Colombia


Guerra sin cuartel
Colombia y el derecho internacional humanitario




(New York: Human Rights Watch, 1998)

VI. CAMPANITAS Y ABEJITAS: EL RECLUTAMIENTO FORZADO DE NIÑOS

Con la pólvora, uno se mantiene enérgico, como con ganas de que le pasa la tropa por el frente, para matarla. Uno dice: ojalá que salga por este lado, va y destapa un cartucho y se siente más capacitado, con más moral.

—Niño guerrillero colombiano

Los guerrilleros llaman a los niños combatientes “abejitas,” capaces de picar antes de que sus enemigos se den cuenta que están siendo atacados.127 Los paramilitares los llaman “campanitas,” haciendo referencia a su empleo como sistema de alarma.128 Tanto guerrillas como paramilitares y las fuerzas de seguridad reclutan habitualmente a niños para el combate.

El artículo 4(3)(c) del Protocolo II prohíbe a los combatientes reclutar niños menores de 15 años o permitirles que participen en las hostilidades. Además de la legislación nacional que protege los derechos del niño, Colombia ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño que establece los 15 años como la edad mínima para el reclutamiento.

 

  La Policía recluta a niños de hasta siete años como “pequeños patrulleros."

Human Rights Watch apoya la adopción de un protocolo facultativo a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño con el fin de aumentar hasta los 18 años la edad mínima para el reclutamiento y la participación en las hostilidades. Las personas menores de 18 años no han alcanzado la madurez física y psicológica, y no están preparados para enfrentarse a las duras condiciones de la guerra. A muchos de los menores que han participado voluntariamente o han sido forzados a prestar sus servicios, la experiencia acaba dejándoles cicatrices físicas y psicológicas que no les permiten vivir o contribuir en una sociedad en paz.

La Convención sobre los Derechos del Niño define al niño como cualquier ser humano menor de 18 años, a no ser que en virtud de la legislación aplicable al menor, la mayoría de edad se alcance antes. Además, la edad mínima para votar en la gran mayoría de los países del mundo es 18 años. El establecimiento de la edad

mínima de reclutamiento en los 18 años sería coherente con las normas internacionales vigentes y ofrecería mayor protección a los niños en situaciones de riesgo especialmente graves.

Human Rights Watch también constata el consenso cada vez mayor entre los organismos independientes, no gubernamentales e intergubernamentales para el establecimiento de los 18 años como la edad mínima para la participación en las hostilidades. Una muestra de ello son las recomendaciones de Graça Machel, experta de la Secretaría General de las Naciones Unidas en el impacto de los conflictos armados en los niños, dentro de su informe de 1996, la posición adoptada por la XXVI Conferencia Internacional de Cruz Roja y de la Media Luna Roja, y las posiciones adoptadas por organismos tales como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

Human Rights Watch considera que la prohibición de la participación de niños en las hostilidades no debe limitarse a la participación “directa”, sino que debe incluir la participación de menores en tareas de apoyo, dado que los niños que prestan estos servicios suelen participar directamente en las hostilidades posteriormente. Esto es especialmente cierto en el caso colombiano. Cabe señalar que el Protocolo II no limita sus restricciones a la participación “directa,” sino que exige a los combatientes que se abstengan de permitir que los niños participen de ninguna manera en las hostilidades.

Una vez involucrados en el conflicto, las personas menores de 18 años pueden verse fácilmente arrastradas a la participación directa. En situaciones de combate, es posible que los comandantes de campo tengan la tentación de emplear todos los recursos a su alcance, incluidos los menores. Por ese personal militar, los menores de 18 años pueden ser considerados combatientes y ser objeto de ataques, aunque no se encuentren en situaciones de combate.

