Promesas Rotas:
Evaluación de los derechos del niño con motivo del décimo aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño


(New York: Human Rights Watch, 1999)

INTRODUCCIÓN

Todos los países reconocidos en el mundo, a excepción de Estados Unidos y el colapsado estado de Somalia, han ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, garantizando el mantenimiento de la protección de los niños. Hoy día, la Convención se destaca como el tratado vigente más ratificado. Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, las promesas de este histórico documento incluyen los derechos del niño a la vida; a no ser discriminado; a ser protegido en los conflictos armados; a ser protegido de torturas, castigos o tratamientos inhumanos o degradantes; a no ser privados arbitrariamente de la libertad; a un tratamiento especial en el sistema de justicia; y los derechos a la educación, atención sanitaria y adecuado nivel de vida, así como a la falta de explotación económica y otros abusos.

Sin embargo, para un sinnúmero de niños en todo el mundo, estas promesas han sido rotas. Los conflictos armados que hacen estragos en todas partes han producido terribles abusos a los derechos del niño. Cientos de miles de niños han sido forzados a servir como soldados. Millones se han convertido en refugiados, desplazados de sus hogares y, a menudo, separados de sus familias; con un futuro y seguridad inciertos.

 
  Sitio Web Relacionado

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (contiene los tratados relevantes)

Los niños que viven fuera de las zonas de guerra pueden ser también objeto de violencia habitual. Los niños de la calle de todos los continentes sufren hostigamientos y abuso físico por parte de la policía. Incluso las escuelas, que tienen el propósito de promover el desarrollo sano de los niños, pueden ser lugar de abuso contra los niños. En algunos países, el uso del castigo físico por parte de los maestros ha causado lesiones e incluso la muerte. En otros, los alumnos homosexuales o lesbianas sufren acoso y violencia por parte de sus compañeros, mientras las autoridades escolares se abstienen de intervenir.

Millones de niños no tienen acceso a la educación, trabajan largas horas en condiciones peligrosas, o languidecen en orfanatos o centros de detención, donde soportan condiciones inhumanas y ataques diarios contra su dignidad, vulnerándose así los derechos que les garantiza la convención.

La década transcurrida desde la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño ha estado marcada por algunos avances significativos en beneficio de los niños. Muchos países se han basado en la convención para revisar su legislación nacional y mejorar la protección de los niños, o han designado representantes o procuradores especiales para la infancia. Mientras el Comité sobre los Derechos del Niño, el organismo que custodia el cumplimiento de la convención por los Estados Partes, evaluaba los informes de los países bajo dicha convención, ha desarrollado nuevos estándares de protección y ha presionado a los gobiernos para que realicen reformas específicas.

Un informe de las Naciones Unidas de 1996 sobre el impacto de los conflictos armados sobre los niños despertó la preocupación internacional sobre las difíciles condiciones de los niños en la guerra, impulsando una serie de iniciativas para terminar con el uso de los niños como soldados, y otros abusos propios de los tiempos de guerra. El número de niños muertos cada año por minas antipersonales ha disminuido con los primeros esfuerzos masivos para terminar con el uso de este arma y la adopción del Tratado sobre la Prohibición de las Minas de 1997. La adopción del estatuto de la Corte Penal Internacional alienta la esperanza de terminar con la impunidad de aquellos que reclutan niños menores de 15 años en conflictos armados y tienen como objetivo de sus ataques las escuelas.

Sin embargo, las siguientes páginas ilustran en que preocupante medida la comunidad internacional ha fallado a los niños. Los temas seleccionados en el presente documento no son exhaustivos, pero son una muestra de los asuntos en los que se han concentrado las investigaciones y las campañas de Human Rights Watch durante el último lustro.

El décimo aniversario de la Convención Sobre los Derechos del Niño supone un importante punto de referencia. Los derechos del niño se reconocen ahora más que nunca. Pero también plantea el reto de que los gobiernos y la sociedad civil adopten medidas más enérgicas para aplicar sus disposiciones, fortalecer las protecciones y cumplir las promesas hechas a los niños del mundo.

