HUMAN RIGHTS
WATCH Noticias PortuguesFrancaisRussianGerman
EnglishChineseArabicOther Languages

Portada
Informe 2005
Regiones
Países
Argentina
Bolivia
Chile
Colombia
Cuba
El Salvador
España
Estados Unidos
Guatemala
México
Panamá
Perú
Venezuela

Temas Globales
Justicia
Mujeres
Niños
Presos
Refugiados
Trabajadores

Campañas
Fotos
Informes
Sobre HRW
Enlaces
Mapa del Sitio
Buscar


Venezuela
Eventos del 2006
Luego de ganar repetidamente elecciones y referendos y haber sobrevivido a un golpe de estado en 2002, el Presidente Hugo Chávez y sus partidarios han buscado consolidar su poder socavando la independencia del poder judicial y los medios de comunicación, instituciones que son esenciales para promover la protección de los derechos humanos.

Independencia del Poder Judicial  
La Asamblea Nacional de Venezuela le dio un duro golpe a la independencia judicial en diciembre del 2004 al copar de partidarios del gobierno a la Corte Suprema con doce nuevos magistrados. Una mayoría de la coalición gobernante, dominada por partidarios del Presidente Chávez, nombró a los jueces para ocupar las nuevas vacantes creadas por una ley aprobada a principios de ese año, que amplió el número de miembros de 20 a 32. En esa época, el 80% de jueces de cortes menores tenían nombramientos provisionales o temporales y podían ser despedidos sumariamente por la Comisión Judicial de la misma Corte Suprema.  
 
Durante el año 2005 y el 2006 la corte otorgó permanencia en el cargo a cientos de jueces provisionales. Para octubre del 2006 sólo el 20% de los jueces nacionales tenían nombramientos provisionales, conforme a un vocero de la Corte Suprema. Sin embargo, no se requirió a los jueces que obtuvieron permanencia en el cargo durante este periodo, que ganaran concursos públicos como lo señala la Constitución.  
 
Los jueces de la Corte Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, que tienen jurisdicción sobre litigios contra las acciones administrativas del gobierno, continúan siendo temporales. En septiembre del 2005 la comisión judicial despidió a los seis jueces de ambos juzgados junto con sus seis sustitutos, y una vez más los reemplazó con jueces temporales. La explicación oficial fue que habían desaprobado sus tests de rendimiento. La falta de garantías para asegurar que estos importantes jueces puedan tomar decisiones libres de presión gubernamental continúa siendo un problema.  
 
La ley de 2004 de copamiento de la Corte Suprema también dio a la coalición de gobierno en la Asamblea Nacional el poder para remover a los jueces de la Corte Suprema sin el voto mayoritario de dos tercios requeridos según la Constitución. En mayo del 2006, el magistrado Luis Velázquez Alvaray, quien había sido uno de los principales promotores de la mencionada ley como congresista en el año 2004, fue suspendido de la Corte Suprema por haber supuestamente mal administrado la construcción de un complejo judicial. Luego de su designación a la Corte Suprema, Velázquez había presidido la Comisión Judicial encargada de designar y remover a los jueces de las cortes inferiores. Él denunció que había sido puesto en la mira por resistirse a los esfuerzos de la gobierno de Chávez de controlar la selección de los jueces. En junio la Asamblea Nacional destituyó a Velázquez con el voto mayoritario de dos tercios luego que no se presentara a una audiencia para examinir la acusación.  
 
Libertad de expresión  
Una serie de leyes aprobadas desde los finales del 2004 han creado onerosas restricciones sobre los medios de comunicación que plantean una seria amenaza a la libertad de expresión. La Ley de Responsabilidad Social en la Radio y la Televisión establece detalladas regulaciones para el contenido de los programas de radio y televisión. Por ejemplo, las estaciones a las que se considere que “justifican o incitan” disturbios públicos o publiquen mensajes “contrarios a la seguridad nacional” están sujetas a fuertes multas, y se les puede ordenar suspender sus transmisiones durante setenta y dos horas. Si cometen una segunda infracción, se les puede privar de sus licencias de transmisión por hasta cinco años. Los términos más importantes de la ley, como los ya mencionados, son definidos en forma vaga y genérica, invitando a la autoridad a una aplicación políticamente motivada. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) puede dictar “medidas cautelares” prohibiendo la transmisión de lo que a su juicio tenga un contenido ilegal.  
 