Guerrilleros

La UC-ELN deja en libertad a varios niños que habían detenido porque creyeron que habían ayudado al Ejército y los paramilitares a llevar a cabo un ataque en la vereda de Media Luna, documentado en este informe. © Rafael Guerrero/El Tiempo.  
Según un informe de 1996 de la Defensoría del Pueblo de Colombia, en algunas unidades de la guerrilla más del 30 por ciento son niños.129 El número de niños en las milicias, consideradas un medio de entrenamiento para los futuros combatientes, puede ser mucho mayor. En una entrevista con Human Rights Watch, un especialista que trabaja con una agencia gubernamental para el bienestardel niño en Medellín, Antioquia, estimaba que el 85 por ciento de los milicianos de la guerrilla con los que trabaja eran menores.130

Se considera que la UC-ELN es el grupo con más niños en sus filas en relación con su contingente total. Human Rights Watch recibió numerosos testimonios sobre niños combatientes de personas familiarizadas con la UC-ELN. Una de ellas nos dijo que es habitual ver una unidad con 15 mandos adultos dirigiendo hasta 65 niños soldados.131

Las FARC y el EPL también cuentan con niños en sus filas. Aunque la edad oficial de reclutamiento en las FARC es 15 años, como señaló un portavoz del grupo en una entrevista, existen excepciones:

Hay áreas donde los niños piden insistentemente entrada a la guerrilla, pero también hay situaciones en donde las mismas madres llevan a sus hijos a la guerrilla desesperadas porque hay una situación de miseria en la población... Es muy difícil contenerlos.132

 

  Se considera que la UC-ELN es el grupo con más niños en sus filas en relación con su contingente total.

Con un estilo similar, el EPL niega que recluta a niños menores de 16 años. Sin embargo, el líder Francisco Caraballo señaló que aceptan niños en sus filas si son familiares de militantes. Caraballo nos dijo que no se permite que estos niños participen en acciones militares. No obstante, es posible que sus ocupaciones sean igualmente peligrosas. En un caso de abril de 1996, la Policía informó que había capturado a una muchacha de 15 años que presuntamente se dedicaba a recaudar el dinero extorsionado por el EPL a los comerciantes de Anserma, Caldas.133

A pesar de estos desmentidos y salvedades, Human Rights Watch ha recibido abundante información que indica que los tres grupos guerrilleros siguen reclutando niños y los emplean como combatientes. Por ejemplo, las FARC han llevado incluso a cabo campañas de reclutamiento en escuelas de educación básica y en hogares de niños, y han prometido enviar un sueldo fijo a sus familias. Según la Defensoría en Cali, Valle del Cauca, “la guerrilla se ha presentado en las escuelas y viviendas de menores de edad ofreciéndoles a los niños ir a la guerra, empleando para tal efecto la descripción de historias sobre los combates y ofreciéndoles enrolarse en sus filas, a manera de aventura. A sus familiares, como en los casos adelante mencionados, les han ofrecido dinero y ventajas de seguridad a cambio de permitir el ingreso de sus hijos a la guerrilla.”134

Mientras que es posible que algunos niños decidan voluntariamente unirse a la guerrilla, otros son reclutados por la fuerza. Consideramos que el reclutamiento forzado es una violación adicional del derecho internacional humanitario, dado que depende de las amenazas de combatientes contra civiles, prohibidas claramente en el artículo 4 (2) (h) del Protocolo II. Según el informe de la Defensoría del Pueblo, el 14 por ciento de los niños guerrilleros que entrevistaron para el estudio dijeron que habían sido reclutados por la fuerza.135

En regiones dominadas por las FARC, como el departamento de Guaviare, hemos recibidos informes creíbles que indican que los guerrilleros reclutan por la fuerza a niños de hasta 12 años de edad. Con frecuencia, las familias no denuncian el reclutamiento forzado de niños, por temor a las represalias.136

Otros niños nacen prácticamente dentro de movimientos guerrilleros debido a que sus padres son militantes. Algunos de ellos, después de crecer junto a otras personas, son obligados a unirse a las unidades de sus padres. Una muchacha de 14 años dijo a la Defensoría Pública que se había unido a la guerrilla con 12 años y que su madre le había llevado con el grupo. Una vez alistada, leobligaron a cocinar y llevar una escopeta. Cuando se negó a trabajar, la encarcelaron pero logró escapar.137

