruto interno del departamento[229]. El oleoducto Caño-Limón, que conecta el campo petrolífero con el principal puerto de exportaciones petroleras de Colombia en Coveñas, en la costa atlántica[230], inicia en Arauca y ha sido blanco constante de ataques de las guerrillas[231].

Casi 460.000 personas viven en Apure, según las últimas cifras oficiales, correspondientes al año 2011[232]. El estado está organizado en siete municipios: San Fernando (capital del estado), Achaguas, Biruaca, Muñoz, Páez, Pedro Camejo y Rómulo Gallegos. Apure ha sido, históricamente, uno de los estados más pobres de Venezuela[233]. Su economía es mayormente agrícola y la principal actividad es la ganadería[234].

Conflicto armado y violencia en Arauca y Apure

En Arauca operan dos grupos armados: el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y el Frente Décimo Martín Villa. Estos dos grupos además operan en Apure, donde también tienen presencia las FPLN.

El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) informó en diciembre de 2018 que el conflicto entre el ELN y el gobierno colombiano es un conflicto armado no internacional conforme al derecho internacional humanitario[235]. La CICR no ha realizado una determinación pública con respecto a si el grupo disidente de las FARC que tiene presencia en Arauca es parte en un conflicto armado[236]. Si el grupo disidente de las FARC es o no parte del conflicto armado depende del grado en que tenga nexos genuinos, a través de relaciones jerárquicas o ciertos tipos de cooperación, con otras partes del conflicto armado actualmente existente en Colombia[237].

Human Rights Watch no ha llegado a una determinación acerca de si la violencia en Apure constituye un conflicto armado no internacional. Según la información disponible, ninguna institución humanitaria ni académica confiable ha hecho tal determinación de forma pública[238].

Ejército de Liberación Nacional (ELN)

El ELN fue fundado en 1964 por un grupo de unos pocos estudiantes en la parte nororiental de Colombia. Tiene una ideología de izquierda basada en el socialismo, con fuerte influencia de la teología de la liberación. El grupo ya no aspira a derrocar al gobierno colombiano, sino que dice implementar una estrategia de “resistencia armada” frente al Estado y las corporaciones multinacionales[239].

En febrero de 2017, el gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos y el ELN iniciaron conversaciones formales de paz en Quito, Ecuador. El presidente colombiano Iván Duque suspendió esas conversaciones luego de que el ELN se atribuyera la responsabilidad por un atentado con un autobomba ocurrido en enero de 2019 en Bogotá, en el cual murieron 22 cadetes[240].

El ELN ha tenido presencia activa en Arauca desde 1980[241]. El Frente Domingo Laín del ELN opera en el departamento y contaría al menos con 500 hombres allí[242]. El ELN es percibido como el grupo armado más fuerte en el departamento[243]. Muchos expertos consideran al Frente de Guerra Oriental y su líder, alias “Pablito”, como los opositores más acérrimos a las conversaciones de paz dentro del ELN[244]. El Frente de Guerra Oriental ha logrado influir en decisiones de políticos y funcionarios en Arauca y se ha infiltrado en estructuras de gobierno locales[245]. Por ejemplo, en 2016, la Corte Suprema de Justicia condenó a un exgobernador de Arauca que, según sostuvo, había cumplido órdenes del ELN al adjudicar varios contratos durante su mandato[246].

El Frente Domingo Laín del ELN también está activo en Apure[247]. Su presencia allí no es reciente; se remonta a la década de 1990[248].

Grupo disidente de las FARC

Hasta el acuerdo de paz de las FARC de 2016, las principales unidades de las FARC que operaban en Arauca eran los frentes 10.º y 45.º, y una unidad más pequeña conocida como “columna móvil Alfonso Castellanos”. El 28.º Frente también operaba, aunque ocasionalmente, en la zona sur de Arauca[249].

Una vez firmado el acuerdo, la gran mayoría de los guerrilleros de las FARC en Arauca se desmovilizaron[250]. Se trasladaron a Filipinas, una vereda de Arauquita, donde se construyó un acantonamiento para el desarme; el acuerdo de paz se refiere a este y otros acantonamientos como Zonas Veredales Transitorias de Normalización. Allí, entregaron las armas a la Misión de la ONU en Colombia.

A comienzos de 2017, un grupo de cerca de 15 desmovilizados, entre ellos algunos excomandantes, crearon un nuevo grupo armado. Varias fuentes indican que estos guerrilleros se fueron de la zona veredal porque consideraban que no había avances en la implementación de los programas de reincorporación de exguerrilleros[251]. Esta organización ahora se hace llamar “Frente Décimo Martín Villa”, principalmente en panfletos, mientras que en algunos casos usa directamente el nombre “FARC-EP”. Su actual comandante, alias “Jerónimo”, fue excarcelado en mayo de 2017 como resultado la ley de amnistía prevista en el acuerdo de paz con las FARC[252]. A poco de ser liberado, asumió el control del grupo y empezó a reclutar nuevas personas, incluidos exmiembros de las FARC[253].

El grupo disidente de las FARC tiene presencia en todos los municipios de Arauca y cuenta con cerca de 150 guerrilleros, además de 150 milicianos (que a menudo extorsionan a residentes y comercios para obtener dinero en efectivo y cometen actos de violencia a menor escala, como ataques con granadas)[254]. El grupo pretende controlar las zonas que anteriormente estaban ocupadas por las FARC en Colombia y Venezuela, y según sostienen actores humanitarios y funcionarios de derechos humanos, ha reclutado a personas colombianas y venezolanas[255]. Fuentes humanitarias en Arauca también señalan que, por debajo de los máximos comandantes, la cadena de mando del grupo es débil[256]. Aunque el grupo está activo en zonas donde también tiene presencia el ELN, generalmente no combaten entre sí[257].

El grupo disidente de las FARC también tiene presencia en Apure, donde cuenta con campamentos[258]. Según fuentes creíbles, “Jerónimo”, el líder del grupo, vive en Apure y manda desde allí[259].

Fuerzas Patrióticas de Liberación Nacional (FPLN)

Las FPLN son un grupo armado que tiene presencia en Apure desde comienzos de la década de 1990[260]. Algunos residentes todavía las llaman “Fuerzas Bolivarianas de Liberación” (FBL), el nombre que usaron hasta fines de la década del 2000, cuando el grupo se desintegró[261]. En la actualidad apoya al gobierno venezolano. Varias fuentes creíbles han señalado que trabaja en colaboración con autoridades y fuerzas de seguridad locales[262]

El tamaño y la estructura de las FPLN no resultan claros[263]. Según una investigadora y un periodista local, muchos miembros de las FPLN son exmiembros de grupos armados partidarios del gobierno llamados “colectivos” en Venezuela, así como de organizaciones de base oficialistas creadas durante el gobierno de Chávez[264].

Las FPLN operan en los estados Apure, Barinas, Guárico y Táchira[265]. En los medios se ha señalado recientemente que el grupo entrena a civiles en tácticas militares y el uso de armas[266].

Violencia y alianzas entre grupos armados

Entre 2006 y 2010, las FARC y el ELN entablaron un conflicto en Arauca y Apure.

En un primer momento el conflicto fue por los cultivos de coca, la materia prima utilizada para producir cocaína. Las FARC controlaban cultivos de coca en el departamento de Arauca, y el ELN deseaba erradicarlos. La violencia se desató en 2006, cuando un comandante del ELN organizó una emboscada en la que murió un comandante de las FARC, luego de un encuentro entre ambos grupos[267]. Durante el conflicto, las FPLN básicamente se alinearon con las FARC y, entre otras cosas, ayudaron a entrenar a sus miembros en Apure[268]

El conflicto entre las FARC y el ELN desplazó a más de 58.000 personas de sus viviendas en Arauca, casi el 25 % de la población de la provincia en ese momento[269]. Al menos 868 civiles murieron a manos de grupos armados en Arauca durante los años de conflicto, según la Unidad de Víctimas de Colombia[270].

En 2010, los grupos acordaron poner fin al conflicto y en general han cooperado entre sí desde entonces. Por ejemplo, en el manual de 2013 los grupos acordaron de qué manera los guerrilleros de un grupo debían interactuar con los miembros del otro[271]

Luego de su acuerdo con las FARC, el ELN siguió siendo el grupo dominante en Arauca. Cuando las FARC se desmovilizaron en 2017 como parte del acuerdo de paz, el vacío que dejaron no fue significativo, ya que gran parte del territorio había estado y seguía bajo el control del ELN. Aun así, el ELN se propuso ocupar ese vacío[272].

Durante 2018, mientras se fortalecía la disidencia de las FARC en Arauca, comandantes del grupo aparentemente se reunieron con comandantes del ELN para acordar cómo actuarían para evitar hostilidades[273]. Desde entonces, cada grupo parece permitir que el otro actúe en zonas donde ha tenido presencia histórica, a condición de que ninguno cometa actos de violencia contra el otro. No llevan a cabo ataques ni operaciones conjuntas, según actores locales[274]. Algunos entrevistados manifestaron temor por la posibilidad de que la alianza entre ambos grupos pudiera romperse y esto ocasionara un nuevo conflicto entre ellos[275].

Al momento de redacción de este informe, los tres grupos armados parecían haberse puesto de acuerdo sobre cómo repartirse el control de distintas zonas de Apure. Las FPLN seguían teniendo una buena relación con la disidencia de las FARC y su conflicto con el ELN parece haber terminado[276].

Derecho internacional aplicable

Colombia y Venezuela son estados parte en importantes tratados internacionales de derechos humanos que protegen los derechos a la vida, la integridad física, la libertad y a no sufrir trabajo forzado, entre otros[277].

Los gobiernos están obligados a preservar de manera efectiva estos derechos, entre otras cosas, adoptando medidas adecuadas para proteger a las personas contra amenazas razonablemente previsibles a sus derechos por parte de delincuentes, la criminalidad organizada y grupos armados[278].