EL USO DE NIÑOS COMO SOLDADOS

He visto como le cortaban las manos a la gente, violaban a una niña de diez años que luego moría, y muchos hombres y mujeres quemados vivos . . . He llorado muchas veces dentro mi corazón porque no me atrevía a llorar en voz alta.

— Niña de 14 años, secuestrada en enero de 1999 por el Frente Unido Revolucionario, un grupo rebelde de Sierra Leona.

En docenas de países en todo el mundo, los niños se han convertido en participantes directos en la guerra. Unos 300.000 niños están sirviendo como soldados en conflictos armados actuales; se les ha negado la infancia y con frecuencia son víctimas de la horrible violencia. Estos jóvenes combatientes participan en todos los aspectos de la guerra moderna. Empuñan AK-47 y M-16 en el frente, sirven como detectores humanos de minas, participan en misiones suicidas, llevan suministros y actúan como espías, mensajeros o centinelas.

Físicamente vulnerables y fácilmente intimidados, los niños son habitualmente soldados obedientes. Muchos son secuestrados o reclutados a la fuerza y a menudo obligados a acatar órdenes bajo amenaza de muerte. Otros se unen a los grupos armados por simple desesperación. Con la debacle de la sociedad durante el conflicto, los niños se quedan sin acceso a las escuelas, fuera de sus hogares o separados de sus familias, y muchos de ellos consideran que los grupos armados son su mejor posibilidad de supervivencia. Otros buscan escapar de la pobreza o se unen a las fuerzas militares para vengar la muerte de familiares.

Se están utilizando niños soldados en más de 30 países de todo el mundo. Human Rights Watch ha entrevistado a niños soldados de países como Angola, Colombia, Líbano, Liberia, Sierra Leona, Sudán y Uganda. En Sierra Leona, miles de niños secuestrados por las fuerzas rebeldes fueron testigo y participaron en horribles atrocidades contra civiles, entre ellas decapitaciones, amputaciones, violaciones y quema de personas vivas. Los niños forzados a tomar parte en estas atrocidades eran con frecuencia drogados para que pudieran superar sus miedos o su reticencia a luchar.

En Colombia, decenas de miles de niños han sido utilizados como soldados por todas las partes del sangriento conflicto que actualmente asola al país. Las milicias paramilitares apoyadas por el gobierno reclutan a niños hasta de ocho años, mientras que las fuerzas guerrilleras utilizan a los niños para recoger información, fabricar y colocar minas y servir como tropas de avanzadilla en emboscadas.

 
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Coalición para Detener el Uso de Niños Soldados

Informe de Graça Machel, Experta de la Secretaría General de las Naciones Unidas

Base de datos sueca de la organización Save the Children

Campaña estadounidense para detener el uso de niños soldados

En el sur del Líbano, los niños de hasta 12 años han sido reclutados por el Ejército del Sur del Líbano (SLA), milicia auxiliar de Israel. Cuando hombres y niños se niegan a servir, huyen de la región para evitar el reclutamiento o desertan de las fuerzas de la SLA, sus familias enteras pueden ser expulsadas de la zona ocupada.

Las niñas también son utilizadas como soldados en muchas partes del mundo. Además de las obligaciones del combate, las niñas son objeto de abuso sexual y pueden ser tomadas como "esposas" por líderes rebeldes en Angola, Sierra Leona y Uganda. En el norte de Uganda, Human Rights Watch entrevistó a niñas que habían quedado embarazadas por jefes rebeldes, y luego obligadas a atarse sus bebés a la espalda y tomar las armas frente a las fuerzas de seguridad ugandesas.

De conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño, un niño se define como todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad. Sin embargo, el artículo 38, que rige la situación de los niños en un conflicto armado, utiliza la edad de 15 años como la mínima para el reclutamiento y participación en hostilidades. Este nivel tan bajo de protección es una anomalía manifiesta y preocupante frente a la contundencia del resto de las disposiciones.