Sin embargo, independientemente de cómo hayan llegado los niños a la guerrilla, los mandos tienen la obligación de evitar que no participen en el combate. Está claro que la guerrilla considera un elemento valioso a los niños. “Los muchachos son más intrépidos, tienen más valor para la guerra,” dijo a los investigadores de la Defensoría del Pueblo un comandante de la guerrilla. “Y aunque casi no se les da ningún tipo de responsabilidad, lo que se les encomienda lo hacen mucho mejor.”138

Con frecuencia, se les encomienda a los niños la tarea de reunir información de inteligencia, construir e instalar minas y servir de fuerza de choque avanzada para emboscar a paramilitares, soldados o agentes de Policía de servicio en el puesto durante las patrullas. Un niño guerrillero dijo a la Defensoría del Pueblo que para controlar el miedo él y otros niños bebían leche mezclada con pólvora. “Con la pólvora, uno se mantiene enérgico, como con ganas de que le pasa la tropa por el frente, para matarla. Uno dice: ojalá que salga por este lado, va y destapa un cartucho y se siente más capacitado, con más moral.”139

 

  Los niños van totalmente armados en el cumplimiento de estas tareas.

Los niños van totalmente armados en el cumplimiento de estas tareas. Una ex guerrillera, reclutada a los 13 años, dijo a los investigadores de la Defensoría del Pueblo que había utilizado pistolas, AK-47, Galil, M-16, R-15, subametralladoras Uzi, Ingram y un Magnum 357. “En la organización, se tiene entendido que la vida de uno es el arma, es la mamá de uno, es la que ve por uno día y noche.”140

Las FARC utilizan a los niños para secuestrar y vigilar a rehenes. Una ex rehén de las FARC nos dijo que, durante el secuestro en manos del 361 Frente de las FARC, había sido vigilada por una muchacha de 15 años. Informó que muchos de los guerrilleros que había visto durante los tres meses de secuestro eran niños.141

Los niños combatientes que logran escapar son considerados desertores y pueden ser sometidos a una ejecución inmediata. Si los guerrilleros creen que el menor ha suministrado información a las fuerzas de seguridad colombianas, se le castiga con la muerte. La madre de una muchacha, que escapó, intentó que su antiguo comandante le firmara un “acta e libertad” para distribuirla entre las unidades de la región, con el fin de garantizar que no matarían a su hija.142

Hasta los niños que han sido capturados por las autoridades, condenados y albergados en centros de detención de menores corren el riesgo de ser asesinados. La Defensoría del Pueblo concluyó que, entre 1994 y 1996, el 13 por ciento de los niños condenados por pertenecer a grupos guerrilleros y encarcelados fueron asesinados durante la detención, al parecer por otros niños guerrilleros dentro delos mismos centros. Un funcionario del gobierno dijo a los investigadores que prefería dejar “escapar” a estos niños detenidos para darles más posibilidades de protegerse. “Es mejor saber que ese niño o niña está vivo en algún lugar, que saber que por una medida nuestra fue asesinado.”143

En enero de 1998, la UC-ELN organizó la liberación pública de cinco niños que, según el grupo, habían suministrado información al Ejército utilizada para montar el ataque conjunto militar-paramilitares a Media Luna, Cesar, mencionado en este informe. Durante las negociaciones, la UC-ELN publicó una declaración en la que manifestaba su “interés” en la “desvinculación de los menores de la guerra” y añadía que la prohibición de su participación en el futuro sería una iniciativa importante para un posible acuerdo humanitario entre el gobierno de Colombia y los insurgentes.144

Como ya hemos señalado varias veces en este informe, no es necesario ningún acuerdo para que el derecho internacional humanitario se aplique a cualquiera de las partes; su aplicación es automática y tiene como fin proteger a la población civil, no servir a los intereses políticos de las partes en conflicto.

Fuerzas de seguridad

Como hemos señalado anteriormente, Colombia ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1991. En ese momento, Colombia presentó un comentario en relación con el artículo 38 y decidió voluntariamente aceptar que 18 años era la edad para definir la situación militar de los muchachos, ya fuera declarando su incapacidad para servir los 12 a 24 meses obligatorios o incorporándose al servicio militar.