Asimismo, los gobiernos deben adoptar medidas razonables para que quienes cometen violaciones de derechos humanos respondan por sus actos y para garantizar los derechos de las víctimas a interponer recursos y obtener reparaciones de manera efectiva[279]. Las investigaciones y los procesos deben ser impulsados de manera imparcial por autoridades judiciales, cuya independencia e imparcialidad los gobiernos deben asegurar[280].

En el departamento de Arauca en Colombia, el derecho internacional humanitario se aplica a las hostilidades entre fuerzas gubernamentales y grupos armados no estatales, en particular el ELN. La intensidad de las hostilidades y el nivel de organización del ELN alcanzan el grado necesario para que se considere que existe en Colombia un conflicto armado no internacional[281]. El derecho aplicable incluye el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949 y otros tratados y normas de derecho internacional consuetudinario, que se aplican tanto a grupos armados no estatales como a fuerzas armadas nacionales. El derecho internacional de los derechos humanos también se aplica en todo momento, incluso durante los conflictos armados[282].

Human Rights Watch no ha determinado si la situación en Apure podría clasificarse como un conflicto armado no internacional. Con independencia de si la situación en Apure constituye un conflicto armado, el derecho internacional humanitario se aplica a los actos perpetrados en Venezuela como parte del conflicto armado en Colombia. Por ejemplo, los grupos armados no estatales con presencia en Colombia que secuestran a personas y las trasladan y detienen en Venezuela han cometido violaciones del derecho internacional humanitario mediante sus acciones en ambos países.

En los conflictos armados, todas las partes, ya se trate de fuerzas del Estado o de grupos armados no estatales, están obligadas por el derecho internacional humanitario aplicable[283]. Las personas que cometen graves violaciones del derecho internacional humanitario con el elemento subjetivo relevante —es decir, dolo o culpa— son responsables de crímenes de guerra[284]. Los Estados tienen la obligación de investigar, juzgar y castigar crímenes de guerra conforme al derecho internacional[285]. Los comandantes que sabían o deberían haber sabido sobre estos abusos, pero no tomaron acciones para prevenirlos ni sancionaron a quienes los cometieron pueden ser considerados responsables en razón de su responsabilidad de mando[286].

El derecho internacional humanitario prohíbe los ataques deliberados e indiscriminados contra civiles y las ejecuciones sumarias, las torturas y otros malos tratos, así como la violencia sexual y el saqueo. La violación sexual y otras formas de violencia sexual, incluido el aborto forzado o la prostitución forzada, constituyen graves violaciones del derecho internacional humanitario[287]. El secuestro de civiles durante un conflicto armado viola el derecho internacional humanitario. Detener a una persona para obligar a otra a realizar acciones tendientes a su liberación constituye toma de rehenes, un acto constitutivo de crimen de guerra[288]. Se prohíbe el trabajo forzado no remunerado o abusivo[289].

El reclutamiento y uso de niños y niñas de menos de 15 años como soldados, y su participación en hostilidades activas están prohibidos por el derecho internacional humanitario y constituye un crimen de guerra[290]. La Convención sobre los Derechos del Niño y los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949 prohíben todo reclutamiento o uso en conflictos armados de niños menores de 15 años[291]. En 2000, las Naciones Unidas adoptaron un Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados, que eleva la edad mínima para reclutamiento forzado, servicio militar o participación directa en hostilidades a los 18 años[292]. Además, el protocolo obliga a grupos armados no gubernamentales a abstenerse de reclutar o usar a niños o niñas menores de 18 años para cualquier fin. Colombia y Venezuela son parte del Protocolo Facultativo[293]. Colombia también es parte del Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo, que prohíbe el reclutamiento forzado de niños menores de 18 años para usarlos en conflictos armados, al que considera una de las peores formas de trabajo infantil[294].

El desplazamiento forzado de las poblaciones civiles viola tanto el derecho internacional humanitario como el derecho internacional de los derechos humanos. La prohibición del desplazamiento forzado incluye el desplazamiento “por razones relacionadas con el conflicto, a no ser que lo exijan la seguridad de la población civil o razones militares imperiosas”[295]. En casos de desplazamiento forzado, los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de la ONU establecen que las autoridades deberían asegurar que las personas desplazadas “como mínimo” tengan acceso seguro a alimentos indispensables y agua potable, alojamiento y vivienda básicos, vestimenta adecuada y servicios médicos y de saneamiento esenciales[296].

Agradecimientos

La investigación y redacción de este informe estuvieron a cargo de investigadores de la División de las Américas de Human Rights Watch. El documento fue revisado y editado por Tamara Taraciuk Broner, subdirectora interina para las Américas, quien también participó en la investigación; José Miguel Vivanco, director ejecutivo para las Américas; Bill Frelick, director del Programa de Refugiados; Margaret Knox, editora/investigadora sénior; Amanda Klasing, codirectora interina de la División de Derechos de la Mujer; Mark Hiznay, director asociado de la División de Armas; y Jo Becker, directora de incidencia de la División de Derechos del Niño. Joe Saunders, subdirector de Programas; y Michael García Bochenek, asesor legal sénior interino, estuvieron a cargo de la revisión de programas y legal, respectivamente.

Las asociadas de la División de las Américas Megan Monteleone y Vira Tarnavska contribuyeron a la producción del informe. Se agradece el valioso apoyo de Ángel Zapata, asistente de investigación de la División de las Américas. El informe fue preparado para la publicación por Fitzroy Hepkins, gerente administrativo; y José Martínez, coordinador administrativo sénior. Fue traducido al español por Gabriela Haymes.

Human Rights Watch desea agradecer a las numerosas personas que colaboraron con este informe. Estamos sumamente agradecidos por el apoyo brindado por la Defensoría del Pueblo de Colombia.

Human Rights Watch agradece en especial a las víctimas y familiares que nos transmitieron su testimonio, a pesar de, en muchos casos, enfrentar circunstancias extremadamente difíciles.

 

 

[1] Ley por la cual se expide el Código Penal, Secretaría Senado, ley 599 del 2000, promulgado el 24 de julio de 2000, http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0599_2000.html, art. 165.

[2] “[S]e entenderá por ‘desaparición forzada’ el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”. Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, 20 de diciembre de 2006, 2716 U.N.T.S. 3, art. 2 (en vigor desde el 23 de diciembre de 2010; ratificada por Colombia el 11 de julio de 2012). Venezuela firmó la convención el 21 de octubre de 2008, pero no la ha ratificado.

[3] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con fiscal, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[4] Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Medicina Legal), “Comportamiento del homicidio. Colombia, 2015”, sin fecha, https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/49523/Homicidios.pdf (consultado el 12 de enero de 2020), p. 91.

[5] Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Forensis 2018: datos para la vida”, junio 2019, https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/386932/Forensis+2018.pdf/be4816a4-3da3-1ff0-2779-e7b5e3962d60 (consultado el 12 de enero de 2020), p. 85.

[6] Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Lesiones fatales de causa externa en Colombia, enero a noviembre de 2019”, sin fecha, https://drive.google.com/uc?authuser=0&id=1UV1ZFJsNlHH4xEnT160FlVtIqfwHu5Gj&export=download (consultado el 6 de enero de 2020). Según Medicina Legal, entre las personas asesinadas desde enero hasta noviembre de 2019 en Arauca se cuentan 13 mujeres y 7 niños (todos varones). Fecha de corte: 30 de noviembre de 2019.

[7] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[8] Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Homicidios. Colombia, 2018”, sin fecha, https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/388157/1-Homicidios.+Colombia%2C+2018.xlsx/722560a4-2e77-b155-cc08-2ca513dfc7c0 (consultado el 12 de enero de 2020).

[9] Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Lesiones fatales de causa externa en Colombia, enero a noviembre de 2019”, sin fecha, https://drive.google.com/uc?authuser=0&id=1UV1ZFJsNlHH4xEnT160FlVtIqfwHu5Gj&export=download (consultado el 6 de enero de 2020).

[10] El Observatorio Venezolano de Violencia (OVV), un grupo de expertos, estima que la tasa de homicidios en Apure en 2018 fue de 53,1 por cada 100.000 personas. Esta tasa es más baja que la tasa nacional, que sería de 81,4 según estimaciones del OVV. El OVV estima que algunos estados, como el Distrito Capital, Bolívar y Miranda, tienen tasas de alrededor de 100 homicidios por cada 100.000 habitantes, o superiores. El OVV considera que, en términos comparativos, los índices más bajos de homicidios en Apure obedecen, en parte, al temor a hacer denuncias asociado con el control social y a que los grupos armados “desaparecen” personas, incluso arrojando sus cuerpos al río. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con personal del OVV, 25 de octubre de 2019.

[11] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019.

[12] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; “Sicarios asesinan a comisario del CICPC en hotel de Apure”, El Universal, 30 de septiembre de 2018, http://www.eluniversal.com/sucesos/21981/sicarios-asesinan-a-comisario-del-cicpc-en-hotel-de-apure (consultado el 7 de octubre de 2019).

[13] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con fiscal, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 4 de octubre de 2019.

[14] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 3 de enero de 2020.

[15] Fotografías de notas dejadas junto a víctimas (copia en los registros de Human Rights Watch).

[16] Entrevista de Human Rights Watch con personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Arauca, 16 de agosto de 2019. Fecha de corte: 16 de agosto de 2019.

[17] Policía Nacional de Colombia, “Homicidios – 2018”, sin fecha, https://www.policia.gov.co/file/201380/download?token=1BKkHjiR (consultado el 2 de septiembre de 2019).

[18] Policía Nacional de Colombia, “Homicidios – 2019”, sin fecha https://www.policia.gov.co/file/223545/download?token=yLIqw0TX (consultado el 3 de enero de 2020). Medicina Legal reporta que 38 venezolanos fueron asesinados en Arauca entre enero y el 30 de noviembre de 2019; y 28 en 2018. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Tipos de muertes de personas con nacionalidad venezolana. 2017 -noviembre 2019”, sin fecha, https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/347827/Venezolanos+2017-2019+a+Noviembre.xlsx/a2b8d674-7f07-9d57-1de8-f5ee05a03397 (consultado el 6 de enero de 2020).