Varios años después de la adopción de la convención, se creó un grupo de trabajo de la ONU para redactar un protocolo facultativo a la convención que elevara la edad mínima de reclutamiento y participación en hostilidades hasta los 18 años. Sin embargo, cuando se acerca el décimo aniversario de la adopción de la convención, todavía no se ha alcanzado un acuerdo sobre el protocolo facultativo, debido sobre todo a la oposición de los gobiernos que siguen reclutando a menores.

Estados Unidos ha resultado ser el más enérgico oponente al establecimiento de los 18 años como la edad mínima para el servicio militar, a pesar de que el número de menores en servicio activo en sus fuerzas no supera los 3.000 frente al total de 1,3 millones. Otros países occidentales también reclutan personas menores de 18 años, especialmente el Reino Unido donde aproximadamente el cuarenta por ciento de sus militares se alistaron cuando tenían nada más que 16 o 17 años.

En 1996, un estudio de la ONU sobre la repercusión de los conflictos armados sobre los niños, dirigido por Graça Machel, de Mozambique, hizo hincapié en la urgente necesidad de detener el uso de niños como soldados y recomendó la rápida conclusión del protocolo facultativo. El informe despertó preocupación internacional sobre el uso de los niños como soldados y promovió la designación de un representante especial del secretario general sobre conflictos armados y los niños en 1997. Este representante, Olara Otunnu, ha logrado el compromiso de algunas facciones involucradas en conflictos armados de no reclutar niños; sin embargo, la vigilancia y ejecución de estos compromisos ha sido difícil.

Las iniciativas para detener la utilización de los niños como soldados siguen creciendo. En 1998, el reclutamiento de niños menores de 15 años y su empleo en hostilidades fue tipificado como crimen de guerra dentro del estatuto de la Corte Penal Internacional. Una vez establecida, la Corte tendrá jurisdicción para perseguir a aquellos responsables del uso de niños como soldados. Esta utilización de los niños ha sido también reconocida como un problema de trabajo infantil. Un nuevo tratado internacional que prohibe las peores formas de trabajo infantil, adoptado en junio de 1999 por la Organización Internacional del Trabajo, prohíbe el reclutamiento forzado de niños en conflictos armados.

En 1998 se estableció la Coalición para Detener el Uso de Niños Soldados con el fin de promover un firme protocolo facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño que prohibiría cualquier reclutamiento o utilización de niños menores de 18 años en conflictos armados. Formada por seis organizaciones no gubernamentales (ONG), la coalición está trabajando actualmente en campañas nacionales en más de treinta países de todo el mundo, movilizando la voluntad política y la presión pública para poner fin al empleo de niños como soldados. Entre sus actividades se incluyen una serie de prominentes conferencias regionales centradas en el empleo de niños como soldados en África, América Latina y Europa.

A pesar del empuje creciente, los esfuerzos para detener el uso de niños como soldados no ha dado frutos todavía. El reclutamiento de niños soldados continúa en todo el mundo, los responsables escapan a la justicia y los gobiernos clave continúan resistiéndose a los esfuerzos para establecer y ejecutar las prohibiciones necesarias para acabar con el uso de los niños como soldados.

Recomendaciones

  • Todos los gobiernos y grupos políticos armados deben abstenerse de cualquier reclutamiento de niños menores de 18 años, o de su utilización en conflictos armados.
  • Los gobiernos deben apoyar un protocolo facultativo a la Convención sobre Derechos del Niño que establezca los 18 años como la edad mínima para el reclutamiento y participación en conflictos armados. Los gobiernos deben ratificar el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las peores formas de trabajo infantil, y el Tratado de Roma de la Corte Penal Internacional.
  • Los gobiernos deben perseguir a aquellos responsables del reclutamiento y utilización de los niños como soldados.
  • Los gobiernos y la sociedad civil deben colaborar para establecer programas para la prevención del reclutamiento y para asegurar que los que han sido niños soldado reciban la atención médica, la formación profesional y otros servicios necesarios para reintegrarse en la sociedad y rehacer sus propias vidas.


LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

El 17 de julio de 1998, los delegados de 160 países aprobaron en Roma por abrumadora mayoría el establecimiento de una Corte Penal Internacional (CPI) para juzgar a las personas acusadas por crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. A partir de su establecimiento, la corte supondrá un fuerte elemento disuasorio contra el alistamiento, reclutamiento o utilización de niños menores de 15 años en hostilidades B un acto considerado como crimen de guerra en el estatuto de la CPI. El tratado también incluye otras medidas importantes para proteger a los niños en conflictos armados: tipifica los ataques intencionados a instituciones educativas como crimen de guerra, prevé disposiciones especiales para los niños víctimas y testigos, y exime a los niños menores de 18 años de persecución por parte de la Corte.

El tratado de la CPI contempla la competencia de la corte sobre el crimen de guerra de reclutar niños menores de 18 años para fuerzas armadas nacionales o grupos armados, o de utilizarlos para participar activamente en las hostilidades. Durante la redacción del tratado, los delegados se pusieron de acuerdo en que los términos a utilizar y a participar prohibirían no sólo la participación directa de los niños en el combate, sino también su participación activa en actividades militares relacionadas con el combate, tales como exploración del terreno, espionaje, sabotaje, el uso de niños como señuelos, mensajeros o en retenes militares. También prohíbe el uso de niños en funciones de apoyo directo tales como transporte de suministros al frente.

A pesar de los llamamientos del UNICEF y otras organizaciones para que tipificara como crimen de guerra el reclutamiento y participación en hostilidades de niños menores de 18 años, en lugar de menores de 15 años, el tratado de la CPI refleja el nivel más bajo fijado por los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra. Los protocolos, que regulan el trato a los civiles y prisioneros de guerra durante los conflictos armados, sólo protegen a los niños menores de 15 años del reclutamiento o la participación en las hostilidades. Durante los debates sobre el tratado de la CPI, algunos países señalaron que sus propias fuerzas armadas permitían que los niños menores de 18 años se alistaran voluntariamente. Al igual que con los intentos de adoptar un protocolo facultativo a la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, estos países se mostraron reacios a modificar sus legislaciones y prácticas nacionales para adaptarlas a un nivel superior.

 
  Sitios Web Relacionados

Sitio Web de las Naciones Unidas sobre la CPI

Coalición para una Corte Penal Internacional

Sitio Web de Human Rights Watch

Por otro lado, el tratado de la CPI supone un avance considerable en el derecho internacional relativo a la protección de los niños en conflictos armados, así como en la persecución de los actos violentos contra ellos. La lista de crímenes de guerra del tratado incluye ataques intencionados a centros educativos y escuelas, entre otros edificios civiles, que han sido con frecuencia un objetivo de los reclutamientos o parte de campañas para aterrorizar a la población civil. Además, el tratado reconoce la necesidad de jueces con experiencia jurídica en actos violentos contra mujeres y niños, y requiere la designación de asesores de la fiscalía con dicha experiencia. Dado que los niños víctimas o testigos pueden ser vulnerables a traumas secundarios, el tratado autoriza en estos casos los procedimientos a puerta cerrada y la presentación de pruebas por medios electrónicos o de otro tipo.

Un gran avance en la conferencia de Roma fue el acuerdo de los delegados de que los menores de 18 años no comparecieran ante la corte como acusados. Muchos estados habían apoyado previamente el establecimiento de una edad de responsabilidad penal por debajo de los 18 años, o dejar a discreción de la corte el juicio de menores basándose en criterios subjetivos tales como la madurez del acusado. Human Rights Watch y otras ONG argumentaron con éxito que el carácter extraordinario y la función punitiva de la CPI eran incompatible con los objetivos de rehabilitación de las normas internacionales de la justicia de menores.

La CPI será un hecho una vez que 60 países hayan ratificado el tratado, un proceso que podría tardar varios años. Sin embargo, a mediados de septiembre de 1999, 86 países habían indicado su intención de ratificar el tratado mediante su firma, y cuatro ya lo habían hecho. Estados Unidos ha señalado que se opondrá a la ratificación del tratado, a menos que se reserve algún tipo de veto para el estado de nacionalidad del acusado B una condición que haría inviable la corte.