Sin embargo, la Ley 48, aprobada dos años después, exigía a todos los varones colombianos que hubieran cumplido los 18 años o terminado el bachillerato que definieran su situación militar, invalidando en la práctica el compromiso internacional adquirido por Colombia. Los muchachos que finalizaban los estudios antes de cumplir 18 años tenían que declarar los motivos de su ineligibilidad para el servicio militar o presentarse para la conscripción en elservicio activo. De hecho, se incitaba abiertamente a los muchachos a que cumplieran el servicio militar dado que el período obligatorio para los menores de 18 años era hasta 12 meses menos que el de los varones adultos.145

Después de que la Defensoría del Pueblo llamara la atención sobre esta contradicción, en lugar de cumplir su compromiso internacional, Colombia retiró su comentario y siguió reclutando niños, con la intención aparente de elevar el número de varones disponibles para el servicio militar. Sin embargo, tras las protestas generalizadas de padres de niños soldados, el Congreso aprobó la Ley 418 en 1997 por la que los muchachos no tenían la obligación de cumplir el servicio militar hasta que cumplieran 18 años.

No obstante, los muchachos menores de 18 años que decidan cumplir el servicio pueden hacerlo con el permiso de sus padres. La Ley 418 y una decisión de la Corte Constitucional de 1997 prohíben que los reclutas menores de 18 años sirvan en un escenario de guerra o en combate.146 Sin embargo, este es un argumento engañoso debido a que la gran parte de Colombia puede ser considerada como un potencial escenario de guerra y los menores son usualmente destinados a bases ubicadas en áreas donde hay combates. Cuando un investigador de la Defensoría del Pueblo visitó una base militar en Arauca en 1997, por ejemplo, reportó que los soldados estuvieron desactivando una bomba con dos soldados menores cerca.147

Según las fuerzas armadas, en la actualidad, 7.685 niños sirven en la Policía Nacional, 7.551 en el Ejército Nacional, 338 en la Fuerza Aérea y 83 en las Armada, lo que supone un total de 15.657. De ellos, el 22 por ciento, 3.445 niños, tienen 15 o 16 años.148

Además, tanto el Ejército como la Policía han reclutado a niños para labores de promoción cívica, pero les han destacado en zonas de guerrauniformados, lo que los pone en grave peligro de ataque. La Policía recluta a niños de hasta siete años como “pequeños patrulleros” para participar en actividades relacionadas con la Policía. Aunque los cerca de 14.000 Policías Cívicos y 15.000 Policías Bachilleres están desarmados y se dedican sobre todo a dirigir el tráfico u otras actividades de seguridad pública, están uniformados, operan en zonas de guerra y están expuestos a los ataques.149

El 13 de junio de 1998, la UC-ELN secuestró a 15 mujeres, entre ellas cinco niñas, pertenecientes al programa “Chicas de Acero” administrado por la Brigada XIV en Segovia, Antioquia. Según las informaciones aparecidas en prensa, las Chicas de Acero se dedicaban a labores de alfabetización, promoción de la salud y organización de eventos recreativos. Sin embargo, los guerrilleros las acusaban de estar armadas y uniformadas, y de realizar labores de inteligencia para los soldados.150

Claramente, el Ejército tiene la facultad de organizar programas de promoción cívica; sin embargo, al destacar a niños en una zona de guerra altamente conflictiva, los exponen innecesariamente al peligro y desdibujan la línea que distingue a los civiles de los combatientes.

Los niños también sirven en las fuerzas de seguridad al cambiar de bando, de la guerrilla a las filas del Ejército. Según la Defensoría del Pueblo, el Ejército ha capturado o aceptado la entrega de niños sospechosos de pertenecer a la guerrilla, a los que ha empleado posteriormente como guías e informantes. Esta práctica viola los derechos de los niños por varias razones. Los niños enfrentan serias represalias de sus antiguos camaradas por el hecho de trabajar como informantes. También, están coaccionados o amenazados por el Ejercito, una forma del reclutamiento forzado. Con frecuencia, los oficiales de las fuerzas de seguridad, en especial del Ejército, se dedican simplemente a no entregar a los niños a las autoridades judiciales competentes y los mantienen en los cuarteles militares. La Defensoría del Pueblo entrevistó a niños que habían sido obligados a patrullar conlas tropas, participar en el combate, reunir información de inteligencia y desactivar minas.151