[19] Entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de septiembre de 2019; Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[20] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 8 de octubre de 2019.

[21] Entrevista de Human Rights Watch con familiar de la víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[22] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Oficina del ACNUDH en Colombia, 30 de julio de 2019. La cantidad total podría ser mayor. La Defensoría del Pueblo indica que el número de líderes comunitarios asesinados en Arauca desde 2017 asciende a 16. Información proporcionada a Human Rights Watch por la Defensoría del Pueblo, 23 de septiembre de 2019.

[23] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de la Oficina del ACNUDH, 25 de septiembre de 2019.

[24] La Oficina del ACNUDH y la Fiscalía General de la Nación estudiaron los casos y acordaron cuáles serían los grupos presuntamente responsables. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de la Oficina del ACNUDH, 5 de julio de 2019.

[25] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de la Oficina del ACNUDH, 15 de agosto de 2019. Un familiar de una víctima contó a Human Rights Watch que un testigo de la planificación del homicidio le dijo que a Correa lo había matado el ELN. Entrevista de Human Rights Watch con familiar de la víctima, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[26] Esta descripción se basa en la entrevista grupal que realizó Human Rights Watch a dos familiares de María del Carmen Moreno Páez, en Arauca, el 12 de septiembre de 2019.

[27] Fotografías de las víctimas (copia en los registros de Human Rights Watch).

[28] Entrevista de Human Rights Watch con residente, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[29] Entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[30] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de la Oficina del ACNUDH, 24 de septiembre de 2019.

[31] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Bogotá, 24 de septiembre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019.

[32] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019.

[33] Unidad de Víctimas de Colombia, Registro Único de Víctimas, 1 de septiembre de 2019, https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394 (consultado el 18 de septiembre de 2019). Fecha de corte: 31 de agosto de 2019.

[34] Información proporcionada a Human Rights Watch mediante correo electrónico por la Fiscalía General de la Nación, 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Fecha de corte: 10 de septiembre de 2019.

[35] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 23 de septiembre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario gubernamental local, 24 de septiembre de 2019.

[36] Información proporcionada a Human Rights Watch por actor humanitario, agosto de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch); entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario gubernamental local, 24 de septiembre de 2019.

[37] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 9 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 9 de octubre de 2019.

[38] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[39] Mensajes de audio de WhatsApp de líderes comunitarios de Apure, 8 de octubre de 2019.

[40] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019.

[41] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2016; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[42] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[43] “En una semana, 16 disidentes de las Farc se desmovilizaron en Arauca”, El Tiempo, 22 de julio de 2019, https://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/16-disidentes-de-las-farc-se-han-desmovilizado-en-arauca-391516 (consultado el 17 de septiembre de 2019); “Se desmovilizan 12 guerrilleros de disidencias de las Farc en Arauca”, El Tiempo, 16 de julio de 2019, https://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/se-desmovilizan-12-guerrilleros-de-las-disidencias-en-arauca-388974 (consultado el 17 de septiembre de 2019); entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[44] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador, 4 de octubre de 2019.

[45] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[46] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 26 de agosto de 2019; John Campos, “Rescatado menor de edad indígena secuestrado en Arauca”, 24 de agosto de 2019, https://cgfm.mil.co/es/blog/rescatado-menor-de-edad-indigena-secuestrado-en-arauca (consultado el 25 de septiembre de 2019).

[47] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; testimonios de víctimas tomados por funcionarios gubernamentales [nombres y fechas bajo reserva].

[48] Información proporcionada por el Ministerio de la Defensa de Colombia por correo electrónico el 19 de noviembre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). La Defensoría del Pueblo le informó a Human Rights Watch que 57 personas habían sido secuestradas por grupos armados desde 2017. Información proporcionada a Human Rights Watch por la Defensoría del Pueblo, 24 de septiembre de 2019.

[49] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 12 de septiembre de 2019; “Revelan prueba de vida de militar secuestrado por disidencia de las Farc”, El Espectador, 9 de junio de 2019, https://www.elespectador.com/noticias/nacional/revelan-prueba-de-vida-de-militar-secuestrado-por-disidencia-de-las-farc-articulo-865124 (consultado el 8 de septiembre de 2019); “ELN dejó en libertad a tres militares que tenía secuestrados en Arauca”, Semana, 5 de septiembre de 2018, https://www.semana.com/nacion/articulo/eln-libero-a-militares-secuestrados-en-arauca/582003 (consultado el 9 de septiembre de 2019); Defensoría del Pueblo, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019, (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 33.

[50] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experto en seguridad, 25 de octubre de 2019.

[51] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019.

[52] Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Desaparecidos en Colombia y nacionales en el extranjero, 2017”, sin fecha, https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/262611/10-Desaparecidos+en+Colombia+y+nacionales+en+el+extranjero%2C+2017.xlsx/fd936ce0-96df-ebcb-ab9b-51989492b2b1 (consultado el 19 de septiembre de 2019); Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, “Desaparecidos en Colombia y en el extranjero, 2018”, sin fecha, https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/388157/10-Desaparecidos+en+Colombia+y+nacionales+en+el+extranjero%2C+2018.xlsx/dfb9f175-db2c-fb1f-01ae-8b8f92173840 (consultado el 6 de enero de 2020).

[54] Código Penal de Colombia, art. 165.

[55] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Defensoría del Pueblo mediante correo electrónico el 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[56] Defensoría del Pueblo, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 33.

[57] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con investigador, Arauca, 11 de agosto de 2019; Defensoría del Pueblo, “Nota de seguimiento 009-17”, 9 de agosto de 2017 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 6.

[58] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[59] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 23 de septiembre de 2019.

[60] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 5 de octubre de 2019.

[61] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[62] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[63] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[64] Unidad de Víctimas de Colombia, Registro Único de Víctimas, 1 de septiembre de 2019, https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394 (consultado el 18 de septiembre de 2019).

[65] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Apure, 7 de octubre de 2019.

[66] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; panfleto del ELN, 15 de febrero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch); panfleto del grupo disidente de las FARC, febrero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[67] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador local, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019.

[68] “Normas unitarias de comportamiento y convivencia del Frente de Guerra Oriental Comandante en Jefe Manuel Vásquez Castaño y del Bloque Comandante Jorge Briceño de las FARC-EP”, sin fecha (copia en los registros de Human Rights Watch).

[69] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de septiembre de 2019.

[70] “Normas unitarias de comportamiento y convivencia del Frente de Guerra Oriental Comandante en Jefe Manuel Vásquez Castaño y del Bloque Comandante Jorge Briceño de las FARC-EP”, sin fecha (copia en los registros de Human Rights Watch), págs. 7-10.

[71] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 15 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experto en seguridad, 25 de octubre de 2019.

[72] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[73] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[74] Entrevistas de Human Rights Watch con funcionarios de derechos humanos, Arauca, 10, 11 y 12 de agosto.

[75] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019; panfleto de grupo disidente de las FARC, febrero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch); “Por amenazas, candidatos en Arauca hacen campaña solo por internet”, El Tiempo, 3 de septiembre de 2019, https://www.eltiempo.com/politica/partidos-politicos/candidatos-en-arauca-hacen-campana-solo-por-internet-por-inseguridad-408186 (consultado el 20 de septiembre de 2019).

[76] Panfleto de grupo disidente de las FARC, febrero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[77] De acuerdo con la Defensoría del Pueblo, los municipios con un “nivel de riesgo extremo” son aquellos que presentan todas las condiciones siguientes: (i) enfrentamientos entre grupos armados o entre un grupo armado y fuerzas gubernamentales; (ii) economías ilegales; (iii) condiciones de vulnerabilidad de los residentes; (iv) presencia mínima del Estado; y (v) violaciones de derechos humanos contra personas que participan en campañas electorales. Defensoría del Pueblo, “Alerta Temprana 035-19, Riesgo Electoral 2019”, 31 de agosto de 2019, http://www.defensoria.gov.co/attachment/2381/AT%20N%C2%B0%20035-19%20Riesgo%20Electoral_low.pdf (consultado el 2 de septiembre de 2019), pág. 8.

[78] Ibíd., pág. 38.

[79] Entrevistas de Human Rights Watch con víctimas, Arauca, 11, 14 y 15 de agosto de 2019.

[80] Entrevistas de Human Rights Watch con víctimas, Arauca, 11, 12, 14 y 15 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 8 de octubre de 2019. Las notas habrían recibido este nombre (“vikingo”) debido a que, en los años ochenta, el ELN solía incluir en las notas con exigencias extorsivas que entregaba a los residentes una conocida paleta con ese nombre que por entonces se vendía en el departamento. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 8 de octubre de 2019. La Corte Suprema de Colombia ha hecho referencia a esta expresión. Ver, por ejemplo, Corte Suprema de Justicia, Sentencia 26680, 16 de septiembre de 2010, magistrado ponente Alfredo Gómez Quintero, http://legal.legis.com.co/document/Index?obra=jurcol&document=jurcol_98182ee7d487202ce0430a010151202c (consultado el 13 de enero de 2020).

[81] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 15 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[82] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 20 de septiembre de 2019; notas del ELN (copia en los registros de Human Rights Watch).

[83] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[84] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con familiar de víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 15 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con organización humanitaria, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[85] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[86] Entrevista de Human Rights Watch con organización humanitaria, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; fotografía de cartel del ELN proporcionada a Human Rights Watch por actor humanitario (copia en los registros de Human Rights Watch).

[87] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con fiscal local, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[88] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[89] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 15 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 5 de octubre de 2019.

[90] Entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[91] Información proporcionada a Human Rights Watch mediante correo electrónico por la Fiscalía General de la Nación, 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Fecha de corte: 10 de septiembre de 2019.