Aunque el tratado que surgió de la conferencia de Roma era más débil en algunos aspectos de lo que la mayoría de las ONG propugnaban, representa, no obstante, un logro histórico para la comunidad internacional. Si logra hacerse realidad, la corte podría ayudar a terminar con la impunidad que frecuentemente acompaña la comisión de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y el genocidio. Podría también fortalecer los sistemas nacionales de justicia y ampliar en gran medida la protección a los niños en conflictos armados. Las ONG y otras organizaciones implicadas pueden ayudar a hacer realidad el pronto establecimiento de la corte instando a sus gobiernos que ratifiquen el tratado y aumentando la conciencia pública sobre la CPI.

Recomendaciones

  • Los gobiernos deben ratificar el Tratado de Roma de la Corte Penal Internacional.
  • Los gobiernos deben modificar sus legislaciones nacionales para adaptarlas a las disposiciones del tratado de la CPI.


NIÑOS REFUGIADOS

Los niños refugiados sufren un doble riesgo. En primer lugar, una negación de sus derechos humanos que los convierte en refugiados; y como niños refugiados también suelen sufrir abusos al ser el grupo más vulnerable de una población ya de por sí vulnerable.

— Dennis McNamara, ex director de la División de Protección Internacional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Los niños refugiados se encuentran entre los niños más vulnerables del mundo. No sólo han padecido la guerra u otras formas de persecución en sus países de origen, lo que les obligó a huir de sus hogares sino que además muchos de los niños refugiados continúan sufriendo abusos a los derechos humanos en los países de asilo. Más de la mitad de la población refugiada del mundo son niños, y aún así sus derechos y necesidades de protección especial suelen ser desatendidos.

Los abusos a los derechos humanos que provocan la huida de los menores no son más que el primer capítulo de una odisea de penalidades para muchos niños refugiados. Incluso después de haber cruzado una frontera internacional en busca de refugio, siguen estando expuestos a peligrosas explotaciones laborales, abusos físicos, negación de la educación, violencia y explotación sexuales, ataques transfronterizos, militarización de campos de refugiados y reclutamiento.

El artículo 22 de la Convención sobre los Derechos del Niño garantiza protección especial a los niños refugiados. Aquellos que no son atendidos por sus padres tienen derecho a protecciones adicionales. Los niños refugiados que huyen de la guerra tienen también derecho a protección especial de acuerdo con el artículo 38 de la convención, del mismo modo que los niños afectados por conflictos armados. Al igual que todos los niños, también tienen el resto de los derechos garantizados en virtud de la convención, incluyendo el derecho a la vida, a la integridad física, comida y atención médica adecuadas, y a no ser discriminados, explotados o sufrir abusos.

Los niños separados de sus familiares son especialmente vulnerables. En Estados Unidos, Human Rights Watch comprobó que niños no acompañados habían sido recluidos por el Servicio de Inmigración y Naturalización de los EEUU en centros de detención, donde eran confinados durante largos periodos de tiempo antes de ser entregados a familiares o guardianes apropiados. A los niños, que casi nunca entendían que les estaba ocurriendo, se les negaba información sobre su detención y su derecho a ser representados por un abogado en los procedimientos de inmigración en un idioma que entendieran. En algunos casos, eran alojados con delincuentes juveniles y sometidos a un duro ambiente de castigo.

 
  Sitios Web Relacionados

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

RefWorld — Conjunto de bases de datos con texto íntegros de recursos informativos sobre refugiados

Comité de Rescate Internacional

Comisión de Mujeres para Mujeres y Niños Refugiados

En los campos de refugiados de Guinea, Human Rights Watch comprobó que niñas de hasta 12 años pueden no tener otra elección que la de trabajar como prostitutas infantiles para poder mantenerse y, en algunos casos, mantener a sus familias. Además, estas niñas tienen poco o ningún acceso a la educación o la atención sanitaria.