En 1997, CREDHOS informó que un muchacho de 14 años y otro de 16, detenidos por soldados del Batallón Los Guanes el 5 de mayo, habían sido obligados a ponerse el uniforme, encapucharse y ejercer de informantes durante registros de casas. Los dos fueron entregados posteriormente a las autoridades competentes.152

Otros niños guerrilleros permanecen en cuarteles militares en virtud de la Ley 81, que permite al Ejército mantener a personas condenadas de terrorismo recluidas en cuarteles si ejercen de informantes y guías. Durante la misión de 1996 de Human Rights Watch a Colombia, nos presentaron a cuatro niños que vivían en la base de la Batallón Nueva Granada.153 Esto es ilegal, dado que los niños inimputables en Colombia y por lo tanto no pueden ser enjuiciados ni encarcelados. Al contrario, a partir de los 12 años, los niños deben ponerse a disposición de un juez de menores, que decide entregarlos a la familia o exigir que sean albergados durante un período de tiempo en un centro para menores del gobierno. De los niños más pequeños se ocupa el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), dependiente del gobierno.154

El Ejército también a obligado a ex guerrilleros menores de edad a aparecer ante la prensa y recitar un testimonio preparada para desacreditar a la guerrilla. En el informe de la Defensoría del Pueblo, una niña de 15 años que se había entregado a los soldados dijo a los investigadores que era necesario colaborar para que la pusieran finalmente en libertad. “Al otro día me presentaron a la prensa, me dijeron que tenía que decir cosas malucas, que me habían obligado a irme, que los mandos me obligaban a acostarme con ellos... nada de eso es cierto, pero ellos me dijeron que si no decía eso, me llevarían los demonios.” En el informe seseñalaba que, en este caso, el Ejército obligó además a la muchacha a hablar con los periodistas contra su voluntad, que le tomaron fotos y publicaron su nombre, poniéndola gravemente en peligro.155

Paramilitares

 

  Se han visto niños de hasta ocho años patrullando con unidades paramilitares en la región del Magdalena Medio.

Según el informe de la Defensoría del Pueblo, algunas unidades paramilitares cuentan hasta con un 50 por ciento de niños. Un ex paramilitar menor de edad entrevistado por la Defensoría del Pueblo dijo que le habían reclutado por la fuerza cuando tenía 9 años. Durante el período de servicio, no tuvo comunicación con sus padres. “Allá había más niños como yo, unos 11, de mi misma edad. Otros cinco tenían entre 10 y 15 años. Todos estábamos por dos años.”156

Se han visto niños de hasta ocho años patrullando con unidades paramilitares en la región del Magdalena Medio. Los residentes de esa región dijeron a los investigadores de la Defensoría del Pueblo que los paramilitares consideran el servicio obligatorio, y que éste puede durar hasta dos años. Las familias que se niegan a colaborar se arriesgan a ser consideradas simpatizantes de la guerrilla y atacadas.157

“Si no entregan a sus hijos para el servicio, tienen que salir del área o arriesgarse a morir,” dijo a Human Rights Watch un trabajador social de la región del Chucurí.158

Otros niños están utilizados como fuerzas en reserva, para hacer espionaje, y para patrullar sus regiones de origen. Niñas enfrentan riesgos especiales según la Defensoría del Pueblo, cuyos investigadores se entrevistaron con niñas que decían que había un alto nivel de abuso sexual por parte de los paramilitares adultos.159

A pesar de las pruebas abundantes que demuestran lo contrario, los paramilitares organizados dentro de las AUC han desmentido el reclutamiento de niños.160


CAPÍTULO VII

127 Entrevista de Human Rights Watch con especialista del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Medellín, Antioquia, 9 de diciembre de 1997.

128 Mientras que los tres grupos guerrilleros admitieron en las entrevistas que hay niños en sus filas, las ACCU desmintieron claramente que reclutan niños. Carta a Human Rights Watch de las ACCU, 27 de julio de 1997.

129 Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” Boletín No. 2, Santafé de Bogotá, mayo de 1996.