[92] Información proporcionada a Human Rights Watch mediante correo electrónico por el Ministerio de Defensa, 19 de noviembre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Fecha de corte: 30 de septiembre de 2019.

[93] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[94] Entrevista de Human Rights Watch con familiar de víctima, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[95] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[96] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[97] Unidad de Víctimas de Colombia, Registro Único de Víctimas, 1 de septiembre de 2019, https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394 (consultado el 20 de septiembre de 2019). Fecha de corte: 31 de agosto de 2019. El 6 de diciembre de 2019, Human Rights Watch le envió una carta a la Unidad de Víctimas solicitándole información sobre si las víctimas de crímenes cometidos por la disidencia de las FARC eran incluidas en el registro. Human Rights Watch no había recibido respuesta al momento de finalizar este informe.

[98] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[99] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 y 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de salud, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[100] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humano presente en el momento en que la víctima dio su testimonio a las autoridades, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[101] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria que tomó testimonio a la víctima, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[102] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria que tomó testimonio a la víctima, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[103] Human Rights Watch, Derechos fuera de alcance: Obstáculos a la salud, la justicia y la protección para mujeres desplazadas víctimas de violencia de género en Colombia, 14 de noviembre de 2012, https://www.hrw.org/es/report/2012/11/08/derechos-fuera-de-alcance/obstaculos-la-salud-la-justicia-y-la-proteccion-para

[104] Organización de las Naciones Unidas, Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción, 18 de septiembre de 1997, 2056 U.N.T.S. 211 (en vigor desde el 1 de marzo de 1999; ratificada por Colombia el 6 de septiembre de 2000 y por Venezuela el 14 de abril de 1999),

https://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=IND&mtdsg_no=XXVI-5&chapter=26&clang=_en (consultado el 11 de octubre de 2019).

[105] Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal , “Situación víctimas minas antipersonal en Colombia”, 17 de diciembre de 2019, http://www.accioncontraminas.gov.co/estadisticas/Documents/1911-Base-Victimas-por-minas.zip (consultado el 6 de enero de 2020).

[106] “Ya no caben más militares en Arauca”, Frente de Guerra Oriental del ELN, 8 de abril de 2019, https://eln-voces.net/wp-content/uploads/2019/03/insu_679.pdf (consultado el 23 de septiembre de 2019); “Los combates del aniversario 55”, ELN, 1 de agosto de 2019, http://www.cedema.org/ver.php?id=8395 (consultado el 23 de septiembre de 2019).

[107] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[108] Policía Nacional de Colombia, “Estadística Delictiva: Terrorismo, 2017”, sin fecha, https://www.policia.gov.co/file/162217/download?token=upbPT7UU (consultado el 9 de octubre de 2019); Policía Nacional de Colombia, “Estadística Delictiva: Terrorismo, 2018”, sin fecha, https://www.policia.gov.co/file/201402/download?token=Kg-mb9A9 (consultado el 9 de octubre de 2019); Policía Nacional de Colombia, “Estadística Delictiva: Terrorismo, 2019”, sin fecha, https://www.policia.gov.co/file/223569/download?token=5x6YmYXF (consultado el 6 de enero de 2020). Fecha de corte: 30 de noviembre de 2019.

[109] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019;

[110] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019; “Ataque contra el Ejército deja 3 civiles heridos en Saravena, Arauca”, El Tiempo , 17 de julio de 2019, https://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/3-civiles-heridos-en-ataque-terrorista-contra-el-ejercito-en-saravena-389644 (consultado el 9 de octubre de 2019).

[111] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 22 de agosto de 2019.

[112] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[113] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019; fotografías proporcionadas a Human Rights Watch por víctima (copia en los registros de Human Rights Watch).

[114] Equipo Local de Coordinación, “Briefing Departamental”, diciembre de 2018, https://www.humanitarianresponse.info/sites/www.humanitarianresponse.info/files/documents/files/briefing_regional_arauca_hum_vf.pdf (consultado el 12 de septiembre de 2019). El derecho colombiano define como “desplazamiento masivo” al que afecta a 50 o más personas o a 10 o más familias en un solo incidente mediante el uso de “violencia”. Decreto 2569 de 2000, promulgado el 12 de diciembre de 2000, art. 12.

[115] Unidad de Víctimas de Colombia, Registro Único de Víctimas, 1 de septiembre de 2019, https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394 (consultado el 20 de septiembre de 2019). Fecha de corte: 31 de agosto de 2019. El 6 de diciembre de 2019, Human Rights Watch le envió una carta a la Unidad de Víctimas solicitándole información sobre si las víctimas de crímenes cometidos por la disidencia de las FARC eran incluidas en el registro. Human Rights Watch no había recibido respuesta al momento de finalizar este informe.

[116] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; Defensoría del Pueblo, “Alerta Temprana 029”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[117] Entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[118] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019.

[119] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, 24 de septiembre de 2019 [lugar de la entrevista bajo reserva].

[120] ACNUR, “Respuesta a los venezolanos: Plataforma de coordinación para refugiados y migrantes de Venezuela”, 5 de diciembre de 2019, https://data2.unhcr.org/en/situations/platform (consultado el 8 de enero de 2020).

[121] Información proporcionada por Felipe Muñoz, gerente de frontera con Venezuela, 3 de enero de 2020. Fecha de corte: 31 de octubre de 2019.

[122] OCHA, “Contexto Humanitario – Norte de Santander”, sin fecha (copia en los registros de Human Rights Watch).

[123] Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, “Cancillería y Migración Colombia anuncian resolución para regularizar venezolanos en Colombia”, 28 de julio de 2018, http://www.migracioncolombia.gov.co/index.php/es/prensa/comunicados/comunicados-2017/julio-2017/5091-cancilleria-y-migracion-colombia-anuncian-resolucion-para-regularizar-venezolanos-en-colombia (consultado el 24 de mayo de 2019).

[124] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Felipe Muñoz, gerente de frontera con Venezuela, 18 de julio de 2019.

[125] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 11 de agosto de 2019; información proporcionada por Felipe Muñoz, gerente de frontera con Venezuela, 3 de enero de 2020. Fecha de corte: 31 de octubre de 2019. 

[126] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[127] Ibíd.

[128] Ibíd.

[129] Entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 10 de agosto de 2019; Equipo Humanitario Colombia, “Informe Final MIRA: Municipio de Arauca (Arauca), Colombia. Situación de Frontera: Asentamientos Humanos Pescadito y Jerusalén”, 8 de junio de 2018, https://www.humanitarianresponse.info/sites/www.humanitarianresponse.info/files/assessments/informe_final_mira_arauca-_asentamientos_humanos_jerusalen_y_pescadito_vf.pdf (consultado el 5 de octubre de 2019).

[130] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[131] Entrevista de Human Rights Watch con exiliados venezolanos, Arauca, 10 de agosto de 2019.

[132] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[133] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[134] Ibíd.

[135] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de salud, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[136] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[137] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Fiscalía General de la Nación, por correo electrónico, el 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch; fecha de corte: 10 de septiembre de 2019); entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de salud, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 3 de enero de 2020; entrevista de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevistas separadas de Human Rights Watch con actores humanitarios, 13 y 14 de agosto de 2019. 

[138] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de salud, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, 17 de octubre de 2019.

[139] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de salud, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[140] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con Fiscal, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[141] Entrevista de Human Rights Watch con actores humanitarios y funcionarios de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019. Ver también “Migrantes en Arauca: un llamado de emergencia”, Semana, 24 de noviembre de 2018, https://www.semana.com/nacion/articulo/migrantes-en-arauca-un-llamado-de-emergencia/592243 (consultado el 29 de septiembre de 2019).

[142] Entrevistas de Human Rights Watch con migrantes venezolanos, Arauca, 10 de agosto de 2019.

[143] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, 8 de octubre de 2019.

[144] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Fiscalía General de la Nación, mediante correo electrónico, el 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Las cifras de “homicidio” incluyen tres delitos diferentes conforme al derecho colombiano: homicidio (art. 103 del Código Penal), homicidio agravado (art. 104), y homicidio en persona protegida (art. 135). La gran mayoría de los casos, 403, estaban siendo investigados como homicidios del art. 103. Apenas 13 casos se estaban investigando como “homicidio en persona protegida”, definido como el homicidio de un civil u otra persona protegida conforme al derecho internacional humanitario durante el conflicto armado y en relación con este.

La Fiscalía General de la Nación indicó que la información estaba actualizada al 10 de septiembre de 2019. También aclaró que era “posible” que un solo hecho pudiera estar incluido en más de un caso en investigación y que un caso puede incluir más de un incidente o delito. También expresó que sus estadísticas tienen un “subregistro importante” sobre el lugar donde se cometieron los delitos, así como sobre los presuntos autores y las víctimas.

[145] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Fiscalía General de la Nación, mediante correo electrónico, el 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Conforme al Código de Procedimiento Penal de Colombia, los pasos procesales son los siguientes: Los fiscales podrán imputar a los acusados cuando “se pueda inferir razonablemente” su responsabilidad penal, y presentarán la acusación cuando se pueda afirmar la “probabilidad” de su responsabilidad penal. Los acusados podrán enfrentar medidas de aseguramiento, incluida la prisión preventiva, para asegurar su cooperación una vez que hayan sido imputados. Posteriormente, la persona vinculada es llevada a juicio oral y público. Ley por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal, Secretaría Senado, Ley 906 de 2004, promulgada el 1 de septiembre de 2004, http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0906_2004.html (consultado el 12 de julio de 2019), arts. 282, 286, 336 y 287.