Los niños refugiados que viven en campos de ubicación peligrosa, a menudo a poca distancia de la frontera con su país natal, con una guerra civil justo al otro lado, son también vulnerables a las incursiones fronterizas, que pueden resultar en asesinatos, violaciones, mutilaciones y secuestros.

Los niños refugiados se exponen también a ser reclutados y utilizados como soldados. En Guinea, los niños refugiados de Sierra Leona de hasta siete años se arriesgan a ser secuestrados por fuerzas rebeldes incursoras o a ser utilizados por las fuerzas gubernamentales de defensa civil, conocidas como los Kamajors.

Muchas de estas preocupaciones sobre la protección, en particular varias formas de explotación en trabajos peligrosos, tales como la prostitución infantil y el servicio como soldados, están directamente relacionadas con la falta de seguridad en la obtención de alimentos. A pesar de los evidentes riesgos implicados, las familias a veces envían a los niños en busca de comida a las tierras de las que huyeron. Human Rights Watch ha entrevistado en Guinea a niños refugiados de Sierra Leona que encontraron rebeldes mientras buscaban comida, lo que resultó en secuestros, mutilaciones e incluso el asesinato de otros que se encontraban con ellos.

Es necesario también un especial cuidado y seguimiento de los niños refugiados que están solos, ya que son particularmente vulnerables al abuso. A veces estos niños son acogidos por familias a lo largo del camino, mientras huyen, o en campos de refugiados. Aunque la acogida de los niños refugiados solos por parte de estas familias es apreciada y necesaria, así como preferible a que sean albergados en instituciones, el cuidado y la asistencia a estos niños debe ser cuidadosamente vigilada, de forma que puedan estar localizados y reunirse con sus familias, y, en los casos en los que están descuidados o sufren abusos, hacer posible una rápida intervención. Aunque muchos están bien atendidos por sus familias adoptivas, otros pueden estar descuidados, sufrir abusos físicos, psíquicos o de tipo sexual, negación de alimentos, educación, o ser explotados en trabajos de tipo peligroso.

A pesar del hecho de que los niños refugiados han sufrido enormemente y de que siguen siendo sumamente vulnerables, su difícil situación ha sido ignorada por la comunidad internacional. El Alto Comisionado de Las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), responsable principal de la asistencia y protección de los niños refugiados, ha utilizado la Convención sobre los Derechos del Niño como base para amplias políticas y directrices para la protección de estos niños refugiados. Sin embargo, en casos como el de Guinea, estas políticas todavía no se han aplicado.

El ACNUR también se enfrenta a considerables retos políticos, financieros y logísticos en la protección de los derechos humanos de los niños refugiados. El hecho de que la atención internacional se haya concentrado en las recientes crisis de refugiados en Europa, así como la Afatiga del donante con respecto a los refugiados en otras partes del mundo, han hecho que se limiten los recursos disponibles para la mayoría de los niños refugiados.

Recomendaciones:

  • El ACNUR y otros organismos internacionales y gobiernos deben comprometerse de manera sostenida a la puesta en marcha de los programas y políticas necesarios para conseguir la protección eficaz y promover los derechos de los niños refugiados, incluyendo sus derechos a la educación, sanidad y seguridad.
  • La comunidad de donantes internacionales debe asegurar que se asignan y destinan los fondos adecuados para la protección de los derechos de los niños refugiados. El personal de los organismos humanitarios y de la ONU que trabaja con estos niños debe estar especialmente capacitado para tratar las necesidades especiales de los niños.
  • Los organismos internacionales y los gobiernos deben asegurar que los campos de refugiados están localizados en zonas seguras y accesibles, para así proteger a los niños de ataques del otro lado de la frontera y del posible reclutamiento y utilización por parte de grupos armados.
  • Cuando niños no acompañados soliciten el estatuto de refugiados, no deben ser detenidos y deben recibir una representación legal adecuada.


