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República Dominicana: El Tribunal Constitucional revisa leyes que criminalizan el sexo gay

Los oficiales LGBT de la policía y las fuerzas armadas sufren discriminación

Oficiales de las fuerzas armadas de la República Dominicana participan en un desfile para celebrar la independencia del país en Santo Domingo el 27 de febrero de 2012. REUTERS/Ricardo Rojas © 2012 Ricardo Rojas/Reuters

(Nueva York) – El Tribunal Constitucional de la República Dominicana revisará en una audiencia el 30 de agosto de 2024 una impugnación de las normas que penalizan las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo cuando se trata de oficiales de la policía y de las Fuerzas Armadas, señaló hoy Human Rights Watch.

En un memorial de amicus curiae, Human Rights Watch señaló que estas leyes discriminatorias violan los derechos de oficiales lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT) a la igualdad, la privacidad y la capacidad de trabajar sin temor, entre otros.

El artículo 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional y el artículo 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas castigan con hasta dos años y un año de prisión, respectivamente, la “sodomía” entre personas del mismo sexo cuando se trata de oficiales. No existen sanciones penales de este tipo para los actos sexuales heterosexuales.

“Estas leyes draconianas son una mancha en el historial de derechos humanos de la República Dominicana y contribuyen a un ambiente discriminatorio en la policía y las Fuerzas Armadas”, señaló Cristian González Cabrera, investigador sénior de Human Rights Watch. “La intolerancia promovida por el Estado no tiene cabida en una sociedad democrática regida por el Estado de derecho y en una región que en su mayoría ha repudiado la criminalización de los actos sexuales privados entre personas del mismo sexo”.

La República Dominicana no prohíbe los actos homosexuales entre particulares. Sin embargo, se está quedando atrás en materia de derechos LGBT, ya que carece de una legislación civil integral contra la discriminación, de derechos de matrimonio o unión civil entre personas del mismo sexo y de reconocimiento de la identidad de género para las personas trans, señaló Human Rights Watch. En los últimos meses, los activistas LGBT han criticado un proyecto de código penal por no proporcionar protecciones basadas en la orientación sexual y la identidad de género, incluidas disposiciones sobre delitos de odio.

En 2019, un video viral expuso a un sargento del ejército dominicano en un encuentro sexual con otro hombre, lo que provocó su despido. El ejército alegó una “falta grave debidamente comprobada que empaña la moral y la ética de la institución”. El sargento presentó una apelación. Un tribunal administrativo desestimó su caso en 2021 por motivos de procedimiento, pero el sargento presentó una nueva apelación y está a la espera de una decisión final.

En 2014, el entonces director de la Policía Nacional declaró ante una comisión del Congreso que la legislación vigente “no permite [que] personas que sean homosexuales” formen parte del cuerpo. En respuesta a las preguntas sobre qué ocurriría con los agentes homosexuales que ya forman parte de la policía, el entonces director pidió que se los identificaran, según los informes de prensa.

Anderson Javiel Dirocie de León, uno de los abogados que dirigen el recurso de inconstitucionalidad, declaró a Human Rights Watch: “Las disposiciones discriminatorias implican que los agentes LGBTI prestan servicio con el temor constante de ser descubiertos, sancionados y de perderlo todo, incluido su medio de vida. Las disposiciones transmiten el mensaje del Estado de que las personas LGBTI somos intrínsecamente incapaces de desempeñar funciones públicas y que podemos ser consideradas criminales por ser quienes somos”.

En 2004, el Congreso de la República Dominicana aprobó una amplia reforma del proceso penal que limitó la capacidad de la policía y de las Fuerzas Armadas para sancionar penalmente a los oficiales, pero dejó en claro que esas instituciones conservaban sus “facultades disciplinarias” administrativas. En 2019, el Tribunal Constitucional aclaró que los casos penales contra oficiales debían ser juzgados por los tribunales penales ordinarios del Poder Judicial, pero no anuló las disposiciones sobre sodomía de los códigos de justicia de las fuerzas de seguridad.  

En los últimos años, países de la región como el PerúEcuadorVenezuelaEstados Unidos han derogado leyes que penalizaban conductas homosexuales de sus oficiales.

En su memorial de amicus curiae, Human Rights Watch señaló que la penalización de las conductas homosexuales viola estándares internacionales, incluido el derecho a ser protegido contra injerencias arbitrarias e ilegales en la vida privada y familiar y en la reputación o la dignidad de la persona, tal y como ha señalado el experto independiente de las Naciones Unidas sobre orientación sexual e identidad de género.

Aunque las disposiciones objeto del recurso de inconstitucionalidad prohíben las conductas homosexuales únicamente en el ámbito militar y policial, la República Dominicana se posiciona como uno de los pocos países de América que continúa penalizando las conductas homosexuales.

 

Cinco países de habla inglesa del Caribe – JamaicaGranada, Guyana, Santa LucíaSan Vicente y las Granadinas – tienen en vigor leyes de este tipo, un vestigio del colonialismo británico. Las conductas sexuales consentidas entre personas del mismo sexo siguen estando penalizadas en 63 países, incluidos en países como IránMyanmarSudán.  

“El presidente Luis Abinader y el Congreso no deberían esperar a la sentencia del Tribunal Constitucional para presentar de forma urgente legislación que derogue estas leyes vetustas y discriminatorias que se entrometen en la vida privada de los oficiales”, dijo González. “La derogación de estas leyes enviaría una fuerte señal a las personas LGBT y al mundo de que los principios de igualdad y no discriminación son de suma importancia en la República Dominicana”.

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