[146] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Fiscalía General de la Nación, mediante correo electrónico, el 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Al 10 de septiembre de 2019, la Fiscalía General de la Nación investigaba 953 casos de amenazas, 46 casos de desaparición forzada, 21 casos de reclutamiento de menores, 261 casos de extorsión, 276 casos de desplazamiento forzado y 248 casos de violación sexual (incluidos 185 contra niñas de menos de 14 años) ocurridos desde enero de 2017. La Fiscalía General de la Nación informó que ha obtenido una condena por amenazas, una por desplazamiento forzado, cuatro por violación sexual, tres por extorsión y ninguna por delitos de desaparición forzada o reclutamiento de menores. Sin embargo, ninguna de estas condenas afectaba a miembros de grupos armados, según la fiscalía. Estas cifras se refieren a los siguientes delitos: “amenazas” (art. 347 del Código Penal), “desaparición forzada” (art. 165), “reclutamiento ilícito” (art. 162), “extorsión” (art. 244), “desplazamiento forzado” (art. 180), “acceso carnal violento en persona protegida” (art. 138), “acceso carnal abusivo con menor de catorce años” (art. 208) y “acceso carnal” (art. 210). Conforme al derecho colombiano, cualquier actor puede ser penalmente responsable de desaparición forzada, con independencia de si se trata de individuos particulares, actores parte en el conflicto armado, agentes del Estado o actores que reciben el apoyo o la aquiescencia de agentes del Estado. “Reclutamiento ilícito” se define como el delito cometido por “el que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado, reclute menores de 18 años o los obligue a participar directa o indirectamente en las hostilidades o en acciones armadas”. “Desplazamiento forzado” se define como el delito cometido por “el que, de manera arbitraria, mediante violencia u otros actos coactivos dirigidos contra un sector de la población, ocasione que uno o varios de sus miembros cambie el lugar de su residencia”.

[147] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[148] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[149] Información proporcionada a Human Rights Watch por la Fiscalía General de la Nación, por correo electrónico, el 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[150] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019; información proporcionada a Human Rights Watch, por correo electrónico, por la Fiscalía General de la Nación, el 4 de octubre de 2019.

[151] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 7 de octubre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 9 de octubre de 2019.

[152] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[153] “Petroleras y mineras financian a la Fuerza Pública y a la Fiscalía”, Rutas del Conflicto y Liga Contra el Silencio, sin fecha, http://rutasdelconflicto.com/convenios-fuerza-justicia/node/437 (consultado el 25 de septiembre de 2019); “Acuerdo de Cooperación -AC -No. 1 – Derivado del Convenio Marco -CM- No. 3011412”, Fiscalía General de la Nación, Ecopetrol y Policía Nacional de Colombia, 17 de octubre de 2017, http://rutasdelconflicto.com/convenios-fuerza-justicia/sites/default/files/C_PROCESO_18-4-7852000_121006003_40281782_compressed.pdf (consultado el 30 de septiembre de 2019).

[154] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[155] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[156] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019; información proporcionada a Human Rights Watch mediante mensajes de correo electrónico por la Fiscalía General de la Nación el 4 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[157] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[158] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[159] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[160] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[161] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[162] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[163] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[164] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[165] Ibíd.

[166] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[167] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[168] Entrevista de Human Rights Watch con autoridad judicial, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[169] Ibíd.

[170] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario judicial, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[171] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitaria, Arauca, 10 de agosto de 2019.

[172] Entrevista de Human Rights Watch con policía, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[173] Constitución de Colombia, arts. 217 y 218.

[174] “Fuerza de Tarea Quirón”, Octava División, sin fecha, https://www.octavadivision.mil.co/?idcategoria=321083 (consultado el 21 de septiembre de 2019).

[175] Ministerio de Defensa de Colombia, “El sector defensa comprometido”, sin fecha, http://proyectos.andi.com.co/Documents/CEE/Colombia%20Genera%202015/Viernes/JoseJavierPerez.pdf (consultado el 1 de octubre de 2019). Las otras seis unidades incluyen un Batallón de Ingenieros del Ejército, un Batallón de Artillería, un Batallón de “Apoyo de Servicios para el Combate”, un Batallón de “Instrucción, Entrenamiento y Reentrenamiento”, un batallón de fuerzas especiales urbanas y una unidad antisecuestro y antiextorsión. “Décimo Octava Brigada”, Ejército de Colombia, sin fecha, https://www.ejercito.mil.co/index.php?idcategoria=241269 (consultado el 20 de septiembre de 2019). El 19 de septiembre de 2019, Human Rights Watch envió un pedido formal de información al Ministerio de Defensa, planteado conforme a la ley colombiana que regula el acceso a la información, en el cual solicitó información acerca de cuántos soldados están presentes en Arauca y cuántos pertenecen a unidades encargadas de proteger la infraestructura petrolera. El ministerio respondió que estas preguntas se habían remitido a las dependencias correspondientes del Ejército y la Policía. Al momento de preparación de este documento, Human Rights Watch no había recibido una contestación. Respuesta a pedido de información N.º 0119007457502 enviado a Human Rights Watch por el Ministerio de Defensa colombiano el 2 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[176] “Petroleras y mineras financian a la fuerza pública y a la fiscalía”, Rutas del Conflicto y Liga Contra el Silencio, sin fecha, http://rutasdelconflicto.com/convenios-fuerza-justicia/node/437 (consultado el 25 de septiembre de 2019).

[177] “Nueva unidad operativa urbana del Ejército hará patrullaje y control en Arauca”, Meridiano 70, 23 de septiembre de 2019, https://meridiano70.co/operativa-ejercito-unidad-arauca/ (consultado el 4 de octubre de 2019).

[178] “Directorio de Contactos”, Policía Nacional de Colombia, sin fecha, https://www.policia.gov.co/arauca/directorio (consultado el 21 de septiembre de 2019). El 19 de septiembre de 2019, Human Rights Watch envió un pedido formal de información al Ministerio de Defensa, planteado conforme a la ley colombiana que regula el acceso a la información, en el cual solicitó datos acerca de cuántos policías hay en Arauca y dónde se encuentran. El ministerio respondió que estas preguntas se habían remitido a la Policía Nacional. Respuesta a pedido de información N.º 0119007457502 enviado a Human Rights Watch por el Ministerio de Defensa colombiano el 2 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Al momento de preparación de este documento, Human Rights Watch no había recibido una contestación.

[179] Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[180] Entrevista de Human Rights Watch con policía, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[181] “Palabras del Presidente Iván Duque en el lanzamiento de la iniciativa ‘Zonas Futuro’”, 8 de agosto de 2019, https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2019/190808-Palabras-Presidente-Ivan-Duque-en-el-lanzamiento-de-la-iniciativa-Zonas-Futuro.aspx (consultado el 21 de septiembre de 2019).

[182] Ibíd.

[183] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario gubernamental, 24 de septiembre de 2019; entrevista telefónica con funcionaria de derechos humanos, 3 de enero de 2020.

[184] Entrevista de Human Rights Watch con sobrevivientes, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[185] Ibíd.

[186] Ibíd.

[187] “Capturados ocho militares por su presunta participación en el homicidio de campesino en Arauca”, Fiscalía General de la Nación, 23 de octubre de 2018, https://www.fiscalia.gov.co/colombia/noticias/capturados-ocho-militares-por-su-presunta-participacion-en-el-homicidio-de-campesino-en-arauca/ (consultado el 20 de septiembre de 2019).

[188] Entrevistas de Human Rights Watch con migrantes venezolanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 10 de agosto de 2019; “Migrantes en Arauca: un llamado de emergencia”, Semana, 24 de noviembre de 2018, https://www.semana.com/nacion/articulo/migrantes-en-arauca-un-llamado-de-emergencia/592243 (consultado el 29 de septiembre de 2018).

[189] Entrevista de Human Rights Watch con policía, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario público, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[190] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, 17 de octubre de 2019; Defensoría del Pueblo, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019, pág. 41; “Liberan a escolta secuestrado por presuntas disidencias de las Farc en Arauca”, El Espectador, 11 de septiembre de 2019, https://www.elespectador.com/noticias/nacional/liberan-escolta-secuestrado-por-presuntas-disidencias-de-las-farc-en-arauca-articulo-880504 (consultado el 12 de septiembre de 2019).

[191] Entrevista de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[192] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario público, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[193] Información proporcionada mediante mensaje de correo electrónico a Human Rights Watch por la Oficina del ACNUDH, el 24 de septiembre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[194] Información proporcionada mediante mensaje de correo electrónico a Human Rights Watch por la Oficina del ACNUDH, el 24 de septiembre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[195] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[196] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[197] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[198] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario gubernamental, 24 de septiembre de 2019; Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 029 de 2019”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 37; información proporcionada a Human Rights Watch por actor humanitario, agosto de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[199] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, 16 de agosto de 2019; Omar Jaime Gutiérrez Lemus, “Arauca: espacio, conflicto e institucionalidad”, Conflicto y territorio en el oriente colombiano, Fernán González (Ed.), págs. 317-321; “Normas unitarias de comportamiento y convivencia del Frente de Guerra Oriental Comandante en Jefe Manuel Vásquez Castaño y del Bloque Comandante Jorge Briceño de las FARC-EP”, sin fecha (copia en los registros de Human Rights Watch).

[200] Defensoría del Pueblo de Colombia, “Informe de riesgo 017-17”, 10 de abril de 2017 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 17.

[201] Fundación Ideas por la Paz (FIP), “Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial: cambiar el rumbo para evitar el naufragio”, junio de 2018, http://ideaspaz.org/media/website/sirirPDET_Final.pdf (consultado el 23 de septiembre de 2019), págs. 8-9.

[202] Ibíd., págs. 9 y 18; Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), “Informe Nacional de Desarrollo Humano: 2011”, 18 de septiembre de 2011, http://www.co.undp.org/content/colombia/es/home/library/human_development/informe-nacional-de-desarrollo-humano-2011.html (consultado el 23 de septiembre de 2019), pág. 323.

[203] Ver, por ejemplo, “Plan de acción de transformación regional – PATR: Subregión Arauca”, Agencia de Renovación del Territorio, 3 de agosto de 2018, http://www.renovacionterritorio.gov.co/descargar.php?idFile=23287 (consultado el 20 de septiembre de 2019).