ABUSO POLICIAL Y DETENCIÓN ARBITRARIA DE NIÑOS DE LA CALLE

No dormimos nada anoche. Por eso estamos durmiendo ahora, durante el día. La noche es lo más peligroso para nosotros. La policía viene mientras dormimos y nos agarra desprevenidos, y nos llevan y golpean. Nos llevan al tribunal de Makadara y entonces te envían a prisión preventiva durante meses. Anoche hubo una gran redada y tuvimos que movernos muchas veces para evitar que nos agarraran. Había un grupo grande de policías en un gran camión conduciendo en busca de niños. Ahora están limpiando las calles preparándose para la Exhibición Internacional de Nairobi [feria anual de comercio y mercado].

—Moses Mwangi, niño de la calle de Nairobi, Kenia.

La atención a los niños de la calle se ha centrado sobre todo en su difícil condición económica y social-pobreza, falta de alojamiento y educación, SIDA, prostitución y drogadicción. Pero a excepción de la muerte de los niños de la calle en Brasil y Colombia, se ha prestado poca atención a la constante violencia policial y a los abusos infringidos a estos niños, o a su trato en el sistema de justicia, por el que pasan con regularidad. La violación de los derechos civiles y políticos de estos niños se ha subestimado ampliamente, lo que es sintomático de que no se toma nada en serio la dimensión total de los derechos del niño (en particular los artículos 37 y 40) consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño.

 
  Sitios Web Relacionados

Proyecto de niños de la calle Balay Sa Gugma, Filipinas

Casa Alianza, América Latina

Acción Católica para Niños de la Calle, Accra, Ghana

OneWorld Kids

Pangea: Biblioteca mundial de recursos sobre niños de la calle

Niños de la Calle Internacional

Programa niños de la calle VNHelp

Considerados como elementos antisociales o criminales, o como azote en una ciudad llena de turistas y distritos de negocios, muchos policías y ciudadanos ordinarios esean simplemente la desaparición de los niños de la calle, mediante el método que sea. Estos niños son habitualmente acosados en todo el mundo, y sufren abusos físicos por parte de la policía, gobiernos y fuerzas privadas de seguridad, para limpiar las calles de lo que se percibe como una plaga social. Los niños de la calle se enfrentan a intimidación, robo, palizas brutales, mutilaciones, abusos sexuales e incluso la muerte.

Estos niños son acusados de delitos imprecisos, tales como de vagos o maleantes, o faltas tales como tener Anecesidad de protección o disciplina, lo que convierte efectivamente la pobreza de los menores, su falta de hogar o su condición de niños en un crimen. A menudo son arbitrariamente perseguidos y detenidos simplemente porque están en la calle o parecen no tener hogar.

Algunos de los niños de la calle son detenidos y encarcelados por su relación con pequeños negocios considerados ilegales, como venta callejera sin licencia, o son acusados de hurto, delitos relacionados con la droga o prostitución. Algunos son arrestados como chivo expiatorio o para acusar o detener a otros. Muchos policías creen que los niños de la calle tienen información sobre delitos cometidos en sus zonas de patrullaje o les atribuyen directamente algunos crímenes, imputando asociaciones y actividades criminales a los niños de la calle en general.

Independientemente del delito imputado, ya sea vagabundeo o robo, estos niños se enfrentan a frecuentes redadas, siendo perseguidos por la policía y arrastrados a la cárcel. Con frecuencia los retienen durante excesivos periodos de tiempo, días e incluso semanas, en horribles condiciones, normalmente mezclados con adultos. En las cárceles pueden recibir aún más palizas por parte de la policía o ser forzados a pagar sobornos para ser puestos en libertad. A veces las niñas son forzadas a ofrecer favores sexuales a la policía a cambio de su puesta en libertad o son violadas. Los niños de la calle pueden ser finalmente trasladados de las cárceles a instituciones penales de larga duración, que en ocasiones reciben el eufemístico nombre de Ahogares o Aescuelas, donde pueden languidecer durante años fuera de la vista de la población.