130 Entrevista de Human Rights Watch con especialista del ICBF, Medellín, Antioquia, 9 de diciembre de 1997.

131 Entrevista de Human Rights Watch con trabajador de ayuda humanitaria, diciembre de 1997.

132 Dick Emanuelson, “Entrevista con Olga, comandante guerrillera de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC-EP),” Rebelión, 14 de octubre de 1996.

133 Es importante señalar que aunque un niño intente unirse a la guerrilla, el grupo tiene la obligación de evitar que el menor participe en las hostilidades de conformidad con el artículo 4 (3) del Protocolo II. Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Caraballo, prisión de Itagüí, Antioquia, 3 de julio de 1996; y “Menor del EPL,” La Patria,19 de abril de 1996.

134 Comunicado interno de la Defensoría de Cali, 8 de mayo de 1996, citado en Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” Boletín No. 2, Santafé de Bogotá, p.8.

135 Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” Boletín No. 2, Santafé de Bogotá, mayo de 1996.

136 Entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno, San José de Guaviare, Guaviare, 5 de mayo de 1997.

137 Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” p. 11.

138 Ibid.

139 Ibid., p. 27.

140 Ibid., p. 30.

141 Entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con ex rehén, 8 de noviembre de 1996 y 5 de enero de 1997.

142 Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” pp. 12-13.

143 Ibid., p. 13.

144 Las ACCU desmintieron la afirmación de que habían reclutado a estos niños. Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Medellín, Antioquia, 8 de diciembre de 1997; Paul Bolaño Saurith, “Dramática liberación de los cinco menores de edad,” El Tiempo, 31 de enero de 1998; “Menores liberados por el ELN no tienen relación con las ACU,” El Tiempo, 6 de febrero de 1998; y “Liberación de menores es un caso puntual, dice el Eln,” El Tiempo, 19 de noviembre de 1997.

145 El artículo 13 de la Ley 48 establece un servicio obligatorio de 18 a 24 meses para los reclutas normales; un período de 12 meses para los menores; un período de 12 meses para los policías cívicos menores de edad; y un período de 12 a 18 meses para los soldados procedentes de familias campesinas.

146 Artículos 13, 14 y 15 de la Ley 418; y SU-200/97, 17 de abril de 1997.

147 Defensoría del Pueblo, “Niñas, niños, y jóvenes en el conflicto armado,” junio de 1998.

148 “Menores de edad incorporados al servicio militar como menores bachilleres,” Fuerzas Armadas de Colombia, 8 de mayo de 1998.

149 Entrevista de Human Rights Watch con el Coronel Julio Moreno Llanos, Oficina de Derechos Humanos de la Policía Nacional, Santafé de Bogotá, 8 de mayo de 1997; y Policía Nacional, 1995: un año de realizaciones (Santafé de Bogotá: Policía Nacional, 1995), pp. 32-33, 79.

150 Las 15 secuestradas fueron liberadas ilesas el 3 de julio de 1998. Serge Kovaleski, “Young Women Held Hostage in Colombia, Rebel Action Touches a Nerve in Weary Situation,” Washington Post, 11 de julio de 1998.

151 Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” p. 14.

152 Acción Urgente, CREDHOS, 7 de mayo de 1997.

153 Entrevistas de Human Rights Watch con ex guerrilleros menores de edad, Barrancabermeja, Santander, 28 de junio de 1996.

154 Hemos documentado la falta de tratamiento y cuidados adecuados para los niños en los centros para menores del gobierno en Human Rights Watch, Generación bajo el fuego: niños y violencia política en Colombia (Nueva York: Human Rights Watch, 1994), pp. 50-57.

155 Defensoría del Pueblo, “El Conflicto Armado en Colombia y los menores de edad,” p. 14.

156 Ibid., p. 16.

157 Ibid., pp. 15-16.

158 Entrevista de Human Rights Watch con trabajador social, Barrancabermeja, Santander, 8 de abril de 1995.

159 Defensoría del Pueblo, “Niñas, niños, y jóvenes en el conflicto armado,” junio de 1998.

160 “‘Paras’ dicen no a menores en el conflicto,” El Tiempo, 24 de noviembre de 1997.


CAPÍTULO VII
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