[204] “Plan de acción de transformación regional – PATR: Subregión Arauca”, Agencia de Renovación del Territorio, 3 de agosto de 2018, http://www.renovacionterritorio.gov.co/descargar.php?idFile=23287 (consultado el 20 de septiembre de 2019). Ver “Pactos municipales: Arauca”, Agencia de Renovación del Territorio, 25 de junio de 2019, http://www.renovacionterritorio.gov.co/Documentos/planes_estrategicos/programas_de_desarrollo_con_enfoque_territorial_pdet/pactos_municipales/Arauca (consultado el 21 de septiembre de 2019).

[205] “Plan de acción de transformación regional – PATR: Subregión Arauca”, Agencia de Renovación del Territorio, 3 de agosto de 2018, http://www.renovacionterritorio.gov.co/descargar.php?idFile=23287 (consultado el 20 de septiembre de 2019), págs. 11-17.

[206] “Plan de acción de transformación regional – PATR: Subregión Arauca”, Agencia de Renovación del Territorio, 3 de agosto de 2018, http://www.renovacionterritorio.gov.co/descargar.php?idFile=23287 (consultado el 20 de septiembre de 2019), págs. 16 y 17.

[207] Consejería Presidencial para la Estabilización y Consolidación, “Informe de gestión”, diciembre 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).   

[208] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 8 de octubre de 2019.

[209] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[210] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador local, 16 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experta en seguridad, 22 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experto en seguridad, 25 de octubre de 2019.

[211] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con experto en seguridad, 25 de octubre de 2019.

[212] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019.

[213] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 13 de agosto de 2019.

[214] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, 8 de octubre de 2019.

[215] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[216] Human Rights Watch, Una Década de Chávez: Intolerancia política y oportunidades perdidas para el progreso de los derechos humanos en Venezuela, 3 de septiembre de 2008, https://www.hrw.org/sites/default/files/reports/venezuela0908spweb_0.pdf; Human Rights Watch, Concentración y Abuso de Poder en la Venezuela de Chávez , 17 de julio de 2012, https://www.hrw.org/sites/default/files/reports/venezuela0712spsumrecs_web.pdf.

[217] “La ley del Poder Judicial: mientras más pobre la provincia, más chavistas son los jueces”, Armando Info, 17 de julio de 2019, https://armando.info/Reportajes/Details/2581 (consultado el 6 de enero de 2020).

[218] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente, 4 de octubre de 2019.

[219] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019.

[220] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador, 5 de octubre de 2019.

[221] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 5 de octubre de 2019.

[222] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 5 de octubre de 2019.

[223] Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, “Plan de Desarrollo Turístico – Departamento de Arauca”, abril de 2012, http://www.citur.gov.co/upload/publications/documentos/158.Plan_de_desarrollo_turistico_de_Arauca.pdf (consultado el 14 de septiembre de 2019), pág. 141.

[224] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[225] Departamento Administrativo Nacional de Estadística, “¿Cuántos somos?”, sin fecha, https://sitios.dane.gov.co/cnpv/#!/ (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[226] Gobierno de Colombia, Departamento Nacional de Planeación, “Resultados censo general 2005 – necesidades básicas insatisfechas a 31 de diciembre de 2011”, sin fecha, http://www.dane.gov.co/files/censo2005/NBI_desagregadas_cab_resto_mpio_nal_30jun11.xls (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[227] Ibíd.

[228] Juan David Gutiérrez Rodríguez, “Petróleo y captura del Estado: los vínculos subnacionales entre los ingresos petroleros y el conflicto armado en Colombia” (“Oil and State Capture: The Subnational Links Between Oil Revenues and Armed Conflict in Colombia”), 25 de diciembre de 2018, https://ora.ox.ac.uk/objects/uuid:5dd5aadb-86d0-4709-a950-2ea3084fec09/download_file?file_format=pdf&safe_filename=THESIS%2BJDGutierrez%2BBodleian%2B.pdf&type_of_work=Thesis (consultado el 14 de septiembre de 2019), págs. 24-5.

[229] Departamento Administrativo Nacional de Estadística, “Resultados PIB departamental 2018 preliminar: Resultados por departamento”, sin fecha, https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/pib/departamentales/B_2015/2018-preliminar-Departamento-resultado.xlsx (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[230] “Un Puerto con historia”, Ecopetrol, 9 de noviembre de 2014, https://www.ecopetrol.com.co/wps/portal/es/ecopetrol-web/nuestra-empresa/quienes-somos/lo-que-hacemos/transporte/covenas/un-puerto-con-historia (consultado el 20 de septiembre de 2019).

[231] Por ejemplo, el Alto Comisionado para la Paz de Colombia, Miguel Ceballos, señaló en julio de 2019 que el oleoducto ha sufrido más de 1.500 atentados desde el año 2000. RCN, “Oleoducto Caño Limón Coveñas registra 1.500 voladuras desde el año 2000, según el Gobierno”, 16 de julio de 2019, https://noticias.canalrcn.com/nacional-pais/oleoducto-cano-limon-covenas-registra-1500-voladuras-desde-el-ano-2000-segun-el (consultado el 14 de septiembre de 2019); Fundación Ideas para la paz, “El ELN y la industria petrolera: ataques a la infraestructura en Arauca”, abril de 2015, http://cdn.ideaspaz.org/media/website/document/55411b8a3ccab.pdf (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[232] Instituto Nacional de Estadística de Venezuela, “XIV censo nacional de población y vivienda: Resultados por Entidad Federal y Municipio del Estado Apure”, diciembre de 2014, http://www.ine.gov.ve/documentos/Demografia/CensodePoblacionyVivienda/pdf/apure.pdf (consultado el 3 de octubre de 2019), pág. 9.

[233] Neritza Alvarado Chacín, “Pobreza y crisis en Venezuela”, Espacio Abierto, vol. 3 (1994), n.º 5, https://produccioncientificaluz.org/index.php/espacio/article/download/2335/2334 (consultado el 7 de octubre de 2019), págs. 91 y 92. Instituto Nacional de Estadística de Venezuela, “Pobreza y Pobreza Extrema por Entidad Federal”, sin fecha, http://www.ine.gob.ve/documentos/Demografia/CensodePoblacionyVivienda/xls/PobrezaEntidad.xls (consultado el 4 de octubre de 2019).

[234] Instituto Nacional de Estadística de Venezuela, “XIV censo nacional de población y vivienda: Resultados por Entidad Federal y Municipio del Estado Apure”, diciembre de 2014, http://www.ine.gov.ve/documentos/Demografia/CensodePoblacionyVivienda/pdf/apure.pdf (consultado el 3 de octubre de 2019), pág. 9; Instituto Nacional de Estadística de Venezuela, “Apure”, sin fecha, http://www.ine.gov.ve/documentos/see/sintesisestadistica2014/estados/Apure/documentos/situacionfisica.htm (consultado el 8 de enero de 2020).

[235] Comité Internacional de la Cruz Roja, “Cinco conflictos armados en Colombia ¿qué está pasando?”, 6 de diciembre de 2018, https://www.icrc.org/es/document/cinco-conflictos-armados-en-colombia-que-esta-pasando (consultado el 26 de mayo de 2019).

[236] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[237] Si un grupo armado es parte en un conflicto armado depende de una determinación objetiva. El gobierno colombiano parece considerar que la disidencia de las FARC en Arauca es un “grupo armado organizado”, alcanzado por el derecho internacional humanitario. Las fuerzas militares colombianas distinguen entre grupos delictivos organizados (GDO), cubiertos por las normas de derechos humanos, y grupos armados organizados (GAO), alcanzados por el derecho internacional humanitario. En julio de 2018, el Consejo de Seguridad Nacional determinó que el ELN es un GAO. Ministerio de Defensa, Directiva 15 de 2016, 22 de abril de 2016, https://www.mindefensa.gov.co/irj/go/km/docs/Mindefensa/Documentos/descargas/Prensa/Documentos/dir_15_2016.pdf (consultado el 10 de julio de 2019); Ministerio de Defensa, Política de Defensa y Seguridad, enero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). pág. 23. El 19 de septiembre de 2019, Human Rights Watch envió un pedido formal de información al Ministerio de Defensa, invocando la ley colombiana que regula el acceso a la información, para conocer si el Ministerio de Defensa clasifica al grupo disidente de las FARC en Arauca como un “grupo armado organizado”. En su respuesta, el ministerio enumeró los criterios que utiliza para establecer si un grupo armado se considera “grupo armado organizado”, sin aclarar qué determinación había alcanzado con respecto a este grupo disidente de las FARC en particular. Respuesta a pedido de información N.º 0119007457502 enviado a Human Rights Watch por el Ministerio de Defensa colombiano el 2 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Sin embargo, la información oficial disponible en línea indica que el grupo es considerado un “grupo armado organizado”. Ver, por ejemplo, “Capturamos a presuntos integrantes del ELN y GAOR en el municipio de Saravena”, Policía Nacional de Colombia, 27 de agosto de 2019, https://www.policia.gov.co/noticia/capturados-presuntos-integrantes-del-eln-y-gaor-municipio-saravena (consultado el 13 de octubre de 2019).

[238] Ver, por ejemplo, “Informe sobre guerras 2018” (“The War Report 2018”), Academia de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de Ginebra (Geneva Academy of International Humanitarian Law and Human Rights), https://www.geneva-academy.ch/joomlatools-files/docman-files/The%20War%20Report%202018.pdf (consultado el 8 de octubre de 2019). El informe brinda una lista no oficial y una clasificación de situaciones de violencia armada que constituyen conflictos armados conforme al derecho internacional humanitario. Si bien Geneva Academy concluyó que existe un conflicto armado no internacional entre el ELN y el estado colombiano, no ha identificado conflictos armados en Venezuela.