Pocos defensores, y menos abogados o fiscales, se manifiestan a favor de estos niños, y estos rara vez cuentan con familiares u otros adultos que se preocupen de ellos e intervengan en su defensa. Para empezar, los familiares no suelen ser informados del arresto y detención de los niños. Contrariamente a lo que popularmente se cree, muchos de los niños de la calle tienen familia y hogares a los que pueden regresar periódicamente, y no son huérfanos.

Human Rights Watch ha intentado poner de manifiesto gravedad de los abusos a los derechos humanos cometidos contra los niños de la calle por los representantes de la ley en Brasil, Bulgaria, Colombia, Guatemala, la India, Kenia y Sudán, y la enorme falta de responsabilidad de la policía por estas acciones abusivas. La generalizada impunidad y la lentitud de los cuerpos de ejecución de la ley para investigar y perseguir los casos de abuso contra los niños de la calle han permitido que la violencia contra ellos continúe sin obstáculos.

El establecimiento de la responsabilidad policial es todavía más difícil por el hecho de que los niños de la calle no suelen contar con otra alternativa que la denunciar directamente a la policía los abusos policiales. La amenaza de represalias policiales actúa como un serio elemento disuasorio para cualquier niño que se atreve a testificar o presentar una denuncia contra un agente. Tras presenciar y experimentar actos de brutalidad llevados a cabo por las fuerzas del orden, no es sorprendente que los niños de la calle tengan poca fe en que el sistema vaya a llevar a sus torturadores ante la justicia.

Incluso en Guatemala, donde la ONG Casa Alianza ha sido especialmente activa en el establecimiento de la responsabilidad policial por violaciones, torturas y asesinatos de niños de la calle, sólo se ha conseguido unos cuantos enjuiciamientos tras cientos de denuncias. Frustrados por el hecho de que el sistema judicial no haya resuelto estos casos, Casa Alianza y el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (Center of Justice and International Law) presentaron un caso histórico relacionado con los asesinatos de cinco jóvenes de la calle en 1990 por parte de la policía, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y posteriormente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde el caso se encuentra pendiente de juicio. Aún así, la violencia contra los niños de la calle en Guatemala persiste, y el gobierno sigue respondiendo tan lentamente como siempre a estos abusos.

El ejemplo de Guatemala demuestra que, incluso donde hay defensores decididos, dispuestos y capaces de ayudar a los niños de la calle en la búsqueda de justicia, sin el compromiso de los gobiernos, la judicatura y, lo que es más importante, la aplicación de la ley, los abusos continuarán.

Recomendaciones

  • Los Gobiernos deben abolir los delitos de vagos y maleantes, y faltas contra los niños, allí donde existan.
  • Los gobiernos deben emprender campañas masivas de formación para educar al público y a los agentes de la ley sobre la mala situación de los niños de la calle y sus necesidades de tratamiento y atención especiales, en lugar de utilizar el castigo y la eliminación.
  • Los gobiernos deben asegurar que se asigne la responsabilidad de manejar todo el trabajo policial que relacionado con niños a agentes de policía especialmente entrenados en los derechos del niño y en el trabajo con la infancia. Debe reclutarse a mujeres, con el objetivo de reducir y eliminar la violencia sexual de la policía contra las niñas de la calle.
  • Los gobiernos deben asegurar que las denuncias relacionadas con malos tratos de la policía a los niños sean rápidamente investigadas, y ordenar procedimientos disciplinarios y penales cuando sea necesario. Las denuncias de abusos contra los niños de la calle no deben languidecer indefinidamente, sino que deben tener prioridad absoluta para los gobiernos, para así demostrar su compromiso en la protección de los derechos de todos los niños con todo el peso de la ley.

CAPÍTULO VI — NIÑOS EN CONFLICTO CON LA LEY
LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
INFORME 2000 — EXPLOTACIÓN INFANTIL EN LOS EE.UU.
INFORME 1998 — SERVICIO DE INMIGRACIÓN VIOLA LOS DERECHOS DEL NIÑO
INFORME 1997 — NIÑOS DETENIDOS POR EL INS
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