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Colombia: Corte extiende beneficios a parejas del mismo sexo

Parejas del mismo sexo con derechos a salud y pensiones

La decisión de la Corte Constitucional de abril 17, que otorga a las parejas del mismo sexo igualdad en los beneficios de pensiones, constituye un ejemplo para otros países en la promoción de la igualdad para todos, dijo Human Rights Watch hoy.

Luego de considerar los argumentos presentados por grupos de derechos humanos nacionales e internacionales, Human Rights incluido, la Corte determinó que las parejas del mismo sexo deben ser incluidas en el ámbito de protección de la ley que regula la cobertura familiar en el sistema de pensiones y salud. La Corte reconoció que el no hacerlo constituiría una violación a los principios de no discriminación y de dignidad humana como expresión de la autonomía personal, protegidos por el derecho internacional.

“Ahora, las parejas del mismo sexo en Colombia tienen un ámbito legal más amplio que garantiza su igualdad,” dijo José Miguel Vivanco, director de las Américas en Human Rights Watch. “La Corte Colombiana establece un precedente para la región; otros países deberían seguir su ejemplo.”

La decisión sale un año después de que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitiera su decisión en el caso de un hombre buscando la pensión de su pareja fallecida. En X v Colombia, el Comité concluyó que al negarle la pensión de sobreviviente al demandante sobre la base de su orientación sexual, Colombia violó el derecho a la igualdad y a la no discriminación protegido por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Artículo 26 del PIDCC).

A pesar de la decisión de marzo 30 de 2007, el Estado Colombiano argumentó que no tenía la regulación jurídica que le permitiera reconsiderar el caso y, por lo tanto, no podía otorgarle la pensión de sobreviviente al señor X. La reciente decisión de la Corte Constitucional le otorga a Colombia el marco jurídico requerido.

En agosto 30 de 2007, un grupo de organizaciones Colombianas de derechos humanos y de miembros de la academia demandaron las leyes relevantes (Articulo 1 de la Ley 54 de y los Artículos 47, 74 y 163 de la Ley 100 de 1993 el 30 de Agosto de 2007). Los demandantes solicitaron a la Corte Constitucional extender la protección en salud y pensiones a las parejas del mismo sexo para acatar los principios de dignidad humana, igualdad y no discriminación. Varias organizaciones, incluyendo Human Rights Watch, presentaron escritos apoyando la solicitud de los demandantes.

“La decisión de la Corte elimina cualquier obstáculo legal para otorgarle al señor X los beneficios solicitados y le da la oportunidad al gobierno de sentar un precedente positivo para casos similares en el futuro,” dijo Vivanco. “El fallo recoge principios básicos de derechos humanos que deben ser preservados en cualquier ámbito.”

Antecedentes

El señor X presentó su caso ante las cortes luego de que su pareja de 22 años, con quien convivió durante siete, muriera el 27 de julio de 2003. X, quien dependía económicamente de su pareja, solicitó a la División de Prestaciones Económicas del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República la sustitución pensional en septiembre 16 de 1994. El 19 de abril de 1995 el Fondo negó su petición bajo el argumento que las leyes colombianas no permiten la sustitución pensional entre parejas del mismo sexo. En 2001, el señor X decidió presentar su caso ante el Comité de Derechos Humanos.

El Congreso Colombiano ha discutido más de seis iniciativas legislativas relacionadas con el tema de beneficios para las parejas del mismo sexo en los últimos 10 años. Ninguna de ellas se ha convertido en ley. Todos los avances jurídicos de los últimos 5 años en Colombia se han obtenido a través de decisiones de la Corte Constitucional Colombiana.

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