[239] Ver, por ejemplo, International Crisis Group, “La paz faltante: El nuevo gobierno y la

última guerrilla de Colombia” (“The Missing Peace: Colombia’s New Government and Last Guerrillas”), 12 de julio de 2018, https://d2071andvip0wj.cloudfront.net/068-the-missing-peace%20(2)_0.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2019), págs. 3 y 4.

[240] “Presidente Duque pide al Gobierno de Cuba que entregue a miembros del ELN que están en ese país para que se haga justicia”, Presidencia de Colombia, 19 de enero de 2019, https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2019/190119-Presidente-Duque-pide-Gobierno-Cuba-que-entregue-a-miembros-del-Eln-que-estan-en-ese-pais-para-que-se-haga-justicia.aspx (consultado el 14 de octubre de 2019).

[241] El primer ataque del ELN en Arauca se produjo en septiembre de 1980, si bien la organización afirma estar organizada como insurgencia en el departamento desde 1978. Ver ELN, “Crónica del surgimiento del Frente Domingo Laín”, 14 de enero de 2007, http://www.cedema.org/ver.php?id=1734 (consultado el 12 de septiembre de 2019); ELN, “Frente Domingo Laín: 28 años de historia”, 16 de septiembre de 2008, http://www.cedema.org/ver.php?id=2823 (consultado el 12 de septiembre de 2019).

[242] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019.

[243] Entrevistas separadas de Human Rights Watch con actores humanitarios, Arauca, 11 y 16 de agosto de 2019.

[244] International Crisis Group, “La paz faltante: El nuevo gobierno y la última guerrilla de Colombia” (“The Missing Peace: Colombia’s New Government and Last Guerrillas”), 12 de julio de 2018, https://d2071andvip0wj.cloudfront.net/068-the-missing-peace%20(2)_0.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2019), pág. 6; Luis Eduardo Celis, “¿Por qué el ELN sigue con la guerra?”, Las 2 Orillas, 16 de enero de 2018, https://www.las2orillas.co/por-que-el-eln-sigue-con-la-guerra/ (consultado el 17 de septiembre de 2019); Carlos Medina Gallego, “Pablito: el hombre de Guerra del ELN”, Razón Pública, 4 de febrero de 2019, https://www.razonpublica.com/index.php/conflicto-drogas-y-paz-temas-30/11738-pablito-el-hombre-de-guerra-del-eln.html (consultado el 17 de septiembre de 2019).

[245] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con investigador, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019. Ver “Los contratos del Eln con la gobernación de Arauca”, Verdad Abierta, 16 de abril de 2016, https://verdadabierta.com/los-contratos-del-eln-con-la-gobernacion-de-arauca/ (consultado el 29 de septiembre de 2019).

[246] “El ex gobernador elenopolítico y su hermano el alcalde uribista”, La Silla Vacía, 14 de abril de 2016, https://lasillavacia.com/historia/el-ex-gobernador-elenopol%C3%ADtico-y-su-hermano-el-alcalde-uribista-55465 (consultado el 25 de septiembre de 2019).

[247] Insight Crime, “ELN en Venezuela”, 1 de marzo de 2019, https://es.insightcrime.org/venezuela-crimen-organizado/eln-en-venezuela/ (consultado el 1 de octubre de 2019).

[248] Ibíd.

[249] “Sistema de amenaza terrorista”, inteligencia colombiana (copia en los registros de Human Rights Watch).

[250] Algunos milicianos no se desmovilizaron. Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; Defensoría del Pueblo, “Informe de Riesgo 017-17”, 10 de abril de 2017 (copia en los registros de Human Rights Watch). pág. 4.

[251] Fundación Ideas para la Paz, “Trayectorias y dinámicas territoriales de las disidencias de las FARC”, abril de 2018, http://ideaspaz.org/media/website/FIP_Disidencias_Final.pdf (consultado el 14 de septiembre de 2019), pág. 104; Defensoría del Pueblo, “Informe de Riesgo 017-17”, 10 de abril de 2017 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 4; “La disidencia que atemoriza Arauca”, La Silla Vacía, 29 de abril de 2018, https://lasillavacia.com/silla-santandereana/la-disidencia-que-atemoriza-arauca-65804 (consultado el 17 de septiembre de 2019).

[252] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019; “¿Quién es ‘Jerónimo’, el jefe disidente que manda desde Venezuela?”, El Tiempo, 11 de febrero de 2019, https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/alias-jeronimo-el-disidente-de-las-farc-que-delinque-desde-venezuela-325276 (consultado el 17 de septiembre de 2019); Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá , Caso 110012252000201400110, 22 de mayo de 2017, https://www.ramajudicial.gov.co/documents/6342228/0/L+2014+00110+Gonz%C3%A1lez%26Jim%C3%A9nez+%2822+May+2017+Apelada%29%20-+AFMG.pdf/adf61208-a38b-4c1e-b955-852da366fcab (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[253] Fundación Ideas para la Paz, “Trayectorias y dinámicas territoriales de las disidencias de las FARC”, abril de 2018, http://ideaspaz.org/media/website/FIP_Disidencias_Final.pdf (consultado el 14 de septiembre de 2019), pág. 104.

[254] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 081”, 18 de noviembre de 2018 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 5.

[255] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[256] Entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 14 de agosto de 2019.

[257] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 11 de agosto de 2019; Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 029”, 11 de julio de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[258] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019.

[259] Entrevista de Human Rights Watch con víctima, Arauca, 11 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; “¿Quién es ‘Jerónimo’, el jefe disidente que manda desde Venezuela?”, El Tiempo, 11 de febrero de 2019, https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/alias-jeronimo-el-disidente-de-las-farc-que-delinque-desde-venezuela-325276 (consultado el 7 de octubre de 2019).

[260] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con experto en seguridad, 25 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experta en seguridad, 22 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 21 de octubre de 2019; Insight Crime, “FBL/FPLN”, 17 de julio de 2019, https://es.insightcrime.org/venezuela-crimen-organizado/fbl-fpln/ (consultado el 7 de octubre de 2019).

[261] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; Fuerzas Bolivarianas de Liberación, “Una aclaración necesaria”, 29 de mayo de 2009, http://www.cedema.org/ver.php?id=3305 (consultado el 8 de octubre de 2019).

[262] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con residente local, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 3 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 5 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con defensor de derechos humanos, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con víctima, 4 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con líder comunitario, 8 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con político local, 19 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experta en seguridad, 22 de octubre de 2019.

[263] Insight Crime, una organización que investiga el crimen organizado en las Américas, sostiene que el grupo cuenta con entre 1.000 y 4.000 miembros. Insight Crime, “FBL/FPLN”, 17 de julio de 2019, https://es.insightcrime.org/venezuela-crimen-organizado/fbl-fpln/ (consultado el 7 de octubre de 2019).

[264] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019.

[265] Insight Crime, “FBL/FPLN”, 17 de julio de 2019, https://es.insightcrime.org/venezuela-crimen-organizado/fbl-fpln/ (consultado el 7 de octubre de 2019).

[266] Sebastiana Barráez, “Así entrena el chavismo a civiles en el manejo de armas en la frontera entre Venezuela y Colombia”, Infobae, 9 de junio de 2019, https://www.infobae.com/america/venezuela/2019/06/09/asi-entrenan-guerrilleros-chavistas-a-civiles-en-el-manejo-de-armas-en-la-frontera-entre-venezuela-y-colombia/ (consultado el 9 de octubre de 2019); Insight Crime, “Guerrilla pro-gobierno combina intereses políticos y criminales en Venezuela”, 17 de junio de 2019, https://es.insightcrime.org/noticias/analisis/guerrilla-pro-maduro-combina-intereses-politicos-y-criminales-en-venezuela/ (consultado el 9 de octubre de 2019).

[267] “La guerra entre ELN y Farc marcó la violencia en Arauca”, El Espectador, 24 de septiembre de 2019, https://www.elespectador.com/colombia2020/justicia/verdad/la-guerra-entre-eln-y-farc-marco-la-violencia-en-arauca-articulo-882544 (consultado el 9 de octubre de 2019).

[268] Corporación Nuevo Arco Iris, “Arauca: el gran fortín del ELN”, abril de 2012, http://www.arcoiris.com.co/2012/04/arauca-el-gran-fortin-del-eln/ (consultado el 8 de octubre de 2019); Ariel Fernando Ávila y Sofía León, “Frontera Arauca – Apure”, en La frontera caliente entre Colombia y Venezuela, Ed. Ariel Ávila, abril de 2012, (Bogotá: Random House Mandadori), pág. 143; entrevista telefónica de Human Rights Watch con experto en seguridad, 25 de octubre de 2019.

[269] Unidad de Víctimas de Colombia, Registro Único de Víctimas, 1 de septiembre de 2019, https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394 (consultado el 20 de septiembre de 2019); Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia, “Estimados de población 2006 – 2007”, mayo de 2007, https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/poblacion/proyepobla06_20/Estima_municipales_06_07.pdf (consultado el 9 de octubre de 2018), pág. 19.

[270] Unidad de Víctimas de Colombia, Registro Único de Víctimas, 1 de septiembre de 2019, https://www.unidadvictimas.gov.co/es/registro-unico-de-victimas-ruv/37394 (consultado el 20 de septiembre de 2019).

[271] Fundación Ideas para la Paz, “Dinámicas del conflicto armado en Arauca y su impacto humanitario”, junio de 2014, http://cdn.ideaspaz.org/media/website/document/53e2ac3725816.pdf (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[272] Defensoría del Pueblo de Colombia, “Alerta Temprana 081”, 18 de noviembre de 2018 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 8.

[273] “Arauca, asediado por la inseguridad y la disidencia de las Farc”, Verdad Abierta, 12 de junio de 2018, https://verdadabierta.com/arauca-asediado-la-inseguridad-la-disidencia-las-farc/ (consultado el 16 de septiembre de 2019); “El ELN y las disidencias están coordinadas”, La Silla Vacía, 3 de diciembre de 2018, https://lasillavacia.com/el-eln-y-las-disidencias-estan-coordinadas-69119 (consultado el 14 de septiembre de 2019).