La ley de radio y televisión no ha conducido a medidas coercitivas sobre los medios audiovisuales. Sin embargo, en momentos de tensión política, los funcionarios de CONATEL advierten a los directores de los medios de las sanciones que enfrentan por coberturas que violen la ley. Por ejemplo, en abril del 2006 el presidente de Globovisión, el canal de noticias por cable de Venezuela que opera las 24 horas, recibió una carta del director de CONATEL advirtiéndole que la estación podría ser suspendida por setenta y dos horas si recurría a “técnicas amarillistas” al informar sobre protestas callejeras por los crecientes niveles de violencia criminal.  
 
En una ocasión, una corte prohibió un informe sobre una investigación criminal controvertida. En enero del 2006 el fiscal general obtuvo una orden judicial para evitar que los medios de comunicación discutan la credibilidad de un testigo clave para la fiscalía, quien había testificado sobre el asesinato con coche bomba de Danilo Anderson, el fiscal que había estado liderando la investigación del fallido golpe de estado del 2002 contra el Presidente Chávez. El testimonio del testigo implicaba a dos figuras de la oposición en el crimen. El periódico El Nacional había publicado pruebas de que el testigo, quien refería ser un psiquiatra, era un impostor. La prohibición sobre cualquier noticia posterior sobre el testigo continuó vigente hasta agosto, y durante ese tiempo CONATEL realizó una estrecha supervisión de la cobertura del caso en los medios.  
 
En marzo del 2005 entraron en vigencia modificaciones al Código Penal que ampliaron el ámbito de las leyes de desacato de Venezuela, y aumentaron las penalidades por desacato, difamación criminal y calumnia. En Febrero del 2006, el periodista televisivo y conocido crítico de Chávez, José Ovidio Rodríguez Cuesta (conocido en Venezuela como Napoleón Bravo), fue procesado penalmente conforme a la disposición de desacato del Código Penal por insultar a la Corte Suprema. Bravo había criticado públicamente la presunta ineficacia de la corte y sugirió que debía ser reemplazada por un burdel. Un juez rechazó los cargos, pero una corte de apelaciones de Caracas modificó lo dispuesto por el juez y el caso permanecía abierto al redactar este informe.  
 
Asesinatos policiales  
Se ha informado de miles de ejecuciones extrajudiciales por parte de oficiales de policía durante los últimos años, aunque el problema se remonta a fechas previas a la actual administración. En agosto del 2006, 24 soldados y policías fueron sentenciados a penas de hasta 30 años de prisión por el asesinato de tres estudiantes universitarios en junio del 2005. Los agentes dispararon contra el auto de los estudiantes y luego ejecutaron sumariamente a dos de los ocupantes cuando el auto se detuvo. Sin embargo, procesos judiciales adecuados y oportunos en casos de abusos de la policía y el ejército son excepcionales. En abril del 2006 el Fiscal General Isaías Rodríguez informó que 6,110 oficiales estaban implicados en presuntos asesinatos entre el año 2000 y el 2005, aunque sólo 760 habían sido acusados, y solamente 113 fueron condenados.  
 