[274] Entrevista de Human Rights Watch con funcionaria de derechos humanos, Arauca, 10 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 12 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 15 de agosto de 2019.

[275] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de derechos humanos, Arauca, 13 de agosto de 2019; entrevista de Human Rights Watch con líder comunitario, Arauca, 12 de agosto de 2019.

[276] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigadora, 7 de octubre de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con actor humanitario, Arauca, 16 de agosto de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, 8 de octubre de 2019; Insight Crime, “FBL/FPLN”, 17 de julio de 2019, https://es.insightcrime.org/venezuela-crimen-organizado/fbl-fpln/ (consultado el 7 de octubre de 2019).

[277] Ver, por ejemplo, Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Pacto de San José de Costa Rica”), adoptada el 22 de noviembre de 1969, Serie de Tratados de la OEA N.º 36, 1144 U.N.T.S. 123, ratificada por Colombia el 28 de mayo de 1973, reimpresa en los Documentos Básicos en Materia de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano, OEA/Ser.L.V/II.82 doc.6 rev.1 en 25 (1992); Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado el 16 de diciembre de 1966, Res. A. G. 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (N.º 16) en 52, Doc. de la ONU A/6316 (1966), 999 U.N.T.S. 171, en vigor desde el 10 de febrero de 1972, ratificado por Colombia el 29 de agosto de 1969 y por Venezuela el 10 de mayo de 1978. Venezuela denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 2012. Esta medida entró en vigor el 10 de septiembre de 2013. Ver Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “CIDH manifiesta su profunda preocupación por efecto de la denuncia de la Convención Americana por parte de Venezuela”, 10 de septiembre de 2013, http://www.oas.org/es/cidh/prensa/Comunicados/2013/064.asp (consultado el 13 de octubre de 2019).

[278] Ver, por ejemplo, Comité de Derechos Humanos de la ONU, “Observación General N.º 36 sobre el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, relativo al derecho a la vida”, Doc. de la ONU CCPR/C/GC/36 (2019), párr. 21.

[279] Ver, por ejemplo, Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Godínez Cruz, sentencia del 20 de enero de 1989, Corte I.D.H., Serie C N.º 5, párr. 175; caso Castillo Páez, sentencia del 3 de noviembre de 1997, Corte I.D.H., Serie C N.º 34, párr. 90; caso Blake, sentencia del 24 de enero de 1998, Corte I.D.H., Series C. N.º 36, párrs. 91-95; Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Bulacio, sentencia del 18 de septiembre de 2003, Corte I.D.H., Serie C N.º 5, párrs. 110-121; Comité de Derechos Humanos de la ONU, “Observación General N.º 31, Naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados Partes en el Pacto”, Doc. de la ONU CCPR/C/21/Rev.1/Add.13 (2004).

[280] Ver, por ejemplo, Comité de Derechos Humanos de la ONU, “Observación General N.º 32, artículo 14: El derecho a un juicio imparcial y a la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia”, Doc. de la ONU CCPR/C/GC/32 (2007); Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso La Cantuta, sentencia del 29 de noviembre de 2006, Corte I.D.H., Serie C N.º 162, párr. 110; Corte Interamericana de Derechos Humanos, Masacre la Rochela vs. Colombia, sentencia del 11 de mayo de 2007, Corte I.D.H., Serie C N.º 163, párr. 200; Corte Interamericana de Derechos Humanos, Escue-Zapata vs. Colombia, sentencia del 4 de julio de 2007, Corte I.D.H., Serie C N.º 165, párr. 105; Corte Interamericana de Derechos Humanos, Zambrano Vélez vs. Colombia, sentencia del 4 de julio de 2007, Corte I.D.H., Serie C N.º 166, párr. 66.

[281] Comité Internacional de la Cruz Roja, “Cinco conflictos armados en Colombia ¿qué está pasando?”, 6 de diciembre de 2018, https://www.icrc.org/es/document/cinco-conflictos-armados-en-colombia-que-esta-pasando (consultado el 26 de mayo de 2019). El Ministerio de Defensa de Colombia considera que se trata de un “grupo armado organizado” cubierto por el derecho internacional humanitario. Las fuerzas militares colombianas distinguen entre grupos delictivos organizados (GDO), cubiertos por las normas de derechos humanos, y los grupos armados organizados (GAO), alcanzados por el derecho internacional humanitario. En julio de 2018, el Consejo de Seguridad Nacional determinó que el ELN es un GAO. Ministerio de Defensa, Directiva 15 de 2016, 22 de abril de 2016, https://www.mindefensa.gov.co/irj/go/km/docs/Mindefensa/Documentos/descargas/Prensa/Documentos/dir_15_2016.pdf (consultado el 13 de octubre de 2019); Ministerio de Defensa, Política de Defensa y Seguridad, enero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 23.

[282] Comité de Derechos Humanos de la ONU, “Observación General N.º 31, Naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados Partes en el Pacto”, Doc. de la ONU CCPR/C/21/Rev.1/Add.13 (2004), párr. 11; Corte Internacional de Justicia, Opinión consultiva sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares, 8 de julio de 1996, párr. 25.

[283] El Ministerio de Defensa de Colombia parece considerar que el Frente Décimo Martín Villa constituye un “grupo armado organizado”. Ministerio de Defensa, Política de Defensa y Seguridad, enero de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 23. El 19 de septiembre de 2019, Human Rights Watch envió un pedido de información formal al Ministerio de Defensa, invocando la ley colombiana que regula el acceso a la información, para conocer si el Ministerio de Defensa clasifica al “Frente Décimo Martín Villa” como un “grupo armado organizado”. En su respuesta, el ministerio enumeró los criterios que utiliza para establecer si un grupo armado se considera “grupo armado organizado”, sin aclarar qué determinación había tomado con respecto a este grupo disidente de las FARC en particular. Respuesta a pedido de información N.º 0119007457502 enviado a Human Rights Watch por el Ministerio de Defensa colombiano el 2 de octubre de 2019 (copia en los registros de Human Rights Watch). Sin embargo, la información oficial disponible en línea indica que el grupo se considera un “grupo armado organizado”. Ver, por ejemplo, “Capturamos a presuntos integrantes del ELN y GAOR en el municipio de Saravena”, Policía Nacional de Colombia, 27 de agosto de 2019, https://www.policia.gov.co/noticia/capturados-presuntos-integrantes-del-eln-y-gaor-municipio-saravena (consultado el 13 de octubre de 2019).

La CICR ha determinado en forma pública que otros grupos disidentes de las FARC, específicamente los que pertenecían a los anteriores frentes 1, 7 y 40, son partes del conflicto armado, pero no ha hecho tal determinación con respecto al frente décimo. Comité Internacional de la Cruz Roja, “Cinco conflictos armados en Colombia ¿qué está pasando?”, 6 de diciembre de 2018, https://www.icrc.org/es/document/cinco-conflictos-armados-en-colombia-que-esta-pasando (consultado el 26 de mayo de 2019).

[284] Ver CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 89”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_rul_rule89 (consultado el 6 de enero de 2020); Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 17 de julio de 1998, https://www.icc-cpi.int/resource-library/documents/rs-eng.pdf (consultado el 13 de octubre de 2019), art. 8.

[285] Ver, por ejemplo, CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 158”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_rul_rule158 (consultado el 6 de enero de 2020); Human Rights Watch, Selling Justice Short: Why Accountability Matters for Peace, 7 de julio de 2009, https://www.hrw.org/sites/default/files/reports/ij0709webwcover_1.pdf, págs.10-19.

[286] Ver Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 Relativos a la Protección de Víctimas de Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I), arts. 86 y 87; Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, art. 28.

[287] CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 93”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_rul_rule93 (consultado el 12 de enero de 2020); Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, art. 8 (e)(vi).

[288] Artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949; CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 96”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_cha_chapter32_rule96 (consultado el 6 de enero de 2020). 

[289] Ver, por ejemplo, CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 95”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_rul_rule95 (consultado el 6 de enero de 2020); Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio, 10 de junio de 1930, 39 U.N.T.S. 55 (en vigor desde el 1 de mayo de 1932; ratificado por Colombia el 4 de marzo de 1969, y por Venezuela el 20 de noviembre de 1944); Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 25 de junio de 1957, 320 U.N.T.S. 291, en vigor desde el 17 de enero de 1959, ratificado por Colombia el 7 de junio de 1963 y por Venezuela el 16 de noviembre de 1964); PIDCP, art. 8.

[290] Ver, por ejemplo, CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 136”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_cha_chapter39_rule136 (consultado el 12 de enero de 2020); Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, art. 8(e)(vii).

[291] Protocolo Adicional I, artículo 77(2); Protocolo Adicional II, artículo 4(3)(c); Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, artículo 8(2)(b)(xxvi) y (e)(vii); Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 38(3).

[292] Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, adoptado el 25 de mayo de 2000, Res. A. G. 54/263, anexo I, 54 U.N. GAOR Supp. (N.º 49) en 7, Doc. de la ONU A/54/49, Vol. III (2000), ratificado por Colombia el 25 de mayo de 2005 y por Venezuela el 23 de septiembre de 2003; en vigor desde el 12 de febrero de 2002, art. 4.

[293] Colección de Tratados de las Naciones Unidas, “11. b Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados” https://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=IV-11-b&chapter=4&clang=_en (consultado el 13 de octubre de 2019).

[294] Convenio N.º 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil), adoptado el 19 de noviembre de 2000, ratificado por Colombia el 28 de enero de 2005 y por Venezuela el 26 de octubre de 2005.

[295] CICR, “DIH Consuetudinario, Norma 129”, https://ihl-databases.icrc.org/customary-ihl/spa/docs/v1_rul_rule129 (consultado el 6 de enero de 2020).

[296] Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, 22 de julio de 1998, https://www.refworld.org/docid/3c3da07f7.html (consultado el 13 de octubre de 2019).

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