La violencia política en las áreas rurales  
Las medidas de reforma agraria introducidas por la administración de Chávez han causado una ola de violencia contra los líderes campesinos y beneficiarios de la reforma. Según un informe del Defensor del Pueblo, en mayo del 2006, 54 campesinos fueron asesinados y 21 fueron heridos entre 1999 y el 2006 debido a sus actividades en defensa de los reclamos de tierras, particularmente luego que entró en vigencia la Ley de Tierras y Desarrollo Agrícola, en el año 2001. Según el defensor, asesinos a sueldo contratados por los terratenientes parecen haber sido responsables de la mayoría de los asesinatos. La organización no gubernamental de derechos humanos PROVEA (Programa de educación y acción en derechos humanos) llego a conclusiones similares, aunque también subrayó que unidades militares y policiales fueron responsables por algunos de estos abusos.  
 
Los secuestros y asesinatos por dinero son comunes en los estados de Zulia, Táchira y Apure, en donde existen frecuentes incursiones fronterizas de las guerrillas y los paramilitares colombianos. La impunidad por estos delitos ha sido hasta hoy la norma. Según el informe del Defensor del Pueblo, el 72% de las investigaciones conducidas por fiscales no han avanzado más allá de la etapa preliminar. Sin embargo, en octubre del 2006 el Fiscal General anunció que 56 personas habían sido acusadas por asesinatos de campesinos.  
 
Condiciones penitenciarias  
Las condiciones en las prisiones de Venezuela son notablemente abusivas. El hacinamiento es crónico y las pandillas armadas mantienen un control efectivo dentro de las paredes del penal. Los motines carcelarios y la violencia entre internos se llevan cientos de vidas cada año. El Observatorio Venezolano de Prisiones, un grupo con sede en Caracas, informó que 194 presos fueron asesinados y 407 resultaron heridos en incidentes violentos durante los primeros seis meses de 2006.  
 
Defensores de los derechos humanos  
En junio del 2006 la Asamblea Nacional comenzó a evaluar una legislación sobre una “Ley de Cooperación Internacional,” que busca regular las actividades de ONGs tanto nacionales como internacionales en Venezuela. Si es promulgada, la ley obligaría a dichas organizaciones a registrarse a fin de poder recibir fondos del exterior. El proyecto de ley permite al Presidente determinar mediante decreto los requisitos para la inscripción. Si las restricciones son onerosas podrían obstruir seriamente las actividades no gubernamentales en el país. Para octubre del 2006, el proyecto seguía bajo revisión de una comisión legislativa.  
 
Importantes actores internacionales  
Venezuela se abstuvo en la votación de la Asamblea General de las Naciones Unidas de la resolución que dispuso la creación del nuevo Consejo de Derechos Humanos (HRC) en marzo del 2006. Al mismo tiempo de la votación, el embajador venezolano ante las Naciones Unidas expresó “reservas” en 10 de los 14 párrafos operativos de la resolución que establece el consejo. El embajador aseguró que Venezuela no estaría obligada por los términos de la resolución que establecen las funciones más esenciales del Consejo, tales como “promover el respeto universal para la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos” y “abordar situaciones de violación de derechos humanos, incluyendo violaciones gruesas y sistemáticas , y hacer recomendaciones al respecto.” Venezuela posteriormente buscó obtener un lugar en el Consejo de Derechos Humanos pero no pudo obtener los votos necesarios.  
 
Venezuela ha dilatado la autorización para permitir la visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, institución que visito el país por ultima vez el 2002. En el 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas provisionales para proteger las vidas e integridad física de los prisioneros mantenidos en las cárceles de Yare y La Pica, en donde decenas de presos han muerto como resultado de la violencia en años recientes.  

VERSIÓN SÓLO TEXTO
MÁS INFORMACIÓN SOBRE LOS DD.HH. EN VENEZUELA
BAJAR PDF
INFORME ANUAL 2007
SUSCRIBIRSE A NUESTRA LISTA DE NOTICIAS
TAMBIÉN DISPONIBLE EN englishwr2k7 
REGRESAR

HRW Logo

Portada | Sobre HRW | Regiones | Campañas | Informes | Fotos | Enlaces | Mapa del Sitio | Búsqueda

© Copyright 2006, Human Rights Watch    350 Fifth Avenue, 34th Floor    New York, NY 10118-3299    Estados